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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE JULIO DEL AÑO 2024 (19/07/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 65

65 NORMAS LEGALES Viernes 19 de julio de 2024 El Peruano / GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE LIMA Designan al Comité de Promoción de la Inversión Privada, que será responsable de que los Órganos competentes elaboren y aprueben el Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas (App) RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL N° 246-2024-GOB Huacho, 3 de mayo de 2024VISTO: El Informe N° 003-2024-GRL/GG/MMRE, de fecha 10 de abril de 2024; el Memorando N° 1134- 2024-GRL/GGR, de fecha 11 de abril de 2024; el Informe Legal N° 832-2024-GRL-SGRAJ, de fecha 12 de abril de 2024; el Informe N° 001-2024-GRL/GG/JAFE, de fecha 23 de abril de 2024; el Informe N° 419-2024-GRL/GGR, de fecha 15 de abril de 2024; la Hoja de Envió S/N/Doc. Nº 5314278/Exp. Nº 3212088, recibido el 03 de mayo de 2024; y; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el artículo 191 de la Constitución Política del Perú y en concordancia con los artículos 2 y 4 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, teniendo como fi nalidad esencial fomentar el desarrollo integral sostenible, de su ámbito jurisdiccional; Que, según lo dispuesto en el artículo 34 de la norma aludida los gobiernos regionales crearan mecanismos para promover la inversión privada nacional y extranjera dirigidos a lograr el crecimiento económico regional conforme a ley. En el marco de sus competencias, otorgan concesiones y celebran cualquier otra modalidad contractual, siempre que se contribuya al desarrollo sostenible local y regional, se asegure una mayor efi ciencia social y se garantice el cumplimiento de las normas legales establecidas; Que, el Decreto Legislativo N° 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos tiene por objeto regular el marco institucional y los procesos para el desarrollo de proyectos de inversión bajo las modalidades de Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos; Que, en mérito al artículo 5 de la norma precitada, el Sistema Nacional de Promoción de la Inversión Privada es un sistema funcional para el desarrollo de las Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos; Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7 de dicha norma, las entidades públicas titulares de proyectos que cuenten con proyectos o prevean desarrollar procesos de promoción de la inversión privada, bajo las modalidades reguladas en el presente Decreto Legislativo, crean el Comité de Promoción de la Inversión Privada; Que, el numeral 7.3 del artículo 7 de la norma aludida la designación de los miembros del Comité de Promoción de la Inversión Privada se efectúa mediante Resolución Ministerial, Resolución del Gobernador Regional, Resolución de Alcaldía, o resolución del titular, según se trate de Ministerios, Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales u otra entidad pública habilitada por ley, respectivamente. Dichas resoluciones se publican en el Diario O fi cial El Peruano y se comunican al Registro Nacional de Contratos de Asociaciones Público Privadas;Que, el numeral 8.3 del artículo 8 de la norma precitada, tratándose de Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, las facultades del Organismo Promotor de la Inversión Privada se ejercen a través del Comité de Promoción de la Inversión Privada. El órgano máximo de estos Organismos Promotores de la Inversión Privada es el Consejo Regional o el Concejo Municipal, respectivamente; Que, de acuerdo a los numerales 17.2 y 17.6 del artículo 17° del Decreto Supremo N° 240-2018-EF, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1362, Decreto legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, señala que, en el caso de un Gobierno Regional, un Gobierno Local o de otras entidades públicas habilitadas mediante ley expresa que pertenezcan a algún Gobierno Regional o Gobierno Local, las funciones del CPIP son ejercidas por el órgano designado para tales efectos, que cuenta con las facultades, obligaciones y responsabilidades establecidas en la normativa vigente; Que, mediante Informe N° 003-2024-GRL/GG/MMRE, de fecha 10 de abril de 2024, la especialista en promoción de inversiones, informa al Gerente General Regional que, tomando en cuenta el Manual de Clasi fi cador de Cargos, se propone a los miembros que integraran el Comité de Promoción de la Inversión Privada para la conformidad de la propuesta del Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas (IMIAPP), los mismos que se detalla a continuación: N° MIEMBROS TITULARES NOMBRE DEL PLAN 1A. GERENCIA GENERAL REGIONAL B. GERENCIA REGIONAL DE PLANEAMIENTO, PRESUPUESTO Y ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL.C. GERENCIA REGIONAL DE INFRAESTRUCTURAINFORME MULTIANUAL DE INVERSIONES EN ASOCIACIONES PÚBLICO PRIVADAS (IMIAPP) Que, mediante Memorando N° 1134-2024-GRL/GGR, de fecha 11 de abril de 2024, la Gerencia General Regional, solicita a la Sub Gerencia Regional de Asesoría Jurídica la proyección de la Resolución Ejecutiva Regional que designe al COMITÉ DE PROMOCIÓN DE LA INVERSIÓN PRIVADA, los mismos que se detallan líneas arriba, de acuerdo a los numerales 17.2 y 17.6 del artículo 17 del del Decreto Supremo N° 240-2018-EF, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1362, Decreto legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, con la fi nalidad de continuar con el trámite correspondiente; Que, mediante Informe Legal N°832-2024-GRL- SGRAJ, de fecha 12 de abril de 2024, la Sub Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, informa a la Gerencia General Regional, que en atención a las disposiciones jurídicas invocadas e interpretadas, es de la opinion que se declare la fundabilidad la DESIGNACIÓN del COMITÉ DE PROMOCIÓN DE LA INVERSIÓN PRIVADA, quien será el responsable de que los Órganos competentes elaboren y aprueben el Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas (App), de conformidad al informe técnico emitido por la especialista en promoción de inversiones, al abrigo del principio de licitud, y al Decreto Supremo N° 240-2018-EF, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1362, debiendo procederse con las acciones necesarias para la continuación del procedimiento, por la amplitud de los argumentos desarrollados en la presente resolución y remite el proyecto de la resolución respectiva; Que, mediante Informe N° 419-2024-GRL/GGR, de fecha 15 de abril de 2024, la Gerencia General Regional, en atención al Informe N° 001-2024-GRL/ GG/JAFE, de fecha 23 de abril de 2024 e Informe Legal N°832-2024-GRL-SGRAJ, de fecha 12 de abril de 2024, otorga su conformidad al proyecto de Resolución que resuelve DESIGNAR al COMITÉ DE PROMOCIÓN DE