Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE JULIO DEL AÑO 2024 (19/07/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 59

59 NORMAS LEGALES Viernes 19 de julio de 2024 El Peruano / Bicentenario de la Consolidación de la Independencia del Perú; Que, con la Carta Nº 026-2024-UNDAR/DAM, del 10 de junio de 2024, el Responsable (e) del Departamento Académico de Música autoriza el permiso al docente Mgtr. Freddy Omar Majino Gargate para participar en las actividades artísticas y académicas en el marco del Bicentenario de la Consolidación de la Independencia del Perú que viene organizando la Embajada de Perú en Chile; quien estará representando a nuestro país, y por ende, a la Universidad Nacional Daniel Alomía Robles; Que, a través del Informe Nº 431-2024-UNDAR/P- OPP-UPPM, presentado el 20 de junio de 2024, la Jefa de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización concluye que según la evaluación del Presupuesto Institucional Modi fi cado -PIM de la entidad del periodo fi scal 2024, se ha determinado que cuenta con la disponibilidad presupuestal, ampliándose el presupuesto en el centro de costo: FACULTAD DE MÚSICA, por el monto de S/ 2,180.00 para la participación en las actividades artísticas y académicas en el marco del bicentenario de Perú en Chile; Que, con el documento del 22 de junio de 2024, el Productor General de VientoSur Producciones, señala que siendo productora encargada de coordinar las actividades artísticas y académicas en alianza con la Embajada de Perú en Chile, solicita ampliar las fechas de permiso para la participación del Mgtr. Freddy Omar Majino Gargate en las actividades a realizarse en el marco del Bicentenario de la Consolidación de la Independencia del Perú, a fi n de que esté presente en Chile desde el día 19 hasta el día 28 de julio para incluir actividades no sólo en Santiago de Chile, sino también en Valparaiso y Viña del Mar, permitiendo ampliar la presencia del proyecto de Investigación aplicada “Entre Tus Brazos” desarrollado por los artistas huanuqueños María Hayddé & Omar Majino; Que, dado cuenta en la Sesión Ordinaria de la Comisión Organizadora Nº 025-2024-CO-UNDAR, de fecha 28 de junio de 2024, el pedido del Presidente de la Comisión Organizadora de autorización de viaje en Comisión de Servicios del docente Mgtr. Freddy Omar Majino Gargate, para que participe en la actividades artísticas y académicas en el marco del Bicentenario de la Consolidación de la Independencia del Perú a llevarse a cabo en el país de Chile; al respecto, los miembros de la Comisión Organizadora considerando que es muy importante la participación de la universidad en este tipo de actividades, ya que permite su internacionalización en eventos culturales y más aun signi fi cativo por tratarse de la conmemoración de la Independencia del Perú, por lo tanto la participación del referido docente es de suma importancia para la visibilidad de nuestra universidad en un plano internacional, y atendiendo además la solicitud de ampliación de las fechas de permiso peticionado por el Productor General VientoSur Producciones; luego de la deliberación, acordaron por unanimidad como se encuentra redactado en los términos que se expresa en la parte resolutiva; Que, de conformidad con la Ley Universitaria Nº 30220, Resolución Viceministerial Nº 080-2023-MINEDU, Resolución Viceministerial Nº 244-2021-MINEDU; y demás normas conexas; SE RESUELVE: Artículo 1.- AUTORIZAR el viaje en Comisión de Servicios del docente Mgtr. Freddy Omar Majino Gargate, para que participe en representación de la Universidad Nacional Daniel Alomía Robles, en las actividades artísticas y académicas a realizarse en el marco del Bicentenario de la Consolidación de la Independencia del Perú, a llevarse a cabo en el país de Chile, del 19 al 28 de julio de 2024; asimismo la ASIGNACIÓN de viáticos y pasajes que cubrirá los gastos de la comisión de servicios, por el importe de S/ 2,180.00, según lo informado por la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización con el Informe Nº 431-2024-UNDAR/P-OPP-UPPM; por lo expuesto en los considerandos precedentes. Artículo 2.- DISPONER que el docente Mgtr. Freddy Omar Majino Gargate, dentro de los 15 días calendario siguientes de efectuado el viaje, presente al titular de la entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 3.- DISPONER que la Dirección General de Administración adopte las acciones que corresponda para la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano con anterioridad al viaje del docente. Artículo 4.- NOTIFICAR la presente Resolución a los miembros de la Comisión Organizadora, al docente y a los demás órganos y unidades competentes de la Universidad Nacional Daniel Alomía Robles, para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. BENJAMIN VELAZCO REYES Presidente de la Comisión Organizadora UNDAR YERSELY KARIN FIGUEROA QUIÑONEZ Secretaria General UNDAR 2305912-1 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Declaran nulo lo actuado a partir del acto de notificación del Acuerdo de Concejo Nº 002-2024/SE-CM-MDEP, en procedimiento de suspensión incoado en contra de alcalde de la Municipalidad Distrital de El Prado, provincia de San Miguel, departamento de Cajamarca RESOLUCIÓN Nº 0198-2024-JNE Expediente Nº JNE.2024000523 EL PRADO - SAN MIGUEL - CAJAMARCA SUSPENSIÓN TRASLADO Lima, ocho de julio de dos mil veinticuatro.VISTOS: los actuados del procedimiento de suspensión incoado por don José Mamber Cabanillas Tanta (en adelante, señor solicitante) en contra de don Amilcar Gil Zelada, alcalde de la Municipalidad Distrital de El Prado, provincia de San Miguel, departamento de Cajamarca (en adelante, señor alcalde), por incumplimiento de transferencia de recursos a la municipalidad de centro poblado, causa prevista en el artículo 133 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). ANTECEDENTES1.1. El 1 de marzo de 2024, el señor solicitante peticionó que se traslade al Concejo Distrital de El Prado su solicitud de suspensión formulada en contra del señor alcalde, por considerar que dicha autoridad está incursa en la causa de suspensión contemplada en el artículo 133 de la LOM. 1.2. Con el Auto Nº 1, del 6 de marzo de 2024, se trasladó dicho pedido de suspensión a fi n de que el concejo distrital, como órgano de primera instancia, en sesión extraordinaria, se pronuncie al respecto. 1.3. Por medio del O fi cio Nº 040-2024-MDEP/GM, recibido el 31 de mayo de 2024, el gerente municipal de la entidad edil remitió la documentación que se detalla a continuación: a) Cartas Nº 007-2024-MDEP/GM, Nº 008-2024- MDEP/GM, Nº 009-2024-MDEP/GM, Nº 010-2024-MDEP/ GM, Nº 011-2024-MDEP/GM y Nº 012-2024-MDEP/GM, del 3 de abril de 2024, mediante las cuales se noti fi có a