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94 Miércoles 5 de junio de 2024 El Peruano / PROYECTO Lima Metropolitana, ajustado por el tipo de cambio. Cabe indicar que para el cálculo de los índices de cantidades y precios de materiales se consideran las categorías empleadas para la clasi fi cación del insumo materiales en la revisión tarifaria del año 2019. • Respecto al insumo capital, para estimar el valor de los activos se reconstruye el stock de capital considerando el valor del stock base de la empresa (esto es, el stock de activos entregados por el Estado al momento de la concesión del TPP), los montos de inversiones anuales netos de ajustes contables y la depreciación económica de los activos durante el periodo analizado. Asimismo, solo se considerará en el cálculo del stock de capital aquellas obras realizadas por el Concesionario que hayan sido recibidas por la Autoridad Portuaria Nacional (APN) hasta el 31 de diciembre de 2023, mientras que en el caso del rubro “Activos Fijos” se utilizará la inversión neta de ajustes contables de los Estados Financieros Auditados del Concesionario. Entre tanto, para estimar el precio del capital del Concesionario se emplea la fórmula del precio de alquiler del capital, propuesta por Christensen y Jorgenson (1969), toda vez que dichos precios no son observables directamente en el mercado. Así, sobre la base de lo anterior, el Factor de Productividad propuesto, aplicable a las tarifas máximas de los servicios regulados del TPP para el periodo comprendido entre el 03 de octubre de 2024 y el 02 de octubre de 2029, es de -2,54%. PROPUESTA DE CÁLCULO DEL FACTOR DE PRODUCTIVIDAD DE TPE Promedio 2010-2023 Promedio de la variación anual del precio de los insumos de la economía (∆We)1,58% Promedio de la variación anual del precio de los insumos de TPE ( ∆W) 2,03% Diferencia ( ∆We – ∆W) -0,46% Promedio de la variación anual de la PTF de TPE ( ∆PTF ) -2,87% Promedio de la variación anual de la PTF de la economía ( ∆PTFe) -0,78% Diferencia ( ∆PTF – ∆PTFe) -2,09% Factor de Productividad de TPE ( X) -2,54% Elaboración: Gerencia de Regulación y Estudios Económicos del Ositrán. La aplicación del Factor de Productividad, atendiendo a lo indicado en el Anexo III del RETA y tomando en cuenta la naturaleza especí fi ca de los servicios regulados que el Concesionario brinda en el TPP, se efectuará sobre las siguientes canastas de servicios regulados: I. Canasta de servicios en función a la navea) Servicios Muelle Espigón: - Servicio Estándar a la Nave. - Servicio Estándar a la carga en contenedores vacíos de 20 pies. - Servicio Estándar a la carga en contenedores vacíos de 40 pies. - Servicio Estándar de transbordo de contenedores llenos de 20 pies. - Servicio Estándar de transbordo de contenedores llenos de 40 pies. - Servicio Estándar de transbordo de contenedores vacíos de 20 pies. - Servicio Estándar de transbordo de contenedores vacíos de 40 pies. - Servicio Estándar de transbordo de carga fraccionada.- Servicio Estándar de transbordo de carga sólida a granel. - Servicio Estándar de transbordo de carga liquida a granel. b) Servicios Muelle de Contenedores: - Servicio Estándar a la Nave.- Servicio Estándar a la carga en contenedores vacíos de 20 pies. - Servicio Estándar a la carga en contenedores vacíos de 40 pies. - Servicio Estándar de transbordo de contenedores llenos de 20 pies. - Servicio Estándar de transbordo de contenedores llenos de 40 pies. - Servicio Estándar de transbordo de contenedores vacíos de 20 pies. - Servicio Estándar de transbordo de contenedores vacíos de 40 pies. - Servicio Estándar de transbordo de carga fraccionada.- Servicio Estándar de transbordo de carga sólida a granel. - Servicio Estándar de transbordo de carga liquida a granel. II. Canasta de servicios en función a la carga contenedorizada a) Servicios Muelle Espigón: - Servicio Estándar a la carga en contenedores llenos de 20 pies. - Servicio Estándar a la carga en contenedores llenos de 40 pies. b) Servicios Muelle de Contenedores: - Servicio Estándar a la carga en contenedores llenos de 20 pies. - Servicio Estándar a la carga en contenedores llenos de 40 pies. III. Canasta de servicios en función a la carga no contenedorizada a) Servicios Muelle Espigón:- Servicio Estándar a la carga fraccionada. - Servicio Estándar a la carga sólida a granel.- Servicio Estándar a la carga líquida a granel. b) Servicios Muelle de Contenedores: - Servicio Estándar a la carga fraccionada. - Servicio Estándar a la carga sólida a granel.- Servicio Estándar a la carga líquida a granel. Asimismo, en aplicación del referido Anexo III del RETA, el promedio ponderado de las tarifas que conforman cada una de las canastas de servicios no podrá superar anualmente el porcentaje que resulta de la diferencia entre la in fl ación al consumidor de los Estados Unidos de América (RPI) menos el Factor de Productividad estimado por este Organismo Regulador. RELACIÓN DE DOCUMENTOS QUE SUSTENTAN LA PROPUESTA TARIFARIA ALEXANDER, I., ESTACHE, A. y A. OLIVERII. (1999). A Few Things Transport Regulators Should Know About Risk and the Cost of Capital. World Bank Policy Research Working Paper No. 2151. Julio. ALMISHER y KISH (2000). Accounting betas – an ex anti proxy for risk within the IPO Market. Journal of Financial and Strategic Decisions. Volume 13 Number 3 Fall 2000. ARAVENA, C., JOFRÉ , J., y VILLARREAL, F. (2009). Estimación de servicios de capital y productividad para América Latina. En CEPAL - Serie Estudios Estadísticos y Prospectivos, Nº 68. Santiago de Chile: CEPAL. AUTORIDAD PORTUARIA NACIONAL - APN (2009). Contrato de Concesión. Concurso de Proyectos Integrales para la Concesión del Terminal Portuario de Paita. Disponible en: https://www.ositran.gob.pe/anterior/