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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE MARZO DEL AÑO 2024 (02/03/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 18

18 NORMAS LEGALES Sábado 2 de marzo de 2024 El Peruano / Resolución Ministerial que aprueba los índices de distribución del canon y sobrecanon en los departamentos de Piura y Tumbes, del canon por la producción de petróleo y gas en el departamento de Ucayali, así como del canon y sobrecanon petrolero del departamento de Loreto correspondientes al Año Fiscal 2024 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 079-2024-EF/50 Lima, 29 de febrero del 2024CONSIDERANDO:Que, el artículo 2 de la Ley N° 27506, Ley de Canon, establece que es objeto de la misma determinar los recursos naturales cuya explotación genera canon y regular su distribución en favor de los gobiernos regionales y gobiernos locales de las zonas donde se exploten dichos recursos naturales, de conformidad con lo establecido por el artículo 77 de la Constitución Política del Perú; Que, en ese sentido, el numeral 5.1 del artículo 5 y el artículo 10 de la Ley N° 27506, Ley de Canon, establecen que la distribución y la determinación del canon petrolero mantienen las condiciones actuales para su aplicación; Que, por otra parte, la Ley N° 27763, Ley complementaria de legislación del Canon y Sobrecanon para petróleo y gas en Piura y Tumbes y la Ley N° 29345, Ley de distribución del Sobrecanon para petróleo y gas de los departamentos de Tumbes y Piura, modi fi can y actualizan diversas disposiciones contenidas en la Ley N° 23630, Ley que establece como participación de la zona que integran los Departamentos de Piura y Tumbes el 10% de la renta que producen la explotación del petróleo y gas en dichos Departamentos, hasta la extinción total de tales recursos y en la Ley N° 23871, Ley que eleva en dos y medio por ciento (2.5%) la participación sobre la renta que produce la explotación del petróleo y gas, creada por el Art. 1 de la Ley N° 23630, que determinan los porcentajes y criterios de distribución del Canon y Sobrecanon por la participación en la renta que produce la explotación de petróleo y gas natural en los departamentos de Piura y Tumbes, a aplicarse a los gobiernos regionales, gobiernos locales, universidades nacionales e institutos superiores tecnológicos y pedagógicos estatales de los citados departamentos; Que, la Ley N° 28699, Ley que modi fi ca la distribución del Canon por la producción de petróleo y gas en el departamento de Ucayali, establece los porcentajes y criterios de distribución del Canon por la producción de petróleo y gas en el citado departamento, a aplicarse al gobierno regional, gobiernos locales, universidades nacionales e institutos tecnológicos nacionales, así como al Instituto de Investigación de la Amazonía Peruana; Que, la Ley N° 31934, Ley que modi fi ca la Ley 24300, a fi n de mejorar la distribución del Canon y Sobrecanon petrolero de Loreto, establece los porcentajes y criterios de distribución del Canon y Sobrecanon, a aplicarse al gobierno regional, gobiernos locales, universidades nacionales, institutos tecnológicos nacionales y al Instituto de Investigaciones de la Amazonia Peruana del citado departamento; Que, mediante el Decreto Supremo N° 206-2006-EF se aprueba el Reglamento de la Ley N° 28699, Ley que modi fi ca la distribución del Canon por la producción de petróleo y gas en el departamento de Ucayali; Que, mediante el Decreto Supremo N° 138-2009- EF se aprueban las normas reglamentarias para la distribución del Canon y Sobrecanon por la explotación de petróleo y gas en los departamentos de Piura y Tumbes; Que, mediante Decreto Supremo N° 005-2024-EF se aprueba el Reglamento para la aplicación de la Ley N° 31934, Ley que modi fi ca la Ley N° 24300, a fi n de mejorar la distribución del canon y sobrecanon petrolero de Loreto. Que, el numeral 52.1 del artículo 52 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que los Índices de Distribución del Canon y Sobrecanon Petrolero son aprobados por el Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Resolución Ministerial, sobre la base de los cálculos que para tal efecto formule la Dirección General de Presupuesto Público, considerando los criterios establecidos en el marco legal correspondiente; Que, sobre la base de la información proporcionada por el Instituto Nacional de Estadística e Informática, mediante el O fi cio N° 000867-2023-INEI/JEF; por el Ministerio de Educación, a través de los O fi cios N° 00009-2024-MINEDU/VMGP- DIGESUTPA y N° 00018-2024-MINEDU/DIGEDD-DIFOID; por el Ministerio del Ambiente, con O fi cio N° 00066-2024-MINAM/VMGA/ DGCA; y por el Ministerio de Energía y Minas, mediante el Ofi cio N° 0216-2024/MINEM-DGH, la Dirección General de Presupuesto Público ha efectuado los respectivos cálculos para la determinación de los índices de distribución del Canon y Sobrecanon en los departamentos de Piura y Tumbes, del Canon por la producción de petróleo y gas en el departamento de Ucayali, y del Canon y Sobrecanon petrolero en el departamento de Loreto correspondientes al Año Fiscal 2024; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar los índices de distribución del Canon y Sobrecanon en los departamentos de Piura y Tumbes, del Canon por la producción de petróleo y gas en el departamento de Ucayali y del Canon y Sobrecanon petrolero en el departamento de Loreto, correspondientes al Año Fiscal 2024; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27763, Ley complementaria de legislación del Canon y Sobrecanon para petróleo y gas en Piura y Tumbes; en la Ley N° 29345, Ley de distribución del Sobrecanon para petróleo y gas de los departamentos de Tumbes y Piura; en la Ley N° 28699, Ley que modi fi ca la distribución del Canon por la producción de petróleo y gas en el departamento de Ucayali, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 206-2006-EF; en la Ley N° 31934, Ley que modi fi ca la Ley 24300, a fi n de mejorar la distribución del Canon y Sobrecanon petrolero de Loreto y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo N° 005-2024-EF; en el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y, en el Decreto Supremo N° 138-2009-EF, Decreto Supremo que aprueba las normas reglamentarias para la distribución del Canon y Sobrecanon por la explotación de petróleo y gas en los departamentos de Piura y Tumbes; SE RESUELVE:Artículo 1.- Objeto1.1 Aprobar los índices de distribución del Canon y Sobrecanon por la explotación de petróleo y gas en los departamentos de Piura y Tumbes, correspondientes al Año Fiscal 2024, a ser aplicados a los gobiernos regionales, gobiernos locales e institutos superiores tecnológicos y pedagógicos estatales de dichos departamentos, conforme a los Anexos I y II que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. 1.2 Aprobar los índices de distribución del Canon por la producción de petróleo y gas en el departamento de Ucayali correspondientes al Año Fiscal 2024, a ser aplicados al gobierno regional, gobiernos locales e instituto tecnológicos nacionales de dicho departamento, conforme a los Anexos III y IV que forman parte de la presente Resolución Ministerial. 1.3 Aprobar los índices de distribución del Canon y Sobrecanon por la explotación de petróleo y gas en el departamento de Loreto, correspondientes al Año Fiscal 2024, a ser aplicados al gobierno regional, gobiernos locales e institutos tecnológicos nacionales de dicho departamento, conforme al Anexo V que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.