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78 NORMAS LEGALES Miércoles 6 de marzo de 2024 El Peruano / Coordinación Local Distrital de San Miguel para el período 2024-2026; Estando a lo expuesto, contando con la opinión favorable de la O fi cina de Participación Vecinal y la Ofi cina de Asesoría Jurídica y en uso de las atribuciones conferidas al alcalde por el artículo 20° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo 1º.- CONVOCAR a la elección de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital para el período 2024-2026, que tendrá lugar en las instalaciones de la Casa de la Cultura, Av. Federico Gallese N°420, el día 05 de marzo del año en curso, de 08:30 horas a 13:00 horas, conforme al Cronograma Electoral anexo a la presente Resolución de Alcaldía. Artículo 2º.- APROBAR el Cronograma de Actividades del Proceso de Elección de representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital para el período 2024-2026, conforme al anexo único que forma parte de la presente resolución. Artículo 3º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a la O fi cina de Participación Vecinal el cabal cumplimiento de la presente resolución. Artículo 4°.- ENCARGAR, a la Secretaria General su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la O fi cina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones su publicación en el portal institucional (www.munisanmiguel. gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. EDUARDO BLESS CABREJAS Alcalde ANEXO ÚNICO CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES DEL PROCESO DE ELECCIÓN DE REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL CONSEJO DE COORDINACIÓN LOCAL DISTRITAL PARA EL PERÍODO 2024-2026 INICIO DE INSCRIPCIÓN DE LAS ORGANIZACIONES04 DE MARZO DE 2024 CIERRE DE INSCRIPCIONES 08 DE MARZO DE 2024 PUBLICACIÓN INICIAL DEL PADRÓN OFICIAL 11 DE MARZO DE 2024TACHAS DEL PADRÓN OFICIAL 12 DE MARZO DE 2024RESOLUCIÓN DE TACHAS Y PUBLICACIÓN DEFINITIVA DEL PADRÓN13 DE MARZO DE 2024 TALLER DE CAPACITACIÓN ONPE 14 DE MARZO DE 2024 INSCRIPCIÓN DE CANDIDATOS 15 DE MARZO DE 2024TACHA DE CANDIDATOS 18 DE MARZO DE 2024RESOLUCIÓN DE TACHAS 19 DE MARZO DE 2024PUBLICACIÓN DEFINITIVA DE CANDIDATOS 20 DE MARZO DE 2024DÍA DE ELECCIONES 23 DE MARZO DE 2024 2265719-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AREQUIPA Ordenanza que establece beneficios tributarios al 30 de junio del 2024 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 1337 Arequipa, 26 de febrero del 2024EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AREQUIPA POR CUANTO:EI Concejo Municipal Provincial de Arequipa, en Sesión ordinaria realizada el 21 de febrero del 2024, trató el Expediente Nº 250000163-2024, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades establece sobre la autonomía de los Gobiernos Locales que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 39° de la Ley Orgánica de Municipalidades, ha dejado establecido que los Concejos Municipales ejercen sus funciones mediante la aprobación de Ordenanzas y Acuerdos, consecuentemente con ello el artículo 40° de dicha norma establece que las Ordenanzas de las Municipalidades Provinciales y Distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio del cual se aprueba la organización interna, la regulación, administración y otros; asimismo, dicho artículo establece que mediante Ordenanzas se crean, modi fi can, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los límites que establece la ley; Que, el Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo N° 133-2013-EF indica en su artículo 41° “La deuda tributaria solo podrá ser condonada por norma con rango de Ley, excepcionalmente los Gobiernos Locales podrán condonar con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los impuestos que administren. En el caso de contribuciones y tasas, dicha condonación podrá alcanzar al tributo”, asimismo, el inciso 4° del artículo 200° de la Constitución establece las normas que, en el sistema de fuentes normativas diseñado por ella, tienen rango de ley; Leyes, Decretos Legislativos, Decretos de Urgencia, Tratados, Reglamentos del Congreso, Normas Regionales de carácter general y Ordenanzas; Que, con Dictamen Legal N° 156-2024-MPA/A-GM- GAJ emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, luego de una revisión y evaluación jurídica, es de opinión, que se eleve al pleno del Concejo Municipal, el proyecto de Ordenanza Municipal que “QUE ESTABLECE LOS BENEFICIOS TRIBUTARIOS AL 30 DE JUNIO DEL 2024”; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el artículo 9° numerales 8 y 9 y el artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, el Concejo Municipal Provincial aprobó por mayoría y con dispensa del trámite de aprobación del acta, la siguiente: “ORDENANZA QUE ESTABLECE LOS BENEFICIOS TRIBUTARIOS AL 30 DE JUNIO DEL 2024” Artículo 1°.- ESTABLECER, desde la entrada en vigencia de la presente hasta el 31 de marzo del periodo fi scal 2024 los siguientes bene fi cios en materia tributaria: Para contribuyentes con la condición de personas naturales, excepto las restricciones que señala el artículo 3°, bene fi cios tributarios extraordinarios de acuerdo a la siguiente escala: - Aquellos cuya base imponible afecta no supere las 100 UIT: - Condonar 2 meses de arbitrios municipales del periodo fi scal 2024 por el pago total del Impuesto Predial correspondiente al año 2024. - Condonar el 100% de multas tributarias por el pago total del tributo materia de sanción de cualquier periodo.