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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MARZO DEL AÑO 2024 (21/03/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 49

49 NORMAS LEGALES Jueves 21 de marzo de 2024 El Peruano / la Universidad y su gestión administrativa, económica y fi nanciera”; Que, de conformidad con lo establecido en el Estatuto de la Universidad Nacional de Piura modi fi cado con Resolución de la Asamblea Universitaria Transitoria No. 12-AUT-UNP-2018 de fecha 14 de noviembre de 2018; en su artículo 174.1 el consejo universitario tiene la atribución de: “Aprobar a propuesta del Rector, los instrumentos de planeamiento de la Universidad Nacional de Piura”; Que, en uso de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 18º de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, así como en el Estatuto de la Universidad Nacional de Piura y demás normas concordantes. y; contando con el visto bueno de los órganos: O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, Unidad de Planeamiento y Modernización, O fi cina de Asesoría Jurídica y Secretaría General; Que, estando a lo acordado por el Consejo Universitario en su Sesión Ordinaria Nº 06 de fecha 19 de diciembre de 2023 y a lo dispuesto por el señor Rector, en uso de sus atribuciones legales; SE RESUELVE: Artículo 1º.- APROBAR, LA MODIFICACIÓN DEL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) de la Universidad Nacional de Piura, aprobado con Resolución de Consejo Universitario Nº 404-CU.2012 de fecha 09/05/2012, modi fi cado con Resolución de Consejo Universitario Nº 0108-CU-2017 de fecha 16/03/17, suspendido con Resolución de Consejo Universitario Nº 0158-CU-2017 de fecha 05/05/17, actualizado con Resolución de Consejo Universitario Nº 0121-CU-2018, de fecha 22/03/18; quedando MODIFICADO con un total de veintisiete (27) Procedimientos Aministrativos y/o Servicios Prestados en Exclusividad, conforme se detalla en el anexo único que forma parte de la presente resolución. Artículo 2º.- APROBAR, los Formatos Únicos de Trámite (FUT) correspondientes a los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad que se detallan en el Texto Único de Procedimientos Administrativo -TUPA de la Universidad Nacional de Piura, los cuales se encuentran comprendidos en el Anexo Único, que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3º.- REMITIR, la Modi fi cación del TUPA aprobado a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, para que, a través de la Unidad de Planeamiento y Modernización, proceda conforme a sus atribuciones a la respectiva difusión e implementación. Artículo 4º.- DÉJESE SIN EFECTO, todas las disposiciones administrativas que se opongan a la presente Resolución. Artículo 5º.- DISPONER, la noti fi cación de la presente Resolución a todas las unidades de organización académicas y administrativas de la Universidad Nacional de Piura, para su conocimiento, cumplimiento y demás fi nes pertinentes. Artículo 6º.- ENCARGAR, a la Secretaría General, realizar la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y al Responsable del Portal de Transparencia, la publicación de la presente Resolución y el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la UNP a la Plataforma Digital única del estado Peruano (www.gob.pe) y en “Portal Institucional” (www.unp.edu.pe). Regístrese, comuníquese y ejecútese. SANTOS LEANDRO MONTAÑO ROALCABA Rector VANESSA ARLINE GIRÓN VIERA Secretaria General * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O fi cial El Peruano, sección Normas Legales. 2272031-1Autorizan viaje de responsable y miembro de proyecto de investigación de la Universidad Nacional Autónoma de Tayacaja Daniel Hernández Morillo, a Cuba, en comisión de servicios UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE TAYACAJA DANIEL HERNÁNDEZ MORILLO RESOLUCIÓN DE COMISIÓN ORGANIZADORA Nº 048-2024-CO-UNAT Pampas, 4 de marzo de 2024 VISTO: La Hoja de Trámite Exp. Nº 345-Presidencia, de fecha 19 de febrero de 2024; Informe Nº 54-2024-UNAT/P-VPI., de fecha 16 de febrero de 2024; Informe Nº 013-2024-UNAT/P-VPI-PI.BIOGESTORES., de fecha 14 de febrero de 2024, y; CONSIDERANDO:Que, el párrafo cuarto del artículo 18 de la Constitución Política del Perú establece que cada Universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico y económico, rigiéndose por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las leyes; Que, el segundo párrafo del artículo 29º de la Ley Universitaria, Ley Nº 30220, establece que la Comisión Organizadora tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno; Que, con Resolución Viceministerial Nº 088-2022-MINEDU, de fecha 15 de julio de 2022, se reconforma la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma de Tayacaja Daniel Hernández Morillo; Que, el tercer párrafo de la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos establece que, “(…) Los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos del Congreso de la República, el Poder Judicial, el Tribunal Constitucional, las Universidades Públicas, el Consejo Nacional de la Magistratura, el Ministerio Público, la Defensoría del Pueblo, el Jurado Nacional de Elecciones, la O fi cina Nacional de Procesos Electorales, el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, el Banco Central de Reserva del Perú, la Superintendencia de Banca y Seguros, las Municipalidades y la Contraloría General de la República, se autorizarán mediante Resolución de la más alta autoridad de la respectiva entidad(…)”; Que, con Resolución de Comisión Organizadora Nº 101-2022-CO-UNAT., de fecha 9 de mayo de 2022, se aprobó el Proyecto de Investigación denominado: “BIODIGESTORES TUBULARES PARA LA SOSTENIBILIDAD DE LOS AGROSISTEMAS Y ADAPTACIÓN AL CAMBIO CLIMÁTICO EN ZONAS ALTOANDINAS DE LA REGIÓN HUANCAVELICA”, la cual se ejecutara en un periodo de tres (3) años, del 2022 al 2024, con un presupuesto ascendente a S/ 1,181,488.00; ejecutándose en 2022 el monto de S/. 660,098.00; el 2023 el monto de S/. 480,640.00 y para el 2024 el monto de S/. 58,750.00; Que, mediante la Resolución de Comisión Organizadora Nº 145-2022-CO-UNAT., de fecha 4 de julio de 2022, se precisó que el Investigador Responsable del citado Proyecto de Investigación es el M. Sc. RONALD ORTECHO LLANOS, siendo uno de los Investigadores Miembros el Dr. STALEIN JACKSON TAMARA TAMARIZ; Que, a través del Informe Nº 013-2024-UNAT/P-VPI- INSTI-PI-BIODIGESTORES, de fecha 14 de febrero de 2024, el Responsable del Proyecto de Investigación M. Sc. RONALD ORTECHO LLANOS, citado en los