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173 Miércoles 27 de marzo de 2024 El Peruano / PROYECTO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA Disponen la publicación para comentarios del proyecto del Cargo Unitario por Compensación GGEE-DUP a ser adicionado a los Peajes de los Sistemas Secundarios y Complementarios de Transmisión del periodo mayo 2024 – abril 2025 RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 038-2024-OS/CD Lima, 26 de marzo de 2024CONSIDERANDOQue, mediante Decreto Supremo Nº 035-2013-EM se estableció un mecanismo de compensación para aquellos generadores eléctricos que se encuentren en operación comercial y que trans fi eran en propiedad al concesionario de distribución de gas natural por red de ductos, los ductos conectados directamente al sistema de transporte de gas natural, de modo que se permita a dichos generadores continuar operando en las mismas condiciones económicas que se encontraban antes de pasar a ser atendidos por la empresa concesionaria de distribución de gas natural; Que, mediante Resoluciones Ministeriales Nº 168- 2015-MEM/DM y Nº 169-2015-MEM/DM, publicadas el 13 de abril de 2015, se aprobó el acceso al mecanismo de compensación para la Empresa de Generación Eléctrica del Sur (“Egesur”) y la Empresa de Generación Eléctrica de Arequipa S.A. (“Egasa”), respectivamente -en la actualidad Egasa no se encuentra en servicio-; Que, la referida compensación es pagada por los agentes que recaudan las tarifas y compensaciones de los Sistemas Secundarios de Transmisión (“SST”) y Sistemas Complementarios de Transmisión (“SCT”), de las Áreas de Demanda que concentran más del treinta por ciento (30%) del consumo de energía del Sistema Eléctrico Interconectado Nacional, vía un cargo tarifario trasladado a sus usuarios, habiéndose encargado a Osinergmin la elaboración de los procedimientos necesarios para la de fi nición de los peajes y el funcionamiento del mecanismo de compensación señalado; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 035-2013-EM, mediante Resolución Nº 114-2015-OS/CD, Osinergmin aprobó la Norma “Procedimiento para Aplicación del Mecanismo de Compensación establecido en el Decreto Supremo Nº 035-2013-EM”, en donde, entre otros aspectos, se de fi ne la metodología de cálculo del denominado Cargo Unitario por Compensación GGEE-DUP (Generadores Eléctricos que contaban con Ducto de Uso Propio); Que, a efectos de la determinación del referido cargo, se deberá cumplir con los requisitos de transparencia exigidos en Ley Nº 27838, Ley de Transparencia y Simpli fi cación de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas, y demás normativa sectorial aplicable; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley Nº 27838, Osinergmin debe publicar en su página web institucional y en el diario o fi cial El Peruano, el proyecto tarifario y una relación de la información que sustenta el Proyecto, con una antelación no menor a quince (15) días hábiles de su publicación de fi nitiva; Que, asimismo, deberá otorgarse un plazo para que los interesados puedan emitir sus comentarios al proyecto tarifario, los mismos que no tendrán carácter vinculante ni darán lugar a procedimiento administrativo, debiendo ser analizados por el Regulador, al momento de emitir su resolución fi nal;Que, fi nalmente, de acuerdo al artículo 7 de la citada Ley Nº 27838, deberá llevarse a cabo una audiencia pública para la sustentación y exposición de los criterios, metodología, estudios, informes, modelos económicos o dictámenes que sirven de justi fi cación del proyecto tarifario; Que, se han emitido los Informes Nº 169-2024-GRT, Nº 170-2024-GRT y Nº 171-2024-GRT, elaborados por la División de Gas Natural, la División de Generación y Transmisión Eléctrica, y la Asesoría Legal de la Gerencia de Regulación de Tarifas, respectivamente, los mismos que complementan la motivación que sustenta la decisión del Consejo Directivo de Osinergmin y son parte integrante de la presente resolución; cumpliéndose de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se re fi ere el numeral 4 del artículo 3 del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27838, Ley de Transparencia y Simpli fi cación de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas, en la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos y a las facultades concedidas por el Reglamento General de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001- PCM; y en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; así como, en sus respectivas normas modi fi catorias y complementarias; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión Nº 10-2024, de fecha 26 de marzo de 2024. SE RESUELVE: Artículo 1.- Disponer la publicación en el diario o fi cial El Peruano y en la página web de Osinergmin: www.gob. pe/osinergmin del proyecto de resolución con el que se aprueba el Cargo Unitario por Compensación GGEE- DUP a ser adicionado a los Peajes de los Sistemas Secundarios y Complementarios de Transmisión, para el periodo comprendido entre el 01 de mayo 2024 al 30 de abril 2025, como Anexo A; y, de la relación de información que sustenta el referido proyecto, como Anexo B. Artículo 2. - Disponer que la convocatoria a Audiencia Pública Descentralizada para la sustentación y exposición por parte de Osinergmin, de los criterios, metodología y modelos utilizados en el proyecto de resolución publicado, se realizará en la fecha, hora y lugar siguiente: Fecha: Jueves, 04 de abril de 2024 Hora: 10:00 a.m. Lugar: Ica Hotel & Hacienda “El Carmelo” Panamericana Sur km. 301.2, Ica Plataforma: Youtube (en vivo) https://www.youtube.com/@osinergmin Artículo 3.- Defi nir un plazo de diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución, a fi n de que los interesados remitan sus opiniones y sugerencias a la Gerencia de Regulación de Tarifas (GRT) de Osinergmin, vía la ventanilla electrónica: https://ventanillavirtual.osinergmin.gob.pe/ o en la mesa de partes física, en Avenida Jorge Chávez Nº