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159 NORMAS LEGALES Miércoles 27 de marzo de 2024 El Peruano / CUNA MAS, FONCODES, PENSIÓN 65, PAIS, Programa de Complementación Alimentaria, Contigo - Sede Junín. • Mesa de Concertación para la Lucha Contra la Pobreza – Junín. • Colegios Profesionales: Profesores, Ingenieros, Arquitectos, Abogados, Economistas, Contadores, Administradores, Enfermeros, Obstetras, Nutricionistas, Médicos, Químico Farmacéuticos, Tecnólogo Médico, Odontólogos, Sociólogos, Psicólogos, Antropólogos, Trabajadores Sociales y otros. • Dirección Desconcentrada de la Mujer y Poblaciones Vulnerables Junín- MIMPV • Corte Superior de Justicia de Junín - Juzgado de Familia • Prefectura Regional de Junín • Ofi cina Defensoría del Pueblo Junín • Entidades Formadores como Institutos Tecnológicos, Pedagógicos, CEOS y Universidades Publico y Privadas • Organizaciones Religiosas • ONGs y Cooperantes.• Consejos y/o Comités Regionales (autoridades diversas) Cuyas funciones serán: 1. Asesoramiento y Consulta: Brindar asesoramiento y consultas sobre políticas y programas relacionados con el desarrollo social. 2. Coordinación Intersectorial: Facilitar la coordinación entre diferentes sectores gubernamentales, organizaciones no gubernamentales y otros actores relevantes para promover el desarrollo social integral. 3. Diagnóstico y Evaluación: Realizar análisis y evaluaciones periódicas de la situación social para identi fi car necesidades, áreas de mejora y evaluar el impacto de las políticas implementadas. 4. Contribuir con data actualizada los avances en materia de desarrollo social que cada sector es competente. 5. Otros que el comité de fi na. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social y O fi cina Regional de Desarrollo Institucional y Tecnología de la Información, la creación y publicación, en el portal web del Gobierno Regional de Junín, el Sistema Regional Integral de Monitoreo de Indicadores de Desarrollo Social- SIREMIDES JUNÍN, como recurso de monitoreo público de los avances en la dimensión social de la región Junín. Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Desarrollo Social y Gerencia Regional de Presupuesto Planeamiento y Ordenamiento Territorial, tenga la responsabilidad de elaborar y conducir su implementación. Artículo Sexto.- ENCARGAR, al Ejecutivo Regional, a través de la Gerencia Regional de Desarrollo Social, la reglamentación de la presente Ordenanza Regional. Artículo Séptimo.- DÉJESE SIN EFECTO, toda norma que se oponga a la presente Ordenanza Regional. Artículo Octavo.- ENCARGAR, a la Secretaría del Consejo Regional la publicación de la presente Ordenanza Regional. Dado en la Sala de Sesiones del Gobierno Regional de Junín a los 13 días del mes de diciembre del año 2023. KELY FLORES MAS Consejera Delegada Consejo Regional Por lo tanto:Mando, promúlguese, comuníquese y cúmplase. Dado en el Despacho de Gobernación del Gobierno Regional Junín, a los 20 días del mes de diciembre del 2023. ZÓSIMO CÁRDENAS MUJE Gobernador Regional 2262594-1GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones - ROF y Organigrama Estructural Básico del Gobierno Regional La Libertad ORDENANZA REGIONAL N° 000017-2023-GRLL-CR Trujillo, 28 de diciembre del 2023 APRUEBAN EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES – ROF Y ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL BÁSICO DEL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional de la Libertad, de conformidad con lo previsto en los artículos N° 191 y 192 de la Constitución Política del Perú; Ley N° 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, y además normas complementarias. EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD; ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional: VISTO: En Sesión Extraordinaria de Consejo Regional de fecha 28 de diciembre del 2023, VISTO Y DEBATIDO el Ofi cio N° 000096-2023-GRLL-CR-COMPLAN, suscrito por la Presidenta de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, que contiene el Dictamen N° 047-2023-GRLL-CR/COMPLAN, recaído en el Proyecto de Ordenanza Regional relativo a Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones – ROF y Organigrama Estructural Básico del Gobierno Regional La Libertad, y; CONSIDERANDO:Que, conforme a lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Estado y el artículo 2° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, los gobiernos regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia. Que, los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia constituyendo para su administración económica y fi nanciera un pliego presupuestal conforme a lo establecido en el Artículo 1920 de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley N° 27680 y el Artículo 2° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867; siendo competentes entre otros, para aprobar su organización interna y su presupuesto Que, el numeral 1 inciso c) del Artículo 10° de la Ley Orgánica antes acotada, prescribe que es competencia exclusiva del gobierno regional, aprobar su organización interna y su presupuesto institucional, conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto. Que, los literales a) y d) del Artículo 15° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es atribución del Consejo Regional aprobar y modi fi car o derogar las normas que regulen y reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional y aprobar los Estados fi nancieros y Presupuestarios. Asimismo, el artículo 2° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, establece que los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política,