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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE MAYO DEL AÑO 2024 (02/05/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 17

17 NORMAS LEGALES Jueves 2 de mayo de 2024 El Peruano / otros, que el CEPLAN verifica y valida la metodología, la consistencia y coherencia del PEI con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN) y la Política General de Gobierno, y emite un informe técnico, el cual contiene la Evaluación de Diseño del PEI; luego de contar con dicho Informe, el Titular del Pliego emite el acto resolutivo de aprobación del PEI y dispone su publicación en el Portal de Transparencia Estándar de la entidad; Que, a través del Decreto Supremo N° 012-2021-VIVIENDA, se aprueba la Política Nacional de Vivienda y Urbanismo, con horizonte temporal al 2030 (en adelante PNVU), la misma que define las prioridades y estrategias principales que orientan y articulan el accionar en los tres niveles de gobierno, el sector privado y la sociedad civil en materia de vivienda y urbanismo; Que, el artículo 5 del mencionado Decreto Supremo N° 012-2021-VIVIENDA establece que las entidades de la Administración Pública responsables de los objetivos prioritarios, lineamientos y proveedores de los servicios de la PNVU están a cargo de su implementación y ejecución, en el marco de sus funciones y competencias a través de los diferentes planes del SINAPLAN; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 566-2023-VIVIENDA, se aprueba el Plan Estratégico Sectorial Multianual 2024-2030 del sector Vivienda, Construcción y Saneamiento (en adelante, PESEM 2024-2030), la misma que en su artículo 2 dispone que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, sus organismos públicos y entidades adscritas, formulen y aprueben sus respectivos Planes Estratégicos Institucionales articulados al PESEM 2024-2030 del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, la Comisión de Planeamiento Estratégico del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), conformada por la Resolución Ministerial N° 484-2017-VIVIENDA, mediante el Acta-000097/MVCS/ OPM|v.1.0 de fecha 12 de abril de 2024, acuerda validar y aprobar el proyecto del PEI 2024-2030 del MVCS; Que, mediante el Oficio N° 755-2024-VIVIENDA/ SG, la Secretaría General del MVCS solicita al CEPLAN opinión técnica sobre el proyecto del PEI 2024-2030 del MVCS; Que, con el Oficio N° 000412-2024-CEPLAN-DNCP, la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del CEPLAN, remite el Informe Técnico N° 000191-2024-CEPLAN-DNCPPEI mediante el cual verifica y valida el PEI 2024-2030 del MVCS y concluye que es favorable proceder con la aprobación del mismo; Que, el artículo 38 del Reglamento de Organización y Funciones del MVCS, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA, señala que es función de la OGPP, entre otras, normar y conducir la formulación, seguimiento y evaluación de los planes estratégicos sectorial e institucional; Que, a través del Memorando N° 734-2024-VIVIENDA- OGPP sustentado en el Informe N° 307-2024-VIVIENDA- OGPP-OPM, la OGPP sustenta y propone la aprobación del PEI 2024-2030 del MVCS, el cual cuenta con la validación de la Comisión de Planeamiento Estratégico del MVCS y con la opinión favorable del CEPLAN; así como, deja sin efecto el “Plan Estratégico Institucional 2023-2026 del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento”, aprobado por la Resolución Ministerial N° 422-2022-VIVIENDA; Que, mediante el Informe N° 339-2024-VIVIENDA/ OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica, emite opinión favorable a la presente Resolución Ministerial que aprueba el PEI 2024-2030 del MVCS; Que, en atención a lo expuesto, corresponde aprobar el Plan Estratégico Institucional 2024-2030 del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; y la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017/CEPLAN-PCD y sus modificatorias; SE RESUELVE: artículo 1.- Aprobar el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2024-2030 del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. artículo 2.- El cumplimiento de los logros esperados en el Plan Estratégico Institucional 2024-2030 del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado en el artículo precedente, es responsabilidad de los órganos, unidades orgánicas y unidades ejecutoras del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. artículo 3.- La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto realiza el seguimiento y evaluación del PEI 2024-2030 del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, de acuerdo con las disposiciones establecidas en la Guía para el seguimiento y evaluación de políticas nacionales y planes del SINAPLAN, aprobada por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 0061-2023/CEPLAN/PCD. artículo 4.- Derogar la Resolución Ministerial N° 422-2022-VIVIENDA que aprueba el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2023-2026 del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital y en el Portal de Transparencia Estándar del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. HANIA PÉREZ DE CUÉLLAR LUBIENSKA Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2284822-1 ORGANISMOS EJECUTORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES Declaran la desafectación de predio ubicado en el distrito de Zorritos, provincia de Contralmirante Villar, departamento de Tumbes y aprueban su venta directa suBDirección De Desarrollo inmoBiliario resolución n° 0372-2024/sBn-DGPe-sDDi San Isidro, 17 de abril del 2024 VISTO: El Expediente N° 016-2021/SBNSDDI, que contiene la solicitud presentada por VÍCTOR HUGO OLIVOS HERRERA mediante la cual peticiona la desafectación administrativa de zona de dominio restringido y venta directa del predio de 565.79 m², ubicado en el distrito de Zorritos, provincia de Contralmirante Villar, departamento de Tumbes, inscrito a favor del Estado en la Partida N° 11041935 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Tumbes, Zona Registral N° I - Sede Piura, signado con el CUS N° 190568 (en adelante “el predio”).