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25 NORMAS LEGALES Jueves 2 de mayo de 2024 El Peruano / otros, al Gerente General, así como a los titulares de los órganos de línea, de asesoramiento y de apoyo, así como de las unidades orgánicas, de ser el caso, así como de emitir las resoluciones en los asuntos de su competencia; Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor/a II de la Presidencia Ejecutiva de la ATU, cargo considerado de confianza de acuerdo al Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P), aprobado por Resolución Ministerial N° 227-2019-MTC/01, de fecha 28 de marzo de 2019, actualizado con Resolución de la Oficina de Gestión de Recursos Humanos N° D-000090-2023-ATU/ GG-OGRH, de fecha 12 de septiembre de 2023; Que, mediante Memorando N° D-000095-2024-ATU/ PE, de fecha 26 de abril de 2024, la Presidencia Ejecutiva propone designar al señor LEIDER PÉREZ HERRERA, en el cargo de Asesor II de la Presidencia Ejecutiva de la ATU; Que, a través del Informe Nº D-000131-2024-ATU/ GG-OGRH, de fecha 29 de abril de 2024, la Oficina de Gestión de Recursos Humanos de la ATU, concluye que resulta procedente la designación propuesta; Que, mediante Informe Nº D-000210-2024-ATU/ GG-OAJ, de fecha 29 de abril de 2024, la Oficina de Asesoría Jurídica concluye que resulta legalmente viable la designación indicada anteriormente; Con el visado de la Gerencia General, la Oficina de Gestión de Recursos Humanos y la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y estando a las funciones establecidas en los literales e) y t) del artículo 17 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 193-2023-ATU/PE; SE RESUELVE: artículo 1.- Designar al señor LEIDER PÉREZ HERRERA en el cargo de Asesor II de la Presidencia Ejecutiva de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU. artículo 2.- Notificar la presente resolución al señor LEIDER PÉREZ HERRERA y a la Oficina de Gestión de Recursos Humanos, para los fines pertinentes. artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano” y en la sede digital de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU (https://www.gob.pe/atu). Regístrese, comuníquese y publíquese. MARYBEL VIDAL MATOS Presidenta Ejecutiva 2284826-1 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Formalizan Acuerdo en donde se aprueba la designación, por un periodo adicional, de Miembro de la Comisión adscrita de la Oficina Regional del INDECOPI de Puno resolución n° 000060-2024-Pre/inDecoPi San Borja, 30 de abril del 2024VISTOS: El Acuerdo N° 077-2024 del Consejo Directivo del INDECOPI; el Informe N° 000211-2024-ORH/ INDECOPI de la Oficina de Recursos Humanos; el Informe N° 000158-2024-OAJ/INDECOPI y el Memorándum N° 000737-2024-OAJ/INDECOPI de la Oficina de Asesoría Jurídica; el Informe N° 000150-2024-GEG/INDECOPI de la Gerencia General; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 1 del Decreto Legislativo N° 1033, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, se establece que éste es un organismo público especializado con personería jurídica de derecho público interno, que goza de autonomía funcional, técnica, económica, presupuestal y administrativa, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, y rige su funcionamiento de acuerdo con las disposiciones contenidas en la citada norma y en sus normas complementarias y reglamentarias; Que, el literal d) del artículo 5 de la precitada Ley, en concordancia con el literal e) del artículo 9 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobado por Resolución N° 000063-2021-PRE/INDECOPI, establecen que es función del Consejo Directivo designar, entre otros, a los miembros de las Comisiones de las áreas de competencia y propiedad intelectual de los órganos resolutivos de la entidad, teniendo en cuenta la opinión del Órgano Consultivo de conformidad con el literal b) del artículo 9 de dicha Ley, así como, el literal e) del artículo 15 de su Reglamento; Que, asimismo, el literal a) del artículo 22 de la mencionada Ley de Organización y Funciones, establece que los miembros de las comisiones del área de competencia son designados por el Consejo Directivo por cinco años, pudiendo ser designados por un periodo adicional; Que, con la Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo del Indecopi N° 023-2019-INDECOPI/COD, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 14 de febrero del 2019, se designó al señor RODOLFO GILMAR CHAVEZ SALAS como miembro de la Comisión adscrita de la Oficina Regional del INDECOPI de Puno, con efectividad a partir de la fecha de su publicación; Que, mediante el Acuerdo N° 077-2024, el Consejo Directivo del INDECOPI acordó designar, por un segundo periodo, al señor RODOLFO GILMAR CHAVEZ SALAS como miembro de la Comisión adscrita de la Oficina Regional del INDECOPI de Puno, y encomendar a la Gerencia General y a la Presidencia Ejecutiva las gestiones correspondientes para la debida ejecución de dicho acuerdo; Que, con el Informe N° 000211-2024-ORH/INDECOPI la Oficina de Recursos Humanos concluye que el señor RODOLFO GILMAR CHAVEZ SALAS cumple con los requisitos para ser designado como Miembro de la Comisión adscrita de la Oficina Regional del INDECOPI de Puno; Que, a través del Informe N° 000158-2024-OAJ/ INDECOPI y del Memorándum N° N° 000737-2024-OAJ/INDECOPI, la Oficina de Asesoría Jurídica considera legalmente viable que el Presidente Ejecutivo emita el acto resolutivo que formalice la designación de miembro de la comisión antes mencionada, por un periodo adicional; Con el visado de la Gerencia General, de la Oficina de Recursos Humanos, y de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1033, Ley de Organización y Funciones del INDECOPI; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y en el Texto Integrado de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución N° 000063-2021- PRE/INDECOPI; SE RESUELVE: artículo Único.- Formalizar el Acuerdo N° 077-2024 del Consejo Directivo del INDECOPI, donde se aprueba