TEXTO PAGINA: 75
75 NORMAS LEGALES Viernes 3 de mayo de 2024 El Peruano / Presupuesto y Modernización le corresponde “Coordinar, sistematizar y consolidar la información para la elaboración de la exposición”; y para la Gerencia de Participación Vecinal y Bienestar Social, “Promover la participación ciudadana del distrito de Barranco”. Que, el desarrollo de la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas comprende la etapa preparatoria establecida en el artículo 15º del citado Reglamento, referida a todas las actividades que se realizan previamente a la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas, a fi n de garantizar su adecuado desarrollo. Entre estas actividades están la Convocatoria y la Inscripción de los Participantes; Que, conforme al citado marco normativo, mediante los documentos del visto, la Gerencia Municipal, presenta la convocatoria a la II Audiencia Pública 2023 del distrito de Barranco; En uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del artículo 20º y el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo Primero.- CONVOCAR a las organizaciones públicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil del distrito de Barranco, y vecinos en general, a la I AUDIENCIA PÚBLICA 2024 del distrito de Barranco, según el siguiente cronograma: Primera Audiencia Pública de Rendición de Cuentas 2024 Actividad Lugar Fecha y Hora 1. Convocatoria Pública y DifusiónPortal Institucional, redes sociales, etc.03 de mayo de 2024 2. Inscripción de participantes con temas o preguntas de interés.Portal Institucional y Plataforma de Atención al Ciudadano www.munibarranco.gob.pe06 al 28 de mayo 2024 (5:00pm) 3. Publicación de Resumen EjecutivoPortal Institucional 25 de mayo 2024 4. Publicación de participantes que harán preguntasPortal Institucional 29 de mayo 2024 5. Realización de la Primera Audiencia Pública.Parque Municipal 30 de mayo 19:00 horas La agenda a tratar se desarrollará de conformidad al artículo 8º, 9º y 10º del Reglamento de Audiencias Públicas de Rendición de cuentas del Distrito de Barranco, aprobado por la Ordenanza Nº 606-2023-MDB, conforme lo siguiente: - Audiencia Pública del mes de mayo: Con información del periodo anterior 2023. Información General: Logros de la gestión, di fi cultades que impidieron el cumplimiento de compromisos. Primera Parte: Información sucinta sobre Sistemas Administrativos de Gestión Pública. Información relacionada a Presupuesto Público, Inversión Pública, Recursos Humanos, Abastecimiento, Contabilidad, Endeudamiento Público, Planeamiento Estratégico, Modernización, Control y Jurídica del Estado. Segunda Parte: Principales Bienes y Servicios Públicos entregados. Recolección de Residuos Sólidos, Programa del Vaso de Leche, Patrullaje por sector, Programas Presupuestales, etc. Artículo Segundo.- ENCARGAR la supervisión y cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y la Gerencia de Participación Vecinal y Bienestar Social; para el cumplimiento de sus roles de acuerdo a sus competencias. Artículo Tercero.- ENCARGAR al Secretario General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano y a la Subgerencia de Sistemas y Tecnologías de la Información, su publicación, en el Portal del Estado Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JESSICA ARMIDA VARGAS GOMEZ Alcaldesa 2284322-1 MUNICIPALIDAD DE SANTA ROSA Autorizan viaje de alcalde a los EE.UU., en comisión de servicios ACUERDO DE CONCEJO Nº 020-2024-MDSR Santa Rosa, 30 de abril del 2024 EL CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE SANTA ROSA VISTO, en la Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Memorando Nº 565-2024-GM/MDSR de Gerencia Municipal, el Informe Legal Nº 115-2024/MDSR/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 087-2024-GPP/MDSR de la Gerencia Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 114-2024-GAF/MDSR de la Gerencia de Administración y Finanzas, el Informe Nº 694-2024-SGL/GAF/MDSR de la Subgerencia de Logística, el Informe Nº 024-2024-MDSR/SG de la Secretaría General, la Carta Nº 001-2024/GRS (Exp. Nº 3964-2024) del Sr. Alcalde George Robles Soto, así como la Carta de fecha 23 de abril del 2024 (Expediente Nº 3880-2024) de la Embassy of the United States of America U.S. Commercial Service; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por Ley de Reforma Constitucional Nº 30305, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia (...); Que, el segundo párrafo del Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, señala que la autonomía señalada en la Constitución Política del Perú para las Municipalidades, radica en la facultad de ejercer Actos de Gobierno, Administrativos y de Administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el numeral 11) del Art. 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que es atribución del Concejo Municipal, entre otros, “Autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario”; Que, a su vez, el artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, modi fi cado por la Ley Nº 31433, señala que: “Los acuerdos son decisiones, que toma el Concejo, referidas a asuntos especí fi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Los acuerdos aprobados, cuando así lo requieran; incluyen un plan de implementación que establezca las acciones a realizar, señalando metas, plazos y fi nanciamiento, según corresponda”. Que, mediante Ley Nº 27619 se regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, indicándose en ella que las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deberán sustentar en el interés nacional o institucional, bajo responsabilidad. Las resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario O fi cial El Peruano, con anterioridad al viaje; Que, mediante Carta de fecha 23 de abril del 2024 (Expediente Nº 3880-2024) la Embassy of the United