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69 NORMAS LEGALES Viernes 3 de mayo de 2024 El Peruano / del Sistema Nacional de Presupuesto Público, derogó la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, salvo la Cuarta, Sétima, Octava, Décima, Duodécima y Décimo Tercera Disposición Final y Segunda, Tercera, Cuarta, Sexta, Sétima y Novena Disposición Transitoria de dicha Ley, las cuales mantienen su vigencia; Que en ese extremo, la Segunda Disposición Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece que la Entidad, mediante la Resolución de su Titular, aprueba las propuestas de las modi fi caciones al Presupuesto Analítico de Personal - PAP previo informe favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la Entidad, sobre su viabilidad presupuestal; Que por su parte, de acuerdo a lo establecido en el numeral 2.4 del artículo 2° del Decreto de Urgencia N° 044-2021, que establece medidas extraordinarias y urgentes en materia de gestión fi scal de los recursos humanos del sector público, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas se encuentra a cargo de la aprobación de los lineamientos para la formulación, aprobación y modi fi cación del Presupuesto Analítico del Personal (PAP); así como de brindar opinión favorable sobre el PAP de cada entidad del Sector Público, previo a su aprobación en la entidad; Que en esa línea, a través de la Resolución Directoral N° 0003-2024-EF/53.01 se aprueba la Directiva N° 0002-2024-EF/53.01, “Lineamientos para la formulación, aprobación y modi fi cación del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) en las entidades del Sector Público”, la misma que en su artículo 16° establece que la entidad del Sector Público tiene un plazo no mayor a diez (10) días, una vez noti fi cada la opinión favorable de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humano, para aprobar el PAP mediante acto administrativo emitido por el Titular de la Entidad o a quien éste delegue expresamente dicha función; Que el artículo 10° del Reglamento de Organización y Funciones de la Entidad, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 000061-2024/JNAC/RENIEC (08ABR2024), publicado en el diario o fi cial El Peruano el 11ABR2024, establece que la Secretaría General se constituye en la máxima autoridad administrativa del RENIEC; Que con Resolución Jefatural N° 000095-2023/ JNAC/RENIEC (28SET2023), se aprobó el Presupuesto Analítico de Personal - PAP del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil - RENIEC, correspondiente al Año Fiscal 2023; Que por su parte, con Resolución Jefatural Nº 000199-2021/JNAC/RENIEC (30OCT2021), se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP) del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, cuyas actualizaciones correspondientes al año 2022 fueron formalizadas con Resolución Secretarial N° 000148-2022/SGEN/RENIEC (30DIC2022) y las correspondientes al año 2023 fueron formalizadas con Resolución Secretarial N° 000133-2023/SGEN/RENIEC (29DIC2023); Que mediante los documentos de vistos la O fi cina de Potencial Humano sustenta la aprobación del Presupuesto Analítico de Personal - PAP, del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil - RENIEC, correspondiente al año fi scal 2024, toda vez que los cargos presupuestados deben ser fi nanciados con el presupuesto correspondiente; Que con los documentos de vistos la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto (hoy O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización), en virtud de lo manifestado por la Unidad de Presupuesto, emite opinión favorable respecto a la disposición presupuestal para la aprobación del Presupuesto Analítico de Personal -PAP 2024, precisando que se cuenta con la disponibilidad presupuestal solicitada, cuyo fi nanciamiento es con cargo al presupuesto institucional del Pliego 033: RENIEC del presente año fi scal por la fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios; Que asimismo, a través del O fi cio N° 2838-2024- EF/53.06 (25ABR2024), la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos - DGGFRH del Ministerio de Economía y Finanzas - MEF, remite el Informe N° 0413-2024-EF/53.06 elaborado por la Dirección Técnica y de Registro de Información (DTRI), en el cual emite opinión favorable respecto a la propuesta de Presupuesto Analítico de Personal (PAP) 2024 de la Unidad Ejecutora 001-000480 Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil - RENIEC; Que en tal sentido, la O fi cina de Asesoría Jurídica a través del documento del visto emite opinión favorable y concluye que es viable aprobar el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil - RENIEC, correspondiente al Año Fiscal 2024; Que asimismo es importante hacer de conocimiento de los ciudadanos lo dispuesto en la presente Resolución Secretarial; y, Estando a las atribuciones conferidas por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, el Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolución Jefatural N° 000061-2024/JNAC/RENIEC (08ABR2024), publicado en el diario o fi cial El Peruano el 11ABR2024, y a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, modi fi cado en parte por el Decreto Supremo Nº 014-2012-JUS; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar el Presupuesto Analítico de Personal - PAP del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil -RENIEC, correspondiente al Año Fiscal 2024 conforme se detalla en los anexos que forman parte integrante de la presente Resolución Secretarial. Artículo Segundo.- Encargar a la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización remitir copia de la presente Resolución Secretarial a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo Tercero.- Notifi car la presente Resolución Secretarial a la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y a la O fi cina de Potencial Humano, para los fi nes correspondientes. Artículo Cuarto.- Disponer la publicación de la presente Resolución Secretarial en el Diario O fi cial El Peruano y en el portal institucional www.reniec.gob.pe los anexos señalados en el artículo primero de la presente. Regístrese, publíquese y cúmplase. GABRIELA BERTHA HERRERA TAN Secretaria General 2284849-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Aprueban el Procedimiento Operativo para el retiro extraordinario y facultativo de fondos en el Sistema Privado de Pensiones, establecido en la Ley N° 32002, y dictan otras disposiciones RESOLUCIÓN SBS N° 01623-2024 Lima, 2 de mayo de 2024EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES (A.I.)