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37 NORMAS LEGALES Jueves 9 de mayo de 2024 El Peruano / 2024/VIVIENDA/VMCS/PNSR/UA de la Unidad de Administración, el Informe N° 156-2024/VIVIENDA/VMCS/PNSR-UA/SU-RH de la Sub Unidad de Recursos Humanos de la Unidad de Administración, el Memorándum N° 061-2024/VIVIENDA/VMCS/PNSR/UFILCC de la Unidad Funcional de Integridad y Lucha contra la Corrupción y el Informe Legal N° 213-2024/VIVIENDA/VMCS/PNSR/UAL de la Unidad de Asesoría Legal; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo N° 002-2012-VIVIENDA se creó el Programa Nacional de Saneamiento Rural (PNSR), bajo el ámbito del Viceministerio de Construcción y Saneamiento, orientado a posibilitar el acceso de la población del ámbito rural, al agua y saneamiento de calidad y sostenibles; estableciéndose que, para efectos de su gestión administrativa y presupuestal, se constituye como Unidad Ejecutora del Pliego Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, con fecha 30 de noviembre de 2017, se publicó en el Diario O fi cial “El Peruano” la Resolución Ministerial N° 458-2017-VIVIENDA, que aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del PNSR, previendo el cargo estructural de Jefe de Unidad de la Unidad de Asesoría Legal, como de con fi anza; Que, el per fi l profesional para ocupar el cargo de Jefe de Unidad de la Unidad de Asesoría Legal se encuentra regulado en el Manual de Clasi fi cador de Cargos aprobado con Resolución Directoral N° 174-2017/VIVIENDA/VMCS/PNSR; Que, habiéndose propuesto al señor César Arturo Revoredo Castañeda para que ocupe el cargo de Jefe de Unidad de la Unidad de Asesoría Legal, la Sub Unidad de Recursos Humanos de la Unidad de Administración ha señalado a través del Informe N° 156-2024/VIVIENDA/ VMCS/PNSR-UA/SU-RH de fecha 07 de mayo de 2024, que la citada persona: i) Cumple con el per fi l establecido para dicho cargo en el Clasi fi cador de Cargos aprobado con la Resolución Directoral Nº 174-2017/VIVIENDA/VMCS/PNSR, según cuadro de validación de requisitos mínimos de per fi l detallados en el mencionado informe; ii) Cumple con los requisitos mínimos, condiciones y documentos previstos en el Reglamento de la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y otras disposiciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; iii) No se encuentra registrada en el Registro Nacional de Sanciones contra Servidores Civiles, el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, el Registro de Deudores Judiciales Morosos, y en la Relación de Funcionarios o Servidores Sancionados - Contraloría General de la República; iv) No cuenta con impedimentos para el acceso y/o ejercicio de la función pública; v) Ha cumplido con suscribir los Anexos de los “Lineamientos para la implementación de disposiciones que regulan el procedimiento de designación de los/las, empleados/as de con fi anza y directivos de libre designación y remoción en el Programa Nacional de Saneamiento Rural (PNSR)”, aprobados por la Resolución Directoral N° 042-2024/VIVIENDA/VMCS/PNSR; Que, asimismo, mediante Memorándum N° 061- 2024/VIVIENDA/VMCS/PNSR/UFILCC, el Coordinador de la Unidad Funcional de Integridad y Lucha contra la Corrupción del PNSR, emite informe técnico indicando que el profesional propuesto no presenta con fl icto de interés; Que, de acuerdo con lo señalado en el Informe N° 888-2023-VIVIENDA/OGAJ de fecha 17 de octubre de 2023, emitido por la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, desde el punto de vista legal resulta obligatoria la publicación, en el Diario O fi cial “El Peruano”, de la designación materia de la presente resolución;Con los vistos de la Jefa de Unidad de la Unidad de Administración y de la Coordinadora de Sub Unidad de Recursos Humanos de la Unidad de Administración; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y en uso de sus atribuciones conferidas en el artículo 8° del Manual de Operaciones del PNSR, aprobado por Resolución Ministerial N° 070-2024-VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo 1°.- DESIGNAR al señor César Arturo Revoredo Castañeda en el cargo de Jefe de Unidad de la Unidad de Asesoría Legal del Programa Nacional de Saneamiento Rural, considerado como empleado de con fi anza, bajo el régimen laboral especial de Contratación Administrativa de Servicios, regulado por el Decreto Legislativo N° 1057. Artículo 2°.- ENCARGAR a la Sub Unidad de Recursos Humanos de la Unidad de Administración, la noti fi cación de la presente resolución al señor César Arturo Revoredo Castañeda, para los fi nes pertinentes; así como gestione su publicación en la sede digital del Programa Nacional de Saneamiento Rural (https://www.gob.pe/pnsr) y en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. CESAR RAÚL MEDIANERO TANTACHUCO Director EjecutivoPrograma Nacional de Saneamiento RuralViceministerio de Construcción y Saneamiento 2286775-1 ORGANISMOS EJECUTORES COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS Autorizan transferencia financiera a favor de la Municipalidad Provincial de Tacna para la ejecución de actividad en el marco del Programa Presupuestal “Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas” RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 000082-2024-DV-PE Mira fl ores, 7 de mayo del 2024 VISTO: El Memorando N° 000843-2024-DV-DATE, mediante el cual la Dirección de Articulación Territorial remite el Anexo N° 1 que detalla la Actividad, entidad ejecutora e importe a ser transferido, y; CONSIDERANDO:Que, el literal a) del artículo 4° del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014-PCM, establece que DEVIDA tiene la función de diseñar la Política Nacional de carácter Multisectorial de Lucha contra el Trá fi co Ilícito de Drogas y el Consumo de Drogas, promoviendo el desarrollo integral y sostenible de las zonas cocaleras del país, en coordinación con los sectores competentes, tomando en consideración las políticas sectoriales vigentes, así como conducir el proceso de su implementación;