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41 NORMAS LEGALES Jueves 9 de mayo de 2024 El Peruano / DESPACHO PRESIDENCIAL Designan Secretario de Comunicación Estratégica y Prensa de la Secretaría de Comunicación Estratégica y Prensa del Despacho Presidencial RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 000021-2024-DP/SG LIMA, 8 DE MAYO DEL 2024 VISTOS: El Memorando Nº 000294-2024-DP/SG de la Secretaría General; los Memorandos Nº 000384-2024-DP/SSG y Nº 000392-2024-DP/SSG de la Subsecretaría General; los Informes Nº 000340-2024-DP/SSG-ORH, Nº 000343-2024-DP/SSG-ORH y Nº 000100-2024-DP/ SSG-ORH/ADPC de la O fi cina de Recursos Humanos; el Informe Nº 000121-2024-DP/OGAJ y el Informe Legal Nº 000045-2024-DP/OGAJ-CCJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Nº 000059-2023-DP/SG se encargó a partir del 03 de agosto del 2023, el puesto de Secretaria de Comunicación Estratégica y Prensa de la Secretaría de Comunicación Estratégica y Prensa del Despacho Presidencial a la señora Jesús Milagros Rumiche Morales, en adición a sus funciones; Que, mediante el documento de vistos, la Secretaría General ha dispuesto designar al señor Jean Emanuel Pajuelo Barba en el cargo de Secretario de Comunicación Estratégica y Prensa de la Secretaría de Comunicación Estratégica y Prensa del Despacho Presidencial, solicitando a la Subsecretaría General evaluar lo requerido; Que, mediante los documentos de vistos, la O fi cina de Recursos Humanos emite opinión sobre la viabilidad de la propuesta, en atención a lo establecido en la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción y los respectivos documentos de gestión de la entidad; Que, en atención a lo expuesto en los documentos de vistos, resulta pertinente dar por concluido el encargo de puesto dispuesto por la Resolución Nº 000059-2023-DP/SG, para posteriormente designar al señor Jean Emanuel Pajuelo Barba en el cargo de Secretario de Comunicación Estratégica y Prensa de la Secretaría de Comunicación Estratégica y Prensa del Despacho Presidencial; Con el visto de la Subsecretaría General, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, de la O fi cina de Recursos Humanos; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM; y, el Decreto Supremo Nº 077-2016-PCM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Despacho Presidencial, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 037-2017- PCM; SE RESUELVE:Artículo 1.- DAR POR CONCLUIDO el encargo de puesto de Secretaria de Comunicación Estratégica y Prensa de la Secretaría de Comunicación Estratégica y Prensa del Despacho Presidencial a la señora JESÚS MILAGROS RUMICHE MORALES, conferido mediante Resolución Nº 000059-2023-DP/SG.Artículo 2.- DESIGNAR al señor JEAN EMANUEL PAJUELO BARBA en el cargo de Secretario de Comunicación Estratégica y Prensa de la Secretaría de Comunicación Estratégica y Prensa del Despacho Presidencial. Artículo 3.- ENCARGAR a la O fi cina de Recursos Humanos remitir copia de la presente Resolución a los funcionarios citados en los artículos precedentes, para los fi nes correspondientes. Artículo 4.- ENCARGAR a la O fi cina de Tecnologías de la Información efectuar la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Despacho Presidencial (www.gob.pe/presidencia), en el plazo de un (1) día hábil contado desde su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE ERNESTO VILCHEZ VILCHEZ Secretario General Secretaría General 2287017-1 INSTITUTO PERUANO DEL DEPORTE Designan presidente del Consejo Regional del Deporte de San Martín RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 038-2024-IPD/P Lima, 7 de mayo de 2024 VISTOS: En el expediente administrativo que contiene los O fi cios N° 017-2024 y N° 74-2024-GRSM/ GR, emitido por el Gobierno Regional de San Martín; el Informe N° 000063-2024-OCR/IPD, emitido por la O fi cina de Coordinación Regional, Cooperación y Relaciones Nacionales e Internacionales; el Informe N° 005-2024- IPD/CEPCRD, emitido por el comité de evaluación de postulantes, designación y vacancia de los presidentes de los Consejos Regionales del Deporte; el Proveído N° 001608-2024-P/IPD, de la Presidencia del Instituto Peruano del Deporte; el Informe N° 000667-2024-UP-OGA/IPD, emitido por la Unidad de Personal; el Memorando N° 002147-2024-OGA/IPD, de la O fi cina General de Administración; el Informe N° 00155-2024-OAJ/IPD, de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, conforme con el artículo 7 de la Ley N° 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte, y sus modi fi catorias, el Instituto Peruano del Deporte (IPD) es el ente rector del Sistema Deportivo Nacional y un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Educación, con autonomía técnica, funcional y administrativa para el cumplimiento de sus funciones, constituyéndose además en un pliego presupuestal; Que, el numeral 1 del artículo 14 de la Ley N° 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte y sus modi fi catorias, establece que los presidentes de los Consejos Regionales del Deporte (CRDs) son designados por el presidente del IPD, a propuesta del gobernador del Gobierno Regional de la jurisdicción; Que, en esa línea el numeral 13.3. del artículo 13 del Reglamento de la Ley N° 28036 – Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte, aprobado mediante Decreto Supremo N° 018-2004-PCM, dispone que los Consejos Regionales del Deporte renuevan a sus miembros íntegramente cada tres (3) años, pudiendo ser reelegidos o designados, según sea el caso, por un periodo adicional, para lo cual los Gobiernos Regionales de la jurisdicción presentan una terna de candidatos; Que, el numeral 7.2 de la Directiva N° 071-2018- IPD/OCR denominada: “Evaluación de postulantes,