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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE MAYO DEL AÑO 2024 (09/05/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 42

42 NORMAS LEGALES Jueves 9 de mayo de 2024 El Peruano / designación y vacancia de los presidentes de los Consejos Regionales del Deporte. Versión: 1”, aprobada mediante Resolución de Presidencia N° 038-2018-IPD/P, de fecha 02 de marzo de 2018, establece que sesenta (60) días calendario antes de culminar el periodo de la designación del presidente del Consejo Regional del Deporte, el IPD solicitará, mediante o fi cio dirigido al Gobierno Regional correspondiente, la rati fi cación del presidente en funciones o, caso contrario, la remisión de la terna de postulantes; Que, el sub numeral 8.3.1 de la citada directiva dispone que los presidentes de los Consejos Regionales del Deporte son designados por el presidente del Instituto Peruano del Deporte previo informe del comité de evaluación conformado para dicho fi n; Que, mediante los O fi cios N° 017-2024 y N° 74-2024- GRSM/GR, de fechas 17 de enero y 22 de febrero de 2024, respectivamente, el Gobierno Regional de San Martín remitió a la Presidencia del Instituto Peruano del Deporte la terna de postulantes y documentación pertinente respecto de los postulantes propuestos para la evaluación y posterior designación del presidente del Consejo Regional del Deporte de dicha jurisdicción; Que, a través del Informe N° 000063-2024-OCR/ IPD, del 19 de abril de 2024, la O fi cina de Coordinación Regional, Cooperación y Relaciones Nacionales e Internacionales, elevó a la Presidencia del Instituto Peruano del Deporte el Informe N° 005-2024-IPD/CEPCRD, de fecha 1 de abril de 2024, señalando que, los miembros integrantes del comité de evaluación de postulantes, designación y vacancia de los presidentes de los Consejos Regionales del Deporte, concluyeron que el postulante que reúne el per fi l y los requisitos para ser designado presidente del Consejo Regional del Deporte de San Martín, por un periodo de tres (3) años, es el señor LISTER LÓPEZ TUESTA; recomendando su designación en el mencionado cargo. Esta recomendación fue aceptada por la Presidencia del Instituto Peruano del Deporte, conforme con el Proveído N° 001608-2024-P/IPD, de fecha 2 de mayo de 2024; Que, con el Memorando N° 002147-2024-OGA/ IPD, de fecha 6 de mayo de 2024, la O fi cina General de Administración remitió a la O fi cina de Asesoría Jurídica el Informe N° 000667-2024-UP-OGA/IPD de la misma fecha, mediante el cual, la Unidad de Personal señaló que: i) El señor LISTER LÓPEZ TUESTA cumple los requisitos establecidos en la Ley N° 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte; en la Ley N° 21419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM; así como en la Directiva N° 071-2018-IPD/OCR y el Clasi fi cador de Cargos de la entidad; y ii) El señor LISTER LÓPEZ TUESTA no tiene impedimentos para ser designado presidente del Consejo Regional del Deporte de San Martín, por lo que corresponde tramitar su designación por un período de tres (3) años; desde la fecha de publicación de la resolución en el Diario O fi cial El Peruano; Que, la O fi cina de Asesoría Jurídica mediante el Informe N° 00155-2024-OAJ/IPD, de fecha 6 de mayo de 2024, considera que corresponde emitir el acto resolutivo con el cual se designe al señor LISTER LÓPEZ TUESTA, como presidente del Consejo Regional del Deporte de San Martín, por un periodo de tres (3) años; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte y modi fi catorias; su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 018-2004-PCM; el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Peruano del Deporte, aprobado mediante Decreto Supremo N° 017- 2004-PCM, y modi fi catoria; la Directiva N° 071-2018- IPD/OCR denominada: “Evaluación de postulantes, designación y vacancia de los presidentes de los Consejos Regionales del Deporte. Versión: 1”, aprobada mediante Resolución de Presidencia N° 038-2018-IPD/P; el Clasi fi cador de Cargos de la entidad, aprobado por Resolución de Presidencia No 089-2019-P/IPD y modi fi catorias; la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; y la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, y; Con el visto de la O fi cina de Coordinación Regional, Cooperación y Relaciones Nacionales e Internacionales, de la O fi cina General de Administración, de la Unidad de Personal y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designación del presidente del CRD de San Martín Designar, en el cargo de presidente del Consejo Regional del Deporte de San Martín al señor LISTER LÓPEZ TUESTA, por un período de tres (3) años, a partir de la fecha de publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano, por los fundamentos antes expuestos. Artículo 2.- Cumplimiento Disponer que la Unidad de Personal de la O fi cina General de Administración proceda a dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente resolución. Artículo 3.- Noti fi cación Notifi car la presente resolución a las partes interesadas y a las unidades de organización del Instituto Peruano del Deporte, para conocimiento y fi nes. Artículo 4.- Publicación Publicar la presente resolución en la sede digital del Instituto Peruano del Deporte (www.gob.pe/ipd) y en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. GUIDO FLORES MARCHAN Presidente 2286747-1 SEGURO INTEGRAL DE SALUD Aprueban Transferencia Financiera de la Unidad Ejecutora 002 - 1423 Fondo Intangible Solidario de Salud - FISSAL favor de unidades ejecutoras, para el financiamiento de prestaciones de salud RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000059-2024-SIS/J La Victoria, 8 de mayo del 2024 VISTOS: El O fi cio N° 368-2024-SIS-FISSAL/J del Jefe (e) del Fondo Intangible Solidario de Salud; el Memorando N° 000952-2024-SIS/OGPPDO de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional; el Informe Legal N° 000262-2024-SIS/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Seguro Integral de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2014-SA, establece que el Seguro Integral de Salud se constituye como una Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS) pública, siendo que, tiene entre otras funciones el recibir, captar y/o gestionar fondos para la cobertura de las atenciones de salud o