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37 NORMAS LEGALES Martes 14 de mayo de 2024 El Peruano / que aseguren la mitigación del impacto vial generado por el nuevo equipamiento educativo, considerando su extensión y la a fl uencia de población educativa, el mismo que debe ser aprobado por dicha comuna. Artículo 5.- Recomendar a la Municipalidad de Lurigancho - Chosica considere el rediseño de la sección vial de la Av. Bernardo Balaguer, para el adecuado funcionamiento vial, dado que actualmente se vienen ejecutando nuevas habilitaciones que generan una mayor densidad poblacional y carga vehicular. Artículo 6.- Disponer la noti fi cación de la presente ordenanza a la administrada y a la Municipalidad Distrital de Lurigancho - Chosica. Artículo 7.- Encargar a la O fi cina General de la Secretaría del Concejo la publicación de la presente ordenanza en el diario o fi cial El Peruano y, a la O fi cina de Gobierno Digital, su publicación, incluido su anexo, en el Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.Lima, 25 de abril de 2024RAFAEL LÓPEZ ALIAGA CAZORLA Alcalde 2285445-1 MUNICIPALIDAD DE BARRANCO Ordenanza que modifica los artículos 18º y 55º de la Ordenanza Nº 591-2023-MDB que regula las disposiciones técnicas y procedimientos administrativos de autorización para la ubicación de elementos de publicidad exterior en el distrito de Barranco ORDENANZA Nº 635-2024-MDB Barranco, 26 de abril de 2024POR CUANTO:El Concejo Municipal del distrito de Barranco, en la Octava Sesión Ordinaria de la fecha; y, VISTOS: Los Memorándums Nº 0099 y 0188-2024-GDE-MDB emitidos por la Gerencia de Desarrollo Económico; el Informe Nº 0128-2024-SGC-GDE-MDB emitido por la Subgerencia de Comercialización; el informe Nº 0145-2024-GAJ-MDB emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 514-2024-GM- MDB emitido por la Gerencia Municipal; y el Dictamen S/N de fecha 19 de abril de 2024 emitido por la Comisión Ordinaria de Regidores de Desarrollo Económico, Fiscalización y Defensa Civil de la Municipalidad Distrital de Barranco; y; CONSIDERANDO: Que, en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por la Ley Nº 30305 “Ley de Reforma Constitucional”, se establece que, “Las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.”; regulación concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. En ese sentido, se entiende que, se encuentran facultadas para aprobar su organización interna, su presupuesto, organizar y administrar servicios públicos locales de su responsabilidad y plani fi car el desarrollo de su jurisdicción entre otros aspectos; Que, de acuerdo al numeral 3.6.3 del artículo 79º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades distritales, en materia de organización del espacio físico y uso de suelo, tienen como función especí fi ca y exclusiva normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar la fi scalización de la ubicación de avisos publicitarios y propaganda política; Que, mediante Ordenanza Nº 591-2023-MDB, Ordenanza que regula las disposiciones técnicas y procedimientos administrativos de autorización para la ubicación de elementos de publicidad exterior en el distrito de Barranco, de fecha 29 de marzo de 2023, publicada en el Diario O fi cial el peruano en fecha 23 de abril de 2023, se consolido, actualizo y estableció, de acuerdo con la normativa vigente, los lineamientos para la ubicación de elementos de publicidad exterior en el Distrito de Barranco; Que, el inciso 8) del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que es atribución del Concejo Municipal (…) modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Que, mediante Informe de vistos, la Subgerencia de Comercialización habiendo tomado conocimiento del O fi cio Nº 000002-2024-CEB/INDECOPI, donde se advierte, la existencia de barreras burocráticas en la Ordenanza Nº 591-2023-MDB. Remite a la Gerencia de Desarrollo Económico proyecto de Ordenanza que modi fi ca los artículos 18º y 55º de la Ordenanza Nº 591- 2023-MDB, justi fi cando la necesidad de su modi fi cación en la existencia de dos barreras burocráticas - i) La imposición de un plazo de vigencia de un año para la ubicación de elementos de publicidad (artículo 18º) y ii) La prohibición de ubicar elementos de publicidad exterior especial (pantalla Led) en retiros de edi fi caciones que se encuentren en zoni fi cación comercial. (literal g del numeral 1) del artículo 55º) - establecidas en la Ordenanza Nº 591-2023-MDB; Que, mediante Memorándum de vistos, la Gerencia de Desarrollo Económico remite el expediente a la Gerencia de Asesoría Jurídica para opinión legal respecto del proyecto de Ordenanza que modi fi ca los artículos 18º y 55º de la Ordenanza Nº 591-2023-MDB, propuesto por la Subgerencia de Comercialización; Que, mediante Informe de vistos, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite Opinión Legal favorable al proyecto de Ordenanza que modi fi ca los artículos 18º y 55º de la Ordenanza Nº 591-2023-MDB; Que, mediante Dictamen de vistos, la Comisión Ordinaria de Regidores de Desarrollo Económico, Fiscalización y Defensa Civil de la Municipalidad Distrital de Barranco, aprueba la modi fi cación de la Ordenanza Nº 591-2023-MDB, en los términos propuestos por la Subgerencia de Comercialización, proponiendo se eleve al Concejo Municipal; En uso de las facultades conferidas por artículos 9º, numeral 9), 39º y 40º la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó por UNANIMIDAD la siguiente ordenanza: ORDENANZA QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 18º Y 55º DE LA ORDENANZA Nº 591-2023- MDB QUE REGULA LAS DISPOSICIONES TÉCNICAS Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE AUTORIZACIÓN PARA LA UBICACIÓN DE ELEMENTOS DE PUBLICIDAD EXTERIOR EN EL DISTRITO DE BARRANCO Artículo Primero.- MODIFICAR el cuarto párrafo del artículo 18º de la Ordenanza Nº 591-2023-MDB, Ordenanza que regula las disposiciones técnicas y procedimientos administrativos de autorización para la ubicación de elementos de publicidad exterior en el distrito de Barranco, el mismo que quedará redactado de la siguiente forma: