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36 NORMAS LEGALES Martes 14 de mayo de 2024 El Peruano / municipalidad, en el cual detalla que no se ha registrado recurso impugnatorio contra dicho acuerdo de concejo. f) Resolución de Alcaldía N° 008-2024-MDH/A, del 10 de abril de 2024, mediante la cual se declara consentido el citado acuerdo de concejo. 2.3. De la revisión de la documentación detallada en el párrafo anterior, se veri fi ca que las noti fi caciones señaladas en los literales a y d cumplen con las formalidades determinadas en el TUO de la LPAG (ver SN 1.6. y 1.7.). 2.4. Por otro lado, aun cuando se observa inconsistencia entre el acta de sesión y el acuerdo de concejo -por cuanto, en el primero se evidencia que la declaración de la vacancia del señor regidor fue aprobada con la votación del señor alcalde y tres (3) regidores, cumpliéndose así con la votación requerida en la norma legal (ver SN 1.4.) encontrándose suscrito por todos los miembros del concejo municipal, mientras que en el segundo, se consigna que habrían votado a favor solo tres (3) regidores de dicha comuna edil, encontrándose suscrito solo por el señor alcalde- ambos documentos fueron noti fi cados válidamente a la autoridad cuestionada. Sin embargo, este no interpuso recurso alguno, según lo indicado en el Informe N° 002-2024-FDND/SG-MDH, del 4 de abril de 2024, emitido por el secretario general de la municipalidad. 2.5. Por consiguiente, al veri fi carse que se respetó el derecho a la impugnación del señor regidor, conforme lo determina la LOM y las formalidades que dispone el TUO de la LPAG (ver SN 1.4., 1.6. y 1.7.), corresponde a este Supremo Tribunal Electoral, en atención a lo previsto en el artículo 24 de la LOM (ver SN 1.5.), dejar sin efecto la credencial que le fue otorgada. 2.6. En ese sentido, se debe convocar a don Sixto Manrique Miranda, identi fi cado con DNI N° 46606919, candidato no proclamado de la organización política Movimiento Regional El Maicito, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Huandoval, a fi n de completar el número de integrantes del referido concejo, por el periodo de gobierno municipal 2023-2026. 2.7. Dicha convocatoria se realiza de acuerdo con el Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas, del 28 de octubre de 2022, emitida por el Jurado Electoral Especial de Santa, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2.8. La noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse según lo dispuesto en el artículo 16 del Reglamento (ver SN 1.8.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a don Juan Nelson Tello Reyes como regidor del Concejo Distrital de Huandoval, provincia de Pallasca, departamento de Áncash, emitida con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022, por haber incurrido en la causa de vacancia prevista en el numeral 8 del artículo 22 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. 2.- CONVOCAR a don Sixto Manrique Miranda, identi fi cado con DNI N° 46606919, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Huandoval, provincia de Pallasca, departamento de Áncash, a fi n de completar el periodo de gobierno municipal 2023-2026, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal. 3.- PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado mediante la Resolución N° 0929-2021-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.SALAS ARENAS MAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRY SANJINEZ SALAZAR OYARCE YUZZELLI Marallano Muro Secretaria General 1 Aprobado por la Resolución N° 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano . 2288200-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ordenanza que modifica el plano de zonificación del distrito de Lurigancho - Chosica, aprobado mediante Ordenanza N° 1099 ORDENANZA N° 2617 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA POR CUANTO: El Concejo Metropolitano de Lima, en sesión ordinaria de fecha; Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas en los artículos 9 y 41 de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, a través del Dictamen N° 032-2024-MML-CMDUVN, el Concejo Metropolitano de Lima, por mayoría y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente; ORDENANZA QUE MODIFICA EL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE LURIGANCHO - CHOSICA, APROBADO MEDIANTE ORDENANZA N° 1099 Artículo 1.- Aprobar el cambio de zoni fi cación, de Zona de Habilitación Recreacional (ZHR) a Educación Básica (E1), para el terreno de 32,938.00 m2, conformado por el sub lote 5-01 y sub lote 5-02 del lote 5, con 16,469.00 m2 cada uno, del Fundo Ñaña, Av. Bernardo de Balaguer, distrito de Lurigancho - Chosica, provincia y departamento de Lima, inscritos en las Partidas N° 14539177 y N° 14539178, del Registro de Propiedad Inmueble de la Ofi cina Registral de Lima, de propiedad de la Asociación Educativa Ares, conforme a lo gra fi cado en el anexo, que forma parte de la presente ordenanza. Artículo 2.- Encargar al Instituto Metropolitano de Plani fi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorporar en el plano de zoni fi cación del distrito de Lurigancho - Chosica, la modi fi cación aprobada en el artículo precedente. Artículo 3.- Disponer que, previo al desarrollo de la actividad, deberá contar con la habilitación urbana aprobada y ejecutada que contemple el desarrollo de la sección vial, acorde al uso educativo propuesto, conforme la Norma GH.020 del Reglamento Nacional de Edifi caciones (RNE). Artículo 4.- Disponer que la Municipalidad Distrital de Lurigancho - Chosica, previo al otorgamiento de la licencia de edi fi cación, requiera la evaluación vial donde se establezcan las intervenciones de obras viales necesarias