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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MAYO DEL AÑO 2024 (14/05/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 42

TEXTO PAGINA: 27

27 NORMAS LEGALES Martes 14 de mayo de 2024 El Peruano / los perros y gatos, y la esterilización gonadal en hembras y machos, que limita el incremento poblacional de dichos animales en el Perú; Con el visado de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y del Despacho Viceministerial de Salud Pública; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modi fi cado por la Ley N° 30895, Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud, y por el Decreto Legislativo N° 1504, Decreto Legislativo que fortalece al Instituto Nacional de Salud para la prevención y control de las enfermedades; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA, modi fi cado mediante los Decretos Supremos N° 011- 2017-SA y N° 032-2017-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Directiva Sanitaria N°158- MINSA/DGIESP-2024, Directiva Sanitaria que regula la intervención quirúrgica para perros y gatos en campañas masivas de esterilización, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, y que se publica en la sede digital del Ministerio de Salud. Artículo 2.- Encargar a la O fi cina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR HENRY VÁSQUEZ SÁNCHEZ Ministro de Salud 2288003-1 VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO Aprueban el “Plan Operativo Institucional Multianual 2025-2027 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 170-2024-VIVIENDA Lima, 13 de mayo de 2024VISTOS:El Memorándum N° 828-2024-VIVIENDA/OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto (en adelante, OGPP), el Informe N° 207-2024-VIVIENDA-OGPP-OPM de la O fi cina de Planeamiento y Modernización, el Informe Nº 379-2024-VIVIENDA/OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica (en adelante, OGAJ); y, CONSIDERANDO Que, de acuerdo al numeral 1 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, corresponde a los ministros de Estado, entre otras, la función de dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, así como aprobar sus planes de actuación; Que, mediante el artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se crea el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico (en adelante, SINAPLAN) como conjunto articulado e integrado de órganos, subsistemas y relaciones funcionales cuya fi nalidad es coordinar y viabilizar el proceso de planeamiento estratégico nacional para promover y orientar el desarrollo armónico y sostenido del país; así como, se crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (en adelante, CEPLAN), como organismo de derecho público, cuya fi nalidad es constituirse como el órgano rector y orientador del SINAPLAN; asimismo, el numeral 3.1 del artículo 3 del citado Decreto Legislativo, establece que el SINAPLAN está integrado, entre otros, por los órganos del gobierno nacional; Que, con la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017/CEPLAN/PCD y sus modi fi catorias, se aprueba la Guía para el Planeamiento Institucional (en adelante, Guía), aplicable para las entidades que integran el SINAPLAN en los tres niveles de gobierno, cuyo objetivo es establecer pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permite la elaboración o modi fi cación del Plan Estratégico Institucional (en adelante, PEI), y el Plan Operativo Institucional (en adelante, POI), en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua; Que, el numeral 4.1 de la sección 4 de la Guía señala que el POI es un instrumento de gestión que orienta la necesidad de recursos para implementar la identi fi cación de la estrategia institucional; asimismo, en la sección 6 de la citada Guía, se señala que el POI comprende la programación multianual de las Actividades Operativas e Inversiones necesarias para ejecutar las Acciones Estratégicas Institucionales de fi nidas en el PEI, por un periodo no menor de tres años, respetando el período de vigencia del PEI, además, establece los recursos fi nancieros y las metas físicas mensuales para cada periodo anual (programación física, de costeo y fi nanciera), en relación con los logros esperados de los objetivos del PEI; Que, los literales b) y g) del artículo 38 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA, establecen como funciones de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, entre otras, normar y conducir la formulación, seguimiento y evaluación del plan operativo y presupuesto institucional; así como, proponer a la Alta Dirección la aprobación de instrumentos de gestión y planes del Ministerio, en el marco de la normatividad vigente; Que, por la Resolución Ministerial Nº 484-2017-VIVIENDA se constituye la Comisión de Planeamiento Estratégico del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, encargada del proceso de planeamiento institucional del Ministerio, la cual tiene como función, entre otras, validar el documento del POI, en concordancia con la función establecida en el numeral 4.2 de la sección 4 de la Guía; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 151-2024-VIVIENDA se aprueba el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2024-2030 del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, mediante el Acta de fecha 10 de mayo de 2024, la Comisión de Planeamiento Estratégico del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento valida la propuesta de “Plan Operativo Institucional Multianual 2025-2027 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento”; Que, con el Memorándum Nº 828-2024-VIVIENDA- OGPP sustentado en el Informe Nº 207-2024-VIVIENDA-OGPP-OPM, la OGPP presenta la propuesta de “Plan Operativo Institucional Multianual 2025-2027 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento”, señalando que el mismo está elaborado de manera participativa con las Unidades Ejecutoras del Ministerio, en el marco de los lineamientos metodológicos establecidos por el CEPLAN y cuenta con la validación de la Comisión de Planeamiento Estratégico del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, por Informe Nº 379-2024-VIVIENDA/OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión favorable a la presente Resolución Ministerial que aprueba el Plan Operativo Institucional Multianual 2025-