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14 NORMAS LEGALES Miércoles 22 de mayo de 2024 El Peruano / Cultural de la Nación de los bienes que podrían integrar dicho registro; Que, mediante el O fi cio Nº 010-2023/PROCTURSA el señor Juan Alberto Jorge Estrada solicita la declaratoria de Patrimonio Cultural de la Nación de seis bienes muebles; Que, a través del Informe Nº 000195-2024-DGM- VMPCIC/MC la Dirección General de Museos remite el Informe Nº 000100-2024-DRBM-DGM-VMPCIC/MC de la Dirección de Gestión, Registro y Catalogación de Bienes Culturales Muebles en el que, con sustento en el análisis contenido en el Informe N° 000017-2024-DRBM-DGM-VMPCIC-DQC/MC, emite opinión técnica favorable para la declaración de Patrimonio Cultural de la Nación; Que, los seis bienes muebles presentan valores histórico, estético, social y cientí fi co, así como poseen relevancia cultural ya que son testimonio del desarrollo social, tecnológico, ideológico, simbólico y cultural de sociedades prehispánicas desde el periodo intermedio temprano al horizonte medio; estilísticamente los diseños y las formas guardan correspondencia y armonía lo que permite una lectura clara de sus atributos, por otro lado, los bienes constituyen una fuente importante de información de las sociedades que las crearon, reforzando los valores de identidad cultural de todos los peruanos; Que, habiendo emitido opinión favorable los órganos técnicos competentes, resulta procedente declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los seis bienes culturales muebles, constituyendo los informes citados partes integrantes de la presente resolución de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; Con los vistos de la Dirección General de Museos y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú; la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE:Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación seis bienes culturales muebles de propiedad del señor Juan Alberto Jorge Estrada, que se describen en el anexo de esta resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. La resolución y su anexo se publican en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura) el mismo día de la publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. HAYDEE VICTORIA ROSAS CHAVEZ Viceministra de Patrimonio Culturale Industrias Culturales 2290510-1 DEFENSA Designan al personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú que conforma la Junta de Sanidad Especial Interinstitucional de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú para el Año Fiscal 2024 RESOLUCIÓN SUPREMA N° 038-2024-DE Lima, 21 de mayo de 2024VISTOS:El O fi cio N° 01101-2024-MINDEF/VRD, del Despacho Viceministerial de Recursos para la Defensa; el O fi cio N° 1281/S-CGE/N-01.4/02.00, de la Secretaría de la Comandancia General del Ejército del Perú; el O fi cio N° 1321/54, de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el O fi cio Extra FAP N° 000719-2024-SECRE/FAP, de la Secretaría de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; el Ofi cio N° 001735-2024-IN-SG, de la Secretaría General del Ministerio del Interior; el O fi cio N° 01547-2024-MINDEF/ VRD-DGRRHH, de la Dirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Defensa; el Informe Técnico N° 00013-2024-MINDEF/VRD-DGRRHH-DISAN, de la Dirección de Sanidad de la Dirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Defensa; y, el Informe Legal N° 00639-2024-MINDEF/SG-OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa. CONSIDERANDO:Que, el subnumeral 2.2.1 del numeral 2.1 del artículo 2 del Reglamento General para determinar la Aptitud Psicosomática para la permanencia en Situación de Actividad del Personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2016-DE, establece que la citada norma tiene como objetivo especí fi co normar los procedimientos médico-administrativos necesarios para determinar el grado de Aptitud Psicosomática y las condiciones de salud requeridas para la permanencia en situación de actividad del personal militar de las Fuerzas Armadas y policiales de la Policía Nacional del Perú; Que, el numeral 18.1 del artículo 18 del acotado Reglamento, establece que la Junta de Sanidad Especial Interinstitucional de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú es un organismo responsable de dictaminar sobre asuntos relacionados con la Aptitud Psicosomática del personal militar y policial, cuando los resultados de las Juntas de Sanidad de las Instituciones han sido reclamados de parte. Sus miembros representantes de las Sanidades son nombrados por Resolución Suprema a propuesta de los Comandantes Generales de la Fuerzas Armadas y el Director General de la Policía Nacional del Perú; Que, el numeral 18.3 del artículo 18 del referido Reglamento, establece que la Junta de Sanidad Especial Interinstitucional de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú, es presidida en forma anual y rotativa, por un (1) O fi cial Médico con el Grado de Coronel o equivalente, e integrada por los siguientes representantes: a) Componente Médico: Representado por un (1) O fi cial Médico con el Grado de Coronel o equivalente (incluye al Presidente), de cada una de las Instituciones de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional; b) Componente Jurídico: Representado por un (01) O fi cial Jurídico, del grado de Coronel o Teniente Coronel o su equivalente, perteneciente a la Institución que ejerce la Presidencia; c) Secretaría: Desempeñada por un (01) O fi cial Médico del grado de Coronel o Teniente Coronel o equivalente, perteneciente a la Institución que ejerce la Presidencia; Que, los literales a) y p) del artículo 70 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2016-DE, establecen que son funciones de la Dirección de Sanidad, entre otras, desarrollar y proponer políticas, normas y lineamientos destinados a optimizar el funcionamiento de las Sanidades de las Fuerzas Armadas y evaluar su desempeño; así como emitir informes técnicos en el ámbito de su competencia; Que, con Resolución Suprema N° 026-2023-DE, se designa al personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú que conforma la Junta de Sanidad Especial Interinstitucional de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú para el Año Fiscal 2023; motivo por el cual, habiendo concluido dicho periodo, corresponde efectivizar la designación de la nueva Junta de Sanidad Especial Interinstitucional de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú para el Año Fiscal 2024; Que, con O fi cio N° 1281/S-CGE/N-01.4/02.00, de la Secretaría de la Comandancia General del Ejército del Perú, O fi cio N° 1321/54, de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú, Ofi cio Extra FAP N° 000719-2024-SECRE/FAP, de la Secretaría de la Comandancia General de la Fuerza Aérea