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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MAYO DEL AÑO 2024 (22/05/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 110

TEXTO PAGINA: 21

21 NORMAS LEGALES Miércoles 22 de mayo de 2024 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 006-2019-JUS, publicado en el Diario O fi cial “El Peruano” el día 1 de febrero de 2019 , en el ámbito del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, se creó el Programa Nacional de Centros Juveniles - PRONACEJ, con el objeto de fortalecer la reinserción social de las y los adolescentes en con fl icto con la ley penal, a través de la atención especializada, ejecución de programas de prevención y tratamiento, y ejecución de medidas socioeducativas por medio de los centros juveniles, a nivel nacional; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 0119- 2019-JUS, publicada el 1 de abril de 2019 en el Diario Ofi cial “El Peruano” , se formalizó la creación de la Unidad Ejecutora “Centros Juveniles” en el Pliego 006: “Ministerio de Justicia y Derechos Humanos”; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 0247- 2021-JUS, publicada el 10 de diciembre de 2021 en el Diario O fi cial “El Peruano”, se aprobó el nuevo Manual de Operaciones (MOP) del PRONACEJ y se derogaron las Resoluciones Ministeriales Nº 0120-2019-JUS y 0301- 2019-JUS; Que, el artículo 7 del MOP establece que la Dirección Ejecutiva es la máxima autoridad ejecutiva y administrativa del Programa; por lo que, es responsable de plani fi car, dirigir, coordinar y supervisar las acciones técnico - administrativas y operativas del Programa, cautelando el cumplimiento de las políticas, lineamientos y planes orientados al funcionamiento óptimo del Sistema de Reinserción Social del Adolescente en Con fl icto con la Ley Penal; Que, de acuerdo al Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del PRONACEJ, aprobado por Resolución Ministerial N.° 0281-2019-JUS, el cargo estructural de “jefe/a de Unidad de Planeamiento y Presupuesto” tiene la clasi fi cación de Empleado de Confi anza (EC); Que, en el nuevo MOP del PRONACEJ se modi fi có la denominación de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto por la de Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; por ende, corresponde consignar la nueva denominación de la citada unidad de asesoramiento; Que, se encuentra vacante el puesto de con fi anza de jefe de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Programa Nacional de Centros Juveniles; por lo que, resulta necesario designar al servidor que asuma tal cargo; Que, al respecto, mediante Informe Nº 00182-2024- JUS/PRONACEJ-UGRH, de fecha 21 de mayo de 2024, la Unidad de Gestión de Recursos Humanos comunica a la Dirección Ejecutiva el cumplimiento de per fi l de puesto del señor Germán Felipe Luna Ramírez para el cargo de con fi anza de jefe de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Programa Nacional de Centros Juveniles; Que, de acuerdo al Informe Legal Nº 00140-2024- JUS/PRONACEJ-UAJ, de fecha 21 de mayo de 2024, la Unidad de Asesoría Jurídica considera que la designación propuesta se encuentra dentro del marco legal vigente; por lo que, resulta viable que la Dirección Ejecutiva del PRONACEJ emita el acto resolutivo mediante el cual se resuelva designar al señor Germán Felipe Luna Ramírez en el cargo de con fi anza de jefe de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Programa Nacional de Centros Juveniles ; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal p) del artículo 8 del Manual de Operaciones del PRONACEJ, la Dirección Ejecutiva tiene como función: “Designar, encargar funciones, puestos y remover al personal de confi anza ”; Con los vistos de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos y la Unidad de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N.° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N.° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N.° 053- 2022-PCM; el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Centros Juveniles, aprobado por Resolución Ministerial N.° 0247-2021-JUS; y, la Resolución Ministerial N.° 0370-2023-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al señor Germán Felipe Luna Ramírez en el cargo de con fi anza de jefe de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Programa Nacional de Centros Juveniles. Artículo 2.- Disponer que la Unidad de Gestión de Recursos Humanos proceda con la noti fi cación de la presente resolución a las áreas pertinentes y al servidor citado en el artículo 1 de la presente resolución. Artículo 3.- Disponer que la Unidad de Gestión de Recursos Humanos realice las acciones administrativas que resulten necesarias, en mérito a lo dispuesto en la presente resolución. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el portal institucional del Programa Nacional de Centros Juveniles (www.pronacej.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.FRANCISCO NIVARDO NAQUIRA CORNEJO Director Ejecutivo Programa Nacional de Centros Juveniles 2290682-1 MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Designan Asesor de la Presidencia del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS) RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° D000088-2024-CONADIS-PRE Lima, 21 de mayo del 2024VISTOS:La Nota N° D000323-2024-CONADIS-GG de la Gerencia General, el Informe Técnico N° D000001-2024- CONADIS-URH-EETY y el Informe N° D000122-2024- CONADIS-URH, emitidos por la Unidad de Recursos Humanos; la Nota N° D000257-2024-CONADIS-OAJ y el Informe N° D000257-2024-CONADIS-OAJ, emitidos por la Ofi cina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que, la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, establece que la designación de funcionarios en cargos de con fi anza distintos a los comprendidos en el artículo 1 de dicha Ley, se efectúa mediante Resolución del Titular de la Entidad, la cual surte efecto a partir de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”, salvo disposición en contrario de la misma que postergue su vigencia; Que, respecto a la contratación de personal directivo, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo N° 1057 y otorga derechos laborales, determina que el personal establecido en los numerales 1, 2, e inciso a) del numeral 3 del artículo 4 de la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público (Funcionario Público, Empleado de Con fi anza y Directivo Superior), contratado por el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057, está excluido de las reglas establecidas en el artículo 8 del referido decreto legislativo; siendo que este personal solamente puede ser contratado para ocupar una plaza orgánica contenida en el Cuadro de Asignación de Personal - CAP de la entidad;