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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MAYO DEL AÑO 2024 (22/05/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 110

TEXTO PAGINA: 22

22 NORMAS LEGALES Miércoles 22 de mayo de 2024 El Peruano / Que, además, el numeral 28.3 del artículo 28 del Reglamento de la Ley N° 31419, aprobado con Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, establece que, respecto a la veri fi cación de impedimentos para el acceso a la función pública, el informe que emita la O fi cina de Recursos Humanos, o la que haga sus veces, debe contener la veri fi cación de que la persona propuesta no cuente con impedimentos para el acceso a la función pública. Para tal efecto se revisa obligatoriamente la información proporcionada por la Plataforma de Debida Diligencia del Sector Público, el Registro Nacional de Sanciones contra Servidores Civiles, el Registro de Deudores de Reparaciones Civiles y el Registro de Deudores Alimentarios Morosos. Adicionalmente, debe considerarse los registros disponibles vinculados a cargos y funciones especí fi cas creadas con normas con rango de ley, según se detalla en el Compendio Normativo sobre Impedimentos para el Acceso a la Función Pública, Anexo Nº 01 al citado Reglamento; Que, mediante Resolución Ministerial N° 310-2022- MIMP, se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional, del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS), el cual contempla el cargo estructural de Asesor/a de Presidencia, considerándolo como empleado de con fi anza; Que, asimismo, mediante Resolución de Gerencia General N° D000003-2024-CONADIS-GG publicado en el diario o fi cial “El Peruano” el 10 de enero de 2024, se aprueba el Manual Clasi fi cador de Cargos (MCC) del CONADIS; Que, con Resolución de Presidencia N° D000054- 2024-CONADIS-PRE del 8 de abril de 2024, se aceptó la renuncia del señor Tomás Jesús Gutiérrez Sánchez al cargo de con fi anza de Asesor de Presidencia del CONADIS; Que, la Unidad de Recursos Humanos, a través del Informe Técnico N° D000001-2024-CONADIS-URH-EETY, y el Informe N° D000122-2024-CONADIS-URH, sustenta que la propuesta de designación del señor César Augusto Torres Acuña como Asesor de Presidencia, cumple con los requisitos previstos en el Manual de Clasi fi cador de Cargos del CONADIS, aprobado con Resolución de Gerencia General N° D000003-2024-CONADIS-GG y el Reglamento de la Ley N° 31419, respectivamente; resultando viable su designación en el citado cargo de con fi anza. Asimismo, precisa que no se encuentra impedido o inhabilitado para el ejercicio de la función pública; Que, la O fi cina de Asesoría Jurídica, mediante Nota N° D000257-2024- CONADIS-OAJ y el Informe N° D000257-2024-CONADIS-OAJ, emite opinión legal sobre la procedencia legal de la designación del señor César Augusto Torres Acuña como Asesor de Presidencia del CONADIS; Que, en ese sentido, corresponde emitir el acto resolutivo para designar al profesional que ocupe el cargo de con fi anza de Asesor de Presidencia del CONADIS; Con el visto bueno de la Gerencia General, de la Unidad de Recursos Humanos y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2014- MIMP; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; el Decreto Legislativo N° 1057, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 075-2008-PCM, modi fi cado por Decreto Supremo N° 065-2011- PCM; la Ley N° 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo N° 1057 y otorga derechos laborales; el Reglamento de la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, aprobado con Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS), aprobado por la Resolución de Presidencia N° D000052-2022-CONADIS-PRE; SE RESUELVE: Artículo 1.- DESIGNAR al señor CÉSAR AUGUSTO TORRES ACUÑA como Asesor de la Presidencia del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS). Artículo 2.- DISPONER la publicación de la presente Resolución de Presidencia en el Diario O fi cial “El Peruano” y en la Sede Digital del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (https:// www.gob.pe/conadis). Regístrese, comuníquese y publíquese. SANDRA PILAR PIRO MARCOS Presidenta Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad 2290825-1 RELACIONES EXTERIORES Decreto Supremo que modifica el Anexo B: Cuotas Internacionales para el Año Fiscal 2024 de la Ley N° 31953 que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024 DECRETO SUPREMO N° 019-2024-RE LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, se aprueba el Anexo B: Cuotas Internacionales para el Año Fiscal 2024, en donde se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el Año Fiscal 2024; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 1.4 del artículo 1 de la referida Ley, durante el Año Fiscal 2024, previa evaluación y priorización por el Ministerio de Relaciones Exteriores, se puede modi fi car el Anexo B sin exceder el monto total por pliego señalado en dicho Anexo, mediante decreto supremo refrendado por el Ministerio de Relaciones Exteriores, lo que no comprende la inclusión de cuotas adicionales a las contempladas en el referido Anexo. En la referida modi fi cación del Anexo B es posible exceder el monto total por pliego, en los casos de incremento de la cuota por efecto del diferencial cambiario o modi fi cación del monto de la cuota de los organismos internacionales no fi nancieros de los cuales el Perú es país miembro; Que, el numeral 69.2 del artículo 69 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que la modi fi cación de los montos de las cuotas internacionales incluidas en el citado anexo, se aprueba mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores y el Ministro del Sector correspondiente, a propuesta de este último; Que, mediante O fi cio N° 000364-2024-SG/MC, de 2 de abril de 2024, el Ministerio de Cultura solicitó al Ministerio de Relaciones Exteriores la modi fi cación del Anexo B: Cuotas Internacionales año fi scal 2024 de la Ley N° 31953- Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2024; Que, el Pliego Presupuestario 003: Ministerio de Cultura se encuentra en la lista de pliegos presupuestales contenida en el Anexo B de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, en el cual se ha consignado a su cargo el pago de las cuotas internacionales a favor de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO); la Secretaria General Iberoamericana (SEGIB); y, la Asociación Ópera Latinoamericana (OLA); por la suma total de S/ 1 797 479,00