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29 NORMAS LEGALES Martes 28 de mayo de 2024 El Peruano / OP4: Financiamiento: Conductor: Cámara de Comercio, Producción, Agropecuaria y Turismo de Huarmey -CCPATH. OP5: Mercado Laboral: Conductor: Asociación de Micro y Pequeña Empresa- ASMYPE. OP6: Ambiente de Negocios: Conductor: Asociación de Hoteles, Restaurantes y Afi nes de Ancash. OP7: Comercio Exterior: Conductor: Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo -PROMPERU. OP8: Institucionalidad: Conductor: Gerente General - Gobierno Regional de Ancash -. OP9: Sostenibilidad Ambiental: Conductor: Asociación de Apoyo Social Productivo y Medio Ambiental - ASPYMAPERU. Los actores que componen cada CTPPR son de fi nidos y convocados por la entidad conductora, contando con la asistencia técnica de la Secretaría Técnica del CRCP de Ancash. Dicha Secretaría está encargada de brindar soporte administrativo y de articulación para el cumplimiento de sus acuerdos. Artículo Quinto .- PRECISAR, que el Consejo Directivo tiene las siguientes funciones: a) Elaborar y aprobar el PRCP Ancash al 2033 y su actualización. b) Proponer al CRCPA, proyectos normativos necesarios para mejorar los procesos de competitividad y productividad en el marco de implementación del PRCP Ancash al 2033. c) Otras acciones que se requieran para el adecuado desarrollo e implementación del PRCP Ancash al 2033. Artículo Sexto .- PRECISAR, que la Secretaria Técnica tiene las siguientes funciones: a) Proponer la elección de los integrantes de los CTPPR según: i) representatividad; ii) experiencia y conocimiento del tema; y, iii) compromiso de asistencia a las convocatorias. b) Convocar a los CTPPR para la identi fi cación y el seguimiento de la implementación de hitos y medidas, así como de reformas prioritarias en materia de competitividad, del PRCP de Ancash al 2033. c) Elevar al Consejo Directivo la Propuesta del PRCP de Ancash al 2033 incluyendo las medidas necesarias para lograr los objetivos y las metas trazadas, así como para su revisión y mejoras. d) Articular y coordinar con los CTPPR sobre el proceso de elaboración del PRCP de Ancash al 2033, así como sobre los avances y acuerdos de implementación de hitos y medidas de política; e) Elaborar y presentar informes de evaluación de implementación de las medidas de política e hitos y proponer recomendaciones al Consejo Directivo del CRCP y a la Secretaría Técnica del CNCF del MEF. f) Proponer al Consejo Directivo otras actividades para la mejora de la competitividad de la Región Ancash en el marco de implementación del PRCP de Ancash al 2033. g) Revisar los avances y propuestas de los CTPPR y sistematizar la información. h) Desarrollar una herramienta tecnológica para el seguimiento y monitoreo de la implementación del PRCP de Ancash al 2033, la cual debe estar articulada con el aplicativo del Plan Nacional de Competitividad y Productividad denominado AYNI. Artículo Séptimo .- PRECISAR, que los CTPPR son espacios donde se desarrollan y aprueban las propuestas de la competitividad y productividad con actividades especí fi cas y plazos determinados. Los CTPPR, son grupos multidisciplinarios y especializados, conformados según la temática de cada Objetivo Priorizado. Son convocados por la Secretaría Técnica para objetivos especí fi cos en favor del seguimiento y de la implementación de las medidas de política e hitos del PRCP Ancash al 2033, por lo tanto y por su propia naturaleza no son permanentes y tampoco forman parte de la administración del Gobierno Regional de Ancash. Tienen como función: a) Aportar insumos para las medidas de política e hitos en el marco del proceso de elaboración del PRCP Ancash al 2033. b) De ser necesario y si lo requiere la naturaleza del trabajo, previa aprobación del Consejo Directivo, pueden participar como invitados, representantes de instituciones públicas, privadas, organismos no gubernamentales sin fi nes de lucro, instituciones académicas y de la investigación, entre otros. Artículo Octavo .- DISPENSAR, la presente Ordenanza Regional de trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente. Artículo Noveno .- ENCARGAR, a la Gerencia General del Gobierno Regional de Ancash, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “ El Peruano ”, en un diario de mayor circulación local y a la Ofi cina de Tecnologías de la Información, su difusión a través del Portal Web del Gobierno Regional de Ancash (www.regionancash.gob.pe) Artículo Décimo .- DISPONER, que la presente Ordenanza Regional entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano” Comuníquese, al Señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de Ancash para su promulgación. Dado en Sala de Sesiones del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash, a los cuatro días del mes de abril del año dos mil veinticuatro. HUGO R. MALLQUI MONTAÑEZ Consejero Delegado POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Ancash, a los 15 días de abril de 2024. FABIAN KOKI NORIEGA BRITO Gobernador Regional 2292554-1 Concesiones mineras cuyos títulos fueron otorgados en los meses de setiembre de 2023, octubre de 2023, noviembre de 2023, diciembre de 2023, enero de 2024, febrero de 2024, marzo de 2024 RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL Nº 78-2024-GRA/DREM Huaraz, 3 de abril de 2024 VISTO: El Informe Legal N° 0025-2024-GRA/DREM/ AC, de fecha 01 de abril de 2024, en el que se recomienda Publicar en el Diario O fi cial “El Peruano” las concesiones mineras cuyos títulos fueron otorgados en los meses de setiembre de 2023, octubre de 2023, noviembre de 2023, diciembre de 2023, enero de 2024, febrero de 2024, marzo de 2024, de acuerdo al artículo 124 del Decreto Supremo Nº014-92-EM y artículo 38 del Reglamento de Procedimientos Mineros, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-20-EM. Estando de acuerdo a lo expresado APRUÉBESE y;