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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MAYO DEL AÑO 2024 (29/05/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 39

39 NORMAS LEGALES Miércoles 29 de mayo de 2024 El Peruano / - DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014- PCM. SE RESUELVE:Artículo Primero.- AUTORIZAR la transferencia fi nanciera hasta por la suma total de CIENTO VEINTICUATRO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y SEIS CON 00/100 SOLES (S/ 124,876.00), para fi nanciar la Actividad a favor de la Entidad Ejecutora que se detalla en el Anexo N° 1, que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- DISPONER que la transferencia fi nanciera autorizada por el Artículo Primero, se realice con cargo al presupuesto del Año Fiscal 2024 del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas, correspondiente a la fuente de fi nanciamiento “Recursos Ordinarios” de la Unidad Ejecutora 006 - “Unidad de Gestión de apoyo al desarrollo sostenible del VRAEM”. Artículo Tercero.- RATIFICAR que la Entidad Ejecutora, bajo responsabilidad, sólo destinará los recursos públicos que se trans fi eren para la ejecución de la Actividad descrita en el Anexo N° 1 de la presente Resolución, quedando prohibido reorientar dichos recursos a otras inversiones, actividades y/o gastos administrativos, en concordancia con lo dispuesto por el numeral 13.4 del artículo 13 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024. Artículo Cuarto.- DISPONER que la Dirección de Promoción y Monitoreo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, sea la encargada de efectuar el monitoreo y seguimiento de metas para las cuales fueron entregados los recursos, en el marco de lo dispuesto en el numeral 13.4 del artículo 13 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024. Artículo Quinto.- NOTIFICAR la presente Resolución a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, la Dirección de Articulación Territorial, la Dirección de Asuntos Técnicos, y la Dirección de Promoción y Monitoreo de la Unidad Ejecutora 001 - Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA; así como a la Coordinación Ejecutiva de la O fi cina Zonal de San Francisco, a los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto y de la Unidad de Administración de la Unidad Ejecutora 006 - Unidad de Gestión de apoyo al desarrollo sostenible del VRAEM - DEVIDA, para los fi nes correspondientes, así como al Responsable del Portal de Transparencia de la Entidad a fi n que proceda a gestionar su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el portal institucional de DEVIDA. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS ANTONIO FIGUEROA HENOSTROZA Presidente Ejecutivo ANEXO Nº 1 TRANSFERENCIA FINANCIERA DE LA COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS EN EL MARCO DEL PROGRAMA PRESUPUESTAL “PREVENCIÓN Y TRATAMIENTO DEL CONSUMO DE DROGAS” NRO.ENTIDAD EJECUTORANOMBRE DE LA ACTIVIDAD MONTO DE LA TRANSFERENCIA HASTA S/ 01MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUANTAFORTALECIMIENTO DE LAS COMUNIDADES PARA LA PREVENCIÓN DEL CONSUMO DE DROGAS.124,876.00 TOTAL 124,876.00 2293011-1SIERRA Y SELVA EXPORTADORA Designan Director de la Dirección de Promoción y Articulación Comercial de Selva y designan temporalmente Director de la Dirección de Promoción y Articulación Comercial de Sierra SIERRA Y SELVA EXPORTADORA RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 036-2024-MIDAGRI-SSE/PE Lince, 28 de mayo de 2024VISTOS El Memorando N° 098-2024-MIDAGRI-SSE/ PE y Memorando N° 101-2024-MIDAGRI-SSE/ PE de Presidencia Ejecutiva, el Memorando N° 498-2024-MIDAGRI-SSE/GG, el Memorando N° 503-2024-MIDAGRI-SSE/GG e Informe N° 166-2024-MIDAGRI-SSE/GG de la Gerencia General, el Informe N° 114-2024-MIDAGRI-SSE/OA-RRHH de la Unidad de Recursos Humanos, el Informe N° 131-2024-MIDAGRI-SSE/OA, de la O fi cina de Administración, el Informe N° 090-2024-MIDAGRI-SSE/ OAJ, de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 28890 y modi fi catorias, se crea el organismo público denominado Sierra y Selva Exportadora, con personería jurídica de derecho público, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera; constituyendo un Pliego Presupuestal que tiene entre sus objetivos la creación de condiciones y mecanismos que permitan diversi fi car las actividades productivas de la economía de la zona rural andina y amazónica; Que, de conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1057 – que crea el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, aprobado mediante Decreto Supremo N° 075-2008-PCM, los cargos cubiertos por personas designadas por resolución no se encuentran sometidos a la regla de duración del contrato, procedimiento, causales de suspensión, extinción, regulados por dicho reglamento; Que, el numeral 2.1. del artículo 2 del Reglamento de la Ley N.º 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y otras disposiciones, aprobado por Decreto Supremo N.° 053-2022-PCM señala que: “Las O fi cinas de Recursos Humanos, o las que hagan sus veces en las entidades públicas, son responsables de verifi car el cumplimiento de los requisitos mínimos para el acceso a cargos o puestos de funcionarios/as y directivos/as públicos/as de libre designación y remoción ”; Que, asimismo en el numeral 28.2 del artículo 28 del mencionado Reglamento, dispone que, ‘‘ Las O fi cinas de Recursos Humanos, o la que haga sus veces, veri fi can el cumplimiento de los requisitos, emitiendo el informe de cumplimiento, o no cumplimiento, de corresponder ’’; Que, mediante Informe N° 114-2024-MIDAGRI-SSE- OA/RRHH, de fecha 27 de mayo de 2024, la Unidad de Recursos Humanos, señala que la plaza de Director de la Dirección de Promoción y Articulación Comercial, se encuentra vacante, y que habiendo evaluado la documentación presentada por el señor Fernando Ego - Aguirre López Albújar, cumple con los requisitos previstos en el numeral 14.3 del artículo 14 del Reglamento de la Ley N.º 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y otras disposiciones, aprobado por Decreto Supremo N.° 053-2022-PCM;