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35 NORMAS LEGALES Miércoles 29 de mayo de 2024 El Peruano / administrativa y presupuestal, se constituye como Unidad Ejecutora del Pliego Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, con fecha 30 de noviembre de 2017, se publicó en el Diario O fi cial El Peruano la Resolución Ministerial N° 458-2017-VIVIENDA, que aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional del PNSR, determinándose el cargo estructural de Asesor de la Dirección Ejecutiva del PNSR, como cargo de confi anza; Que, el per fi l profesional para ocupar el cargo estructural descrito en el considerando anterior, se encuentra regulado en el Manual de Clasi fi cador de Cargos aprobado con la Resolución Directoral N° 174-2017/VIVIENDA/VMCS/PNSR; Que, habiéndose propuesto al señor CÉSAR AUGUSTO MERINO CHACÓN para que ocupe el cargo estructural referido, la Sub Unidad de Recursos Humanos de la Unidad de Administración ha señalado a través del Informe N° 246-2024/VIVIENDA/VMCS/ PNSR-UA/SU-RH de fecha 28 de mayo de 2024, que la citada persona: i) Cumple con el per fi l establecido para dicho cargo en el Clasi fi cador de Cargos aprobado con la Resolución Directoral Nº 174-2017/VIVIENDA/ VMCS/PNSR, según cuadro de validación de requisitos mínimos de per fi l detallados en el mencionado informe; ii) Cumple con los requisitos mínimos, condiciones y documentos previstos en el Reglamento de la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y otras disposiciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; iii) No se encuentra registrado en el Registro Nacional de Sanciones contra Servidores Civiles, el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, el Registro de Deudores Judiciales Morosos, y en la Relación de Funcionarios o Servidores Sancionados – Contraloría General de la República; iv) No cuenta con impedimentos para el acceso y/o ejercicio de la función pública; v) Ha cumplido con suscribir los Anexos de los “Lineamientos para la implementación de disposiciones que regulan el procedimiento de designación de los/las, empleados/as de con fi anza y directivos de libre designación y remoción en el Programa Nacional de Saneamiento Rural (PNSR)”, aprobados por la Resolución Directoral N° 042-2024/VIVIENDA/VMCS/PNSR;Que, asimismo, mediante el Memorándum N° 074- 2024/VIVIENDA/VMCS/ PNSR/UFILCC, el Coordinador de la Unidad Funcional de Integridad y Lucha contra la Corrupción del PNSR, emite informe técnico indicando que el profesional propuesto no presenta con fl icto de intereses; Que, de acuerdo con lo señalado en el Informe N° 888-2023-VIVIENDA/OGAJ de fecha 17 de octubre de 2023, emitido por la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, desde el punto de vista legal resulta obligatoria la publicación, en el Diario O fi cial El Peruano, la designación materia de la presente Resolución Directoral; Con los vistos del Jefe de Unidad de la Unidad de Asesoría Legal, del Jefe de Unidad de la Unidad de Administración y de la Coordinadora de la Sub Unidad de Recursos Humanos de la Unidad de Administración; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 8 del Manual de Operaciones del PNSR, aprobado por la Resolución Ministerial N° 070-2024-VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo 1.- DESIGNAR al señor CÉSAR AUGUSTO MERINO CHACÓN en el cargo de Asesor de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Saneamiento Rural, cargo considerado de con fi anza, bajo el régimen laboral especial de Contratación Administrativa de Servicios, regulado por el Decreto Legislativo N° 1057. Artículo 2 .- ENCARGAR a la Sub Unidad de Recursos Humanos de la Unidad de Administración, la noti fi cación de la presente Resolución Directoral al señor CÉSAR AUGUSTO MERINO CHACÓN, para los fi nes pertinentes; así como gestione su publicación en la sede digital del Programa Nacional de Saneamiento Rural (https://www.gob.pe/pnsr) y en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR RAÚL MEDIANERO TANTACHUCO Director EjecutivoPrograma Nacional de Saneamiento RuralViceministerio de Construcción y Saneamiento 2292936-1 LINEAMIENTOS PARA SOLICITAR LA CORRECCIÓN DE ERRORES MATERIALES EN LA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES MEDIANTE FE DE ERRATAS 1.- Plazo: De acuerdo a Ley, la solicitud se debe presentar dentro de los ocho (8) días útiles siguientes a la fecha de publicación de la norma. Vencido el plazo, solo procederá publicar una norma recti fi catoria de rango equivalente o superior para corregir los errores materiales. 2.- Límite: Se permite publicar una sola fe de erratas por cada norma legal. Por lo tanto, antes de presentar la solicitud, se recomienda una revisión exhaustiva de la norma publicada para identi fi car todos los errores materiales que deben corregirse. 3.- Contenido: En el texto de la fe de erratas se debe señalar el tipo y número del dispositivo normativo a corregirse y la fecha de publicación en el Diario O fi cial El Peruano, asimismo se debe indicar de forma clara la parte incorrecta bajo el título “Dice” y proporcionar la versión corregida bajo el título “Debe Decir”. 4.- Canal: La solicitud se envía a través del PGA y se acompañan los archivos Word (archivo principal) y PDF (suscrito por la autoridad competente) con el texto de las correcciones. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES