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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2024 (03/11/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 82

TEXTO PAGINA: 8

8 NORMAS LEGALES Domingo 3 de noviembre de 2024 El Peruano / creado mediante la Ley N° 30099, Ley de Fortalecimiento de la Responsabilidad y Transparencia Fiscal, los miembros reemplazantes del Consejo Fiscal cumplen sus funciones a partir de la fecha de publicación de la Resolución Suprema que los designe y completan el periodo del miembro saliente; Que, mediante la Resolución Suprema N° 005-2022- EF, se designa al señor Waldo Epifanio Mendoza Bellido como miembro del Consejo Fiscal hasta el 25 de febrero de 2026; sin embargo, mediante Resolución Suprema N° 030-2024-EF, se acepta su renuncia, por lo que existe un periodo pendiente por completar; Que, en este contexto, el Ministro de Economía y Finanzas propone la designación del señor Diego Macera Poli como miembro del Consejo Fiscal; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en el Decreto Legislativo N° 1276, Decreto Legislativo que aprueba el Marco de la Responsabilidad y Transparencia Fiscal del Sector Público No Financiero; y, en el Decreto Supremo N° 287-2015-EF que establece disposiciones para la implementación y funcionamiento del Consejo Fiscal, creado mediante la Ley N° 30099, Ley de Fortalecimiento de la Responsabilidad y Transparencia Fiscal; Estando a lo acordado, SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar al señor Diego Macera Poli como miembro del Consejo Fiscal, hasta el 25 de febrero de 2026. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República JOSÉ BERLEY ARISTA ARBILDO Ministro de Economía y Finanzas 2340349-4 INTERIOR Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 32128, Ley que autoriza un concurso interno excepcional para el cambio de categoría de suboficial a oficial de servicios de la Policía Nacional del Perú DECRETO SUPREMO Nº 013-2024-IN LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICAPOR CUANTO:Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, se establece y norma la estructura, organización, competencias, funciones y atribuciones de la Policía Nacional del Perú, así como, sus regímenes especiales; Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1149, Ley de la carrera y situación del personal de la Policía Nacional del Perú, se norma la carrera y situación del personal de la Policía Nacional del Perú, con el propósito de garantizar el desarrollo personal, profesional y técnico de sus integrantes, para el cumplimiento de los objetivos institucionales al servicio de la sociedad; Que, mediante Ley Nº 32128, Ley que autoriza un concurso interno excepcional para el cambio de categoría de subo fi cial a o fi cial de servicios de la Policía Nacional del Perú, se faculta al Ministerio del Interior, a través de la Policía Nacional del Perú, a convocar por única vez un concurso público interno excepcional para el cambio de categoría del personal de subo fi ciales de armas y de servicios a la categoría de o fi ciales de servicios para su asimilación como capitán; Que, la Única Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32128 dispone que el Poder Ejecutivo aprueba el reglamento de la ley en un plazo de treinta días calendario contados a partir de su entrada en vigencia; Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar el Reglamento de la Ley Nº 32128, Ley que autoriza un concurso interno excepcional para el cambio de categoría de subo fi cial a o fi cial de servicios de la Policía Nacional del Perú, dentro del plazo establecido; Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 32128, Ley que autoriza un concurso interno excepcional para el cambio de categoría de subo fi cial a ofi cial de servicios de la Policía Nacional del Perú; DECRETA: Artículo 1.- Aprobación del Reglamento Aprobar el Reglamento de la Ley Nº 32128, Ley que autoriza un concurso interno excepcional para el cambio de categoría de subo fi cial a o fi cial de servicios de la Policía Nacional del Perú, que consta de dos (2) Títulos, diez (10) artículos y tres (3) Disposiciones Complementarias Finales, el cual forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2.- Financiamiento La implementación de lo establecido en el presente Decreto Supremo se fi nancia con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Pliego Ministerio del interior, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 3.- Publicación El presente Decreto Supremo y el Reglamento aprobado en el artículo 1 son publicados en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe), así como en la sede digital del Ministerio del Interior (www.gob.pe/mininter), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro del Interior. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de noviembre del año dos mil veinticuatro. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República JUAN JOSÉ SANTIVÁÑEZ ANTÚNEZ Ministro del Interior REGLAMENTO DE LA LEY Nº 32128, LEY QUE AUTORIZA UN CONCURSO INTERNO EXCEPCIONAL PARA EL CAMBIO DE CATEGORÍA DE SUBOFICIAL A OFICIAL DE SERVICIOS DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Objeto El presente Reglamento tiene por objeto determinar los alcances de la Ley Nº 32128, Ley que autoriza un concurso interno excepcional para el cambio de categoría de subo fi cial a o fi cial de servicios de la Policía Nacional del Perú (PNP), del personal de subo fi ciales de armas y de servicios con profesión de abogado, asimilándolos como capitán. Artículo 2.- Finalidad El presente Reglamento tiene por fi nalidad establecer los requisitos, etapas y procedimientos que regulan, de