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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2024 (05/11/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 48

48 NORMAS LEGALES Martes 5 de noviembre de 2024 El Peruano / Que, mediante Informe Nº 012-2024-EIEU de fecha 12 de febrero de 2024 emitido por la Defensora Responsable de la DEMUNA, se remite el Proyecto de Ordenanza que adecúa la creación del Consejo Consultivo y Participativo de Niñas, Niños y Adolescentes (CCONNA) del distrito de Santa María del Mar, que tiene por objetivo primordial fortalecer la participación de las niñas, niños y adolescentes en los distintos espacios de decisión de su vida diaria, desarrollando capacidades que permitan la participación en la toma de decisiones en el entorno familiar y comunitario de las niñas, niños y adolescentes; Que, la Subgerencia de Servicios Sociales mediante Informe Nº 048-2024-MDSMM/GSP/SGSS de fecha 11 de abril de 2024, señala que el Proyecto de Ordenanza que adecúa la creación del Consejo Consultivo y Participativo de Niñas, Niños y Adolescentes (CCONNA) del distrito de Santa María del Mar, tiene por fi nalidad brindar espacios de participación en materia de niñez y adolescencia, por lo que remite el citado proyecto a la Gerencia de Servicios Públicos para su opinión correspondiente; Que, a través del Memorándum Nº 044-2024-MDSMM/ GSP de fecha 26 de abril de 2024, la Gerencia de Servicios Públicos, emite opinión técnica favorable respecto al Proyecto de Ordenanza que adecúa la creación del Consejo Consultivo y Participativo de Niñas, Niños y Adolescentes (CCONNA) del distrito de Santa María del Mar, por lo que solicita opinión técnica a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto e Informática; Que, mediante Memorándum Nº 091-2024-MDSMM- GPPI de fecha 23 de mayo del 2024, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto e Informática concluye que el Proyecto de Ordenanza que adecúa la creación del Consejo Consultivo y Participativo de Niñas, Niños y Adolescentes (CCONNA) del distrito de Santa María del Mar, desde el punto de vista presupuestal resulta favorable su aprobación, asimismo, de corresponder actividades operativas dispuestas en el POI 2024 de la entidad, estas contarían con el marco presupuestal correspondiente. Asimismo, desde el punto de vista de planeamiento se concluye que el citado proyecto, está alineado con el Objetivo Estratégico Institucional (OEI 02) – Promover el Desarrollo Humano y Hábitos saludables en el distrito, y se encuentra dentro de los Lineamientos de Política Institucional y a la Misión Institucional de la entidad, por lo que resultaría favorable su aprobación; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica a través del Informe Nº 170-2024-MDSMM/GAJ de fecha 06 de setiembre de 2024, opina que es normativo y legalmente viable la propuesta presentada por la Gerencia de Servicios Públicos, referida al Proyecto de Ordenanza que adecúa la creación del Consejo Consultivo y Participativo de Niñas, Niños y Adolescentes (CCONNA) del distrito de Santa María del Mar, por lo que corresponde someter a la aprobación del Concejo Municipal su aprobación; Que, la Gerencia de Servicios Públicos mediante Informe Nº 106-2024-MDSMM/GSP de fecha 09 de setiembre de 2024, emite opinión favorable respecto al Proyecto de Ordenanza que adecúa la creación del Consejo Consultivo y Participativo de Niñas, Niños y Adolescentes (CCONNA) del distrito de Santa María del Mar; por lo que solicita a la Gerencia Municipal continuar con el trámite correspondiente para su aprobación; Que, mediante Informe Nº 052-2024-MDSMM/GM de fecha 10 de setiembre de 2024, la Gerencia Municipal contando con la opinión técnica de la Gerencia de Servicios Públicos; Gerencia de Planeamiento, Presupuesto e Informática y opinión legal de la Gerencia de Asesoría Jurídica, remite los actuados a la Secretaría General para su aprobación por parte del Concejo Municipal; Estando a lo expuesto, y ejerciendo las facultades conferidas por los artículos 9º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE ADECÚA LA CREACIÓN DEL CONSEJO CONSULTIVO Y PARTICIPATIVO DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES (CCONNA) DEL DISTRITO DE SANTA MARÍA DEL MAR Artículo Primero.- Aprobar la constitución del Consejo Consultivo y Participativo de Niñas, Niños y Adolescentes (CCONNA) del Distrito de Santa María del Mar, como un espacio de carácter consultivo y participativo, conformado por niñas, niños y adolescentes elegidos democráticamente. Dicho espacio tiene como fi nalidad participar, proponer e incidir en la formulación de políticas públicas sobre niñez y adolescencia que les involucra e interesa. Artículo Segundo.- El CCONNA del Distrito de Santa María del Mar, estará integrada por cuatro (04) miembros titulares y cuatro (04) miembros suplentes, cuyas edades oscilan entre ocho (08) y diecisiete (17) años de edad elegidos/as democráticamente por sus pares a quienes representan. Artículo Tercero.- Disponer que la constitución del CCONNA del Distrito de Santa María del Mar, se sustenta en los principios siguientes: • Autonomía Progresiva: Se reconoce el ejercicio de los derechos de niñas, niños y adolescentes de manera progresiva, de acuerdo a su edad y grado de madurez. Cuando su grado de desarrollo no le permita ejercer sus derechos de manera autónoma, se realizan por medio de un/a representante, quien garantiza el interés superior de la niña, niño o adolescente. Para tal fi n, el representante debe escuchar y tomar en cuenta la opinión de la niña, niño y adolescente. • Igualdad y no discriminación: Todas las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a la protección ante situaciones de riesgo o de desprotección familiar, sin discriminación alguna por motivo de identidad étnica, cultural, sexo, edad, idioma, religión, nacionalidad, opinión política, origen, contexto social o económico, discapacidad o cualquier otra condición de la niña, niño, adolescente o de su madre, padre, familiares o representantes legales. • Interculturalidad: Las diferencias culturales se establece como pilar de la construcción de una sociedad democrática, fundamentada en el establecimiento de relaciones de equidad e igualdad de oportunidades y derechos de los niños, niñas y adolescentes. • Interés superior del niño: Se encuentra establecido de manera fundamental en el artículo 3 de la Convención sobre los Derechos del Niño, el cual establece la obligación de todas las personas e instituciones públicas y privadas de garantizar la satisfacción integral de todos los derechos que le asisten a las niñas, niños y adolescentes. • Participación y ser escuchado/a: Las niñas, niños y adolescentes asumen un papel activo en sus comunidades. Abarca los derechos a la libertad de expresión, a la participación (lo que incluye emitir sus opiniones, que sean escuchadas y tenidas debidamente en cuenta, participar en los procesos de toma de decisiones que los afectan), a la información y a la libertad de asociación. Promueve que, en la medida que desarrollen sus capacidades, han de tener oportunidades de participar en las actividades de la sociedad como preparación para una edad adulta responsable. Artículo Cuarto.- Establecer que el CCONNA del Distrito de Santa María del Mar, tiene las funciones siguientes: • Someter a consulta las propuestas normativas en temas de niñez y adolescencia. • Emitir opiniones y participar en las consultas que se realicen sobre políticas públicas en temas que les involucre o interese. • Vigilar el respeto del ejercicio de los derechos de las niñas, niños y adolescentes por las entidades u organismos públicos o privados, así como también en la implementación de las políticas públicas en materia de niñez y adolescencia. • Participar en espacios o Comisiones Multisectoriales en las que sean invitados, representando al CCONNA distrital • Elaborar su Plan Anual en el que consten las actividades de participación. • Presentar pronunciamientos u otros documentos, expresando su opinión cuando haya vulneración del ejercicio de derechos de niñas, niños y adolescentes ante el gobierno local, provincial, regional o nacional, y en general ante cualquier entidad pública o privada.