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89 NORMAS LEGALES Jueves 7 de noviembre de 2024 El Peruano / contrapartidas derivadas de la donación con cargo a su presupuesto institucional, de ser el caso; Que, conforme a lo establecido por la acotada disposición, las donaciones dinerarias se aceptan mediante Acuerdo del Consejo Regional, para lo cual, en concordancia con lo establecido, en las disposiciones citada en los considerandos precedente, con Informe Nº 000383-2024-GRLL-GGR/GRP, la Gerencia Regional de Presupuesto expresa la opinión favorable para su aceptación; Que, con Informe Legal Nº000290-2024-GRLL-GGR- GRAJ, de fecha 16 de octubre del 2024, el Gerente Regional de Asesoría Jurídica opina procedente la propuesta de Acuerdo Regional sobre aceptar la donación dineraria de la COMPAÑÍA MINERA PODEROSA S.A Y GERENCIA REGIONAL DE ASESORÍA JURÍDICA “Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra Independencia, y de la conmemoración de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho” ASOCIACIÓN PATAZ ascendente a la suma de TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS VEINTE Y 00/100 SOLES (S/. 393,820.00), destinada a fi nanciar las intervenciones de apoyo en el sector educación en el marco de un convenio de cooperación y compromiso de responsabilidad social para las instituciones educativas focalizadas de nivel primaria y secundaria principalmente en el distrito de Pataz con 16 plazas de docentes; y para la institución educativa en el distrito de Huaylillas con una plaza bajo la administración de la Unidad de Gestión Educativa Local Pataz; en el marco del “Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Gobierno Regional La Libertad, Compañía Minera Poderosa S.A y Asociación Pataz para el fi nanciamiento de la cobertura de servicios educativos en el Distrito de Pataz, Provincia de Pataz, Departamento de La Libertad”; y recomienda derivar los actuados al Consejo Regional de La Libertad, de acuerdo a lo establecido en el literal a) y d) del artículo 15° de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y modi fi catorias; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Perú, Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y demás normas aplicables, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el Consejo Regional ACORDÓ POR UNANIMIDAD: Artículo Primero.- ACEPTAR LA DONACIÓN DINERARIA DE LA COMPAÑÍA MINERA PODEROSA S.A Y ASOCIACIÓN PATAZ ascendente a la suma de TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS VEINTE Y 00/100 SOLES (S/. 393,820.00), destinada a fi nanciar las intervenciones de apoyo en el sector educación en el marco de un convenio de cooperación y compromiso de responsabilidad social para las instituciones educativas focalizadas de nivel primaria y secundaria principalmente en el distrito de Pataz con 16 plazas de docentes; y para la institución educativa en el distrito de Huaylillas con una plaza bajo la administración de la Unidad de Gestión Educativa Local Pataz; en el marco del “Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Gobierno Regional La Libertad, Compañía Minera Poderosa S.A y Asociación Pataz para el fi nanciamiento de la cobertura de servicios educativos en el Distrito de Pataz, Provincia de Pataz, Departamento de La Libertad”. Artículo Segundo.- DISPONER que la Gerencia Regional de Presupuesto, proceda a la incorporación hasta por monto de la donación ascendente a TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS VEINTE Y 00/100 SOLES (S/. 393,820.00) al Presupuestal Institucional de la Unidad Ejecutora 308 Educación Pataz conforme al requerimiento efectuado por el Director de la UGEL PATAZ para el pago del personal docente para las intervenciones de apoyo en el sector educación en el marco de un convenio de cooperación y compromiso de responsabilidad social para las instituciones educativas focalizadas en el distrito de Pataz con 16 plazas de docentes y una plaza para la institución educativa en el distrito de Huaylillas. Artículo Tercero.- ESTABLECER, que la Unidad de Gestión Educativa Local Pataz, es responsable de garantizar que los recursos donados se destinen en forma exclusiva al pago de haberes durante el año escolar 2024 para los docentes, conforme a las intervenciones de apoyo en el sector educación en el marco de un convenio de cooperación y compromiso de responsabilidad social para las instituciones educativas focalizadas en los caseríos del Distrito de Pataz y Huaylillas. Artículo Cuarto.- PUBLICAR el presente Acuerdo Regional en el Diario O fi cial El Peruano y a través del portal electrónico del Gobierno Regional de La Libertad. POR TANTO:Registre, notifíquese y cúmplase. EVER CADENILLAS CORONEL Presidente del Consejo Regional 2340971-1 GOBIERNO REGIONAL DE TACNA Declaran de prioridad e interés regional la promoción de programas de inversión pública para la implementación de infraestructuras de gestión y manejo de residuos sólidos y plantas de tratamiento de aguas residuales a nivel de gobiernos locales de la Región Tacna CONSEJO REGIONAL ORDENANZA REGIONAL Nº 014-2024-CR/GOB.REG.T ACNA EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha treinta y uno de julio del dos mil veinticuatro, en Sesión Ordinaria, aprobó la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú, artículo 191 señala: “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. (...)”. Que, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en el artículo 15 señala: “Son atribuciones del Consejo Regional: “a. Aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. (…)”; y, en el artículo 38 establece: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. (…)”. Que, mediante Decreto Legislativo N° 1278, se aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, la cual en artículo 21, establece: “Los gobiernos regionales promueven la adecuada gestión y manejo de los residuos sólidos en el ámbito de su jurisdicción (…)”; asimismo, en el artículo 77 señala que: “Los Gobiernos Regionales supervisan, fi scalizan y sancionan la gestión de los residuos en los establecimientos de salud y servicios médicos de apoyo en sus respectivas jurisdicciones a través de las Direcciones Regionales de Salud (DIRESA)”. Por otro lado, la Sexta Disposición Complementaria Transitoria establece: “Declárese de necesidad pública e interés nacional la inversión pública para la modernización de la gestión integral de residuos. (…)”. Que, mediante O fi cio Nº 016-2023-FPMCY-CR/GOB. REG.TACNA, recibido con fecha 19 de abril de 2023, el Consejero Regional C.D. Fredd Calisaya Yapura, presentó el Proyecto de Ordenanza Regional: “DECLARAR DE PRIORIDAD E INTERÉS REGIONAL LA PROMOCIÓN