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90 NORMAS LEGALES Jueves 7 de noviembre de 2024 El Peruano / DE PROGRAMAS DE INVERSIÓN PÚBLICA PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE INFRAESTRUCTURA DE GESTIÓN Y MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS Y PLANTAS DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES A NIVEL DE LOS GOBIERNOS LOCALES DE LA REGIÓN TACNA”; propuesta que pasó a la Comisión Ordinaria de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente del Consejo Regional para su estudio y evaluación correspondiente. Que, con el O fi cio N° D000137-2023-MIDAGRI- SERFOR-ATFFS-MOQUEGUA-TACNA, de fecha 13 de junio de 2023, emitido por el Administrador Técnico FFS ATFFS - Moquegua - Tacna, que remite el Informe N° D000020-2023-MIDAGRI-SERFOR-ATFFS-MOQUEGUA- TACNA; el O fi cio Nº 811-2023-DIREN-DRA.T/GOB.REG. TACNA, de fecha 13 de junio de 2023, emitido por el Director Regional de Agricultura Tacna, que remite el Informe N° 07-2023-DIREN-DRA.T/GOB.REG.TACNA; el O fi cio N°D 000145-2023-MIDAGRI-SERFOR-ATFFS-MOQUEGUA-TACNA, de fecha 19 de junio de 2023, emitido por el Administrador Técnico FFS ATFFS- Moquegua - Tacna, que remite el INFTEC N° D000008-2023-MIDAGRI- SERFOR-ATFFS-MOQUEGUA-TACNA-ACM; el O fi cio N°129-2023-OEFA-GEG, de fecha 07 de julio del 2023, emitido por la Directora de Políticas y Estrategias en Fiscalización Ambiental, que remite el Informe Nº 00101-2023-OEFA/DPEF-SMER; el O fi cio Nº 477-2023-GGR/ GOB.REG.TACNA, de fecha 12 de julio de 2023, emitido por Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Tacna, que remite el Informe Nº 006-2023-YFCM-EA- GRRNyGA/GOB.REG.TACNA, de fecha 13 de junio de 2023, emitido por el Especialista Ambiental de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental; el O fi cio N°00252-2023-MINAM/VMGA/DGGRS de 26 de septiembre de 2023, emitido por la Directora (e) de la Dirección de Gestión y Manejo de Residuos Sólidos; el Ofi cio N° 865-2024-GRAJ-GGR/GOB.REG.TACNA de fecha 24 de junio de 2024, emitido por el Gerente General Regional del Gobierno Regional de Tacna, mediante el cual remite el Informe Legal N° 1030-2024-GRAJ-/GOB.REG.TACNA, de fecha 24 de junio de 2024, emitido por el Gerente Regional de Asesoría Jurídica; el Informe Técnico Nº 003-2024/CACT de fecha 25 de junio de 2024, emitido por el Asesor Técnico del Consejo Regional; el Informe de la Asesora de Comisión Nº 004-2024-IFVA-A-CORNyGMA-CR/GOB.REG.TACNA, de fecha 28 de junio de 2024; y, demás documentación anexada se sustenta y recomienda la aprobación de la propuesta normativa. Que, la Comisión Ordinaria de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, luego de analizar y debatir el tema, procedió a emitir el DICTAMEN Nº 002-2024-CORNYGMA-CR, de fecha 02 de julio de 2024, sobre propuesta normativa: “DECLARAR DE PRIORIDAD E INTERÉS REGIONAL LA PROMOCIÓN DE PROGRAMAS DE INVERSIÓN PÚBLICA PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE INFRAESTRUCTURA DE GESTIÓN Y MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS Y PLANTAS DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES A NIVEL DE LOS GOBIERNOS LOCALES DE LA REGIÓN TACNA”, dictamen con opinión favorable que se puso a consideración del Pleno del Consejo Regional en Sesión Ordinaria de fecha 31 de julio de 2024. Que, considerando las normas antes indicadas, los informes técnicos y la opinión legal favorables; así como el informe de la asesora de comisión y el sustento consignado en el respectivo dictamen, resulta procedente la aprobación de la Ordenanza Regional sobre: “DECLARAR DE PRIORIDAD E INTERÉS REGIONAL LA PROMOCIÓN DE PROGRAMAS DE INVERSIÓN PÚBLICA PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE INFRAESTRUCTURA DE GESTIÓN Y MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS Y PLANTAS DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES A NIVEL DE LOS GOBIERNOS LOCALES DE LA REGIÓN TACNA”. Que, el Pleno del Consejo Regional, en mérito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los artículos 15 literal a), 36, 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053, 30055 y 31433; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesión Ordinaria de la fecha, ha aprobado por unanimidad, la siguiente: ORDENANZA REGIONAL:Artículo Primero.- DECLARAR de prioridad e interés regional la promoción de los programas de inversión pública para la implementación de infraestructuras de gestión y manejo de residuos sólidos y plantas de tratamiento de aguas residuales a nivel de los gobiernos locales de la Región Tacna. Artículo Segundo.- SOLICITAR al Ministerio del Ambiente, que en coordinación con el Gobierno Regional de Tacna y las Municipalidades Provinciales de la Región Tacna, la priorización de infraestructuras de gestión y manejo de residuos sólidos y plantas de tratamiento de aguas residuales en sus respectivas provincias. Artículo Tercero.- DISPONER que el Ejecutivo Regional del Gobierno Regional de Tacna dentro de un plazo no mayor de 30 (treinta) días desde la entrada en vigencia, encargue la reglamentación de la presente ordenanza regional a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional en coordinación con la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental del Gobierno Regional de Tacna, el asesoramiento a los gobiernos locales de la Región Tacna, para la implementación de Infraestructuras de gestión y manejo de residuos sólidos y plantas de tratamiento de aguas residuales. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Tacna en coordinación con la Dirección Regional de Salud Tacna, implementar acciones para supervisar y fi scalizar de manera rigurosa en materia de gestión integral de residuos sólidos peligrosos y no peligrosos. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Educación de Tacna, implementar campañas de educación medioambiental en gestión y manejo de residuos sólidos y tratamiento de aguas residuales. Artículo Séptimo.- ENCARGAR al Titular del Pliego del Gobierno Regional de Tacna, para que, en el marco de sus facultades otorgadas en el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, priorice la asignación de recursos fi nancieros en los Presupuestos Institucionales que dé ejecutoriedad a lo dispuesto en el Artículo Segundo y Tercero de la presente Ordenanza Regional. Artículo Octavo.- DISPONER que la presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Noveno.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva. Artículo Décimo.- PUBLICAR Y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el portal electrónico de la institución, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; disponiéndose que dicha publicación sea efectuada por Gobernación Regional del Gobierno Regional de Tacna. En la ciudad de Tacna, al día treinta y uno de julio de dos mil veinticuatro. JUAN VELASQUEZ LIMACHE Presidente Consejo Regional de Tacna POR TANTO:Mando se registre, noti fi que, difunda y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al día 27 de agosto del 2024 LUIS RAMÓN TORRES ROBLEDO Gobernador Regional 2340834-1