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68 NORMAS LEGALES Viernes 22 de noviembre de 2024 El Peruano / el Templo Pintado, así como los diferentes sectores de los que está compuesto el Santuario Arqueológico de Pachacámac, siendo una de las zonas con mayores atractivos turísticos, cuyos servicios es necesario desarrollar; Que, en agosto de 1991 mediante ofi cio Nº 535- 91-ICTI/TUR el Instituto Nacional de Cultura y la Ofi cina Nacional de Evaluación de Recursos Naturales interpretan que el inventario de recursos arqueológicos y su entorno ecológico constituyen una unidad inherente al distrito y conforman un sistema unitario a ser promocionado como producto turístico, cuyo potencial como circuito turístico, no soporta desmembramiento de su unidad porque atentaría con lo avanzado y las perspectivas de los planes; Que, la Ley Nº29408, Ley General de Turismo, en su artículo 1, declara de interés nacional el turismo y su tratamiento como política prioritaria del Estado para el desarrollo del país, dispone que ministerios, gobiernos regionales, gobiernos locales y entidades públicas, consideren en sus planes, programas y proyectos, las demandas del sector formuladas por el ente rector de dicha actividad; en su artículo 2, precisa que la norma tiene por objeto, promover, incentivar y regular el desarrollo sostenible de la actividad turística siendo aplicable a todo nivel de gobierno, en tanto, en su artículo 3, establece que el desarrollo del turismo debe procurar la recuperación, conservación e integración del patrimonio cultural, natural y social, así como, el uso responsable de los recursos turísticos, mejorando la calidad de vida de las poblaciones locales fortaleciendo su desarrollo cultural, ambiental y económico; Que, mediante Ofi cio Nº024-2024-MDP/GTCAI, la Gerencia de Turismo, Cultura y Asuntos Internacionales reporta a la Municipalidad Metropolitana de Lima, la identifi cación de 54 recursos turísticos, los cuales son las expresiones de la naturaleza, la riqueza arqueológica, expresiones históricas materiales e inmateriales de gran tradición y valor que constituyen la base de la actividad turística; que, en conjunto, forman parte del Destino Turístico Pachacámac, el mismo que estará conformado por 05 (cinco) productos turísticos de oferta turística diversifi cada y multitemática, cuya difusión permitirá no solo promover la oferta turística de Pachacámac, sino fomentar el desarrollo turístico sostenible y competitivo mediante la articulación pública, privada y de la sociedad civil organizada del distrito y propone dar inicio a las actividades y trabajos para el desarrollo de dichos productos que constituirán el Destino Turístico Pachacámac. Que, mediante Resolución Ministerial Nº505-2018- MINCETUR, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo aprueba el Manual para la Elaboración y Actualización del Inventario Nacional de Recursos Turísticos, cuyo objetivo específi co es la identifi cación de circuitos, rutas, corredores y productos turísticos, así como la integración de los mismos sobre la base de la información que arroje el inventario, según señala el apartado 03 del ítem 1.3 de dicha resolución; la Gerencia de Turismo, Cultura y Asuntos Internacionales propone reunir los recursos turísticos del distrito de Pachacámac, en cinco (05) productos turísticos que busquen diversifi car la oferta turística, y a su vez, conformen el Destino Turístico Pachacámac. Que, la Resolución de Alcaldía Nº036-2024-MDP/A declara de interés para la Municipalidad Distrital de Pachacámac, el inicio y culminación de los trabajos internos para estructurar la propuesta técnica del Destino Turístico Pachacámac y sus cinco productos turísticos para su ulterior puesta a consideración del Concejo Municipal de Pachacámac, y encarga a la subgerencia de Promoción Turística y Patrimonio Cultural o la que haga sus veces, el cumplimiento y culminación de la propuesta técnica del Destino Turístico Pachacámac; Que, mediante informe de vistos, la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización determina que la propuesta normativa se articula con el cumplimiento de los objetivos estratégicos territoriales y objetivos institucionales sobre el cumplimiento de funciones y atribuciones de la municipalidad, en tanto, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, según el de vistos, precisa que según el artículo 40 de la LOM, parte pertinente, las ordenanzas municipales provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía de la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba, entre otros, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en que la municipalidad tiene competencia normativa; Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal de Pachacámac, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, POR UNANIMIDAD, aprueba la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA COMO PRIORIDAD MUNICIPAL EL DESARROLLO SOSTENIBLE DEL DESTINO TURÍSTICO PACHACÁMAC Y EL FORTALECIMIENTO INTEGRAL DE SUS 5 (CINCO) PRODUCTOS TURÍSTICOS Artículo 1.- APROBAR como prioridad municipal el desarrollo sostenible del Destino Turístico Pachacámac y el fortalecimiento integral de sus 05 (cinco) productos turísticos, los cuales se componen de los siguientes recursos y atractivos turísticos: Producto Turístico Nº 01: Pachacámac Histórico- Pueblo Histórico de Pachacámac - Plaza de Armas de Pachacámac- Feria Turística Municipal de Pachacámac - Iglesia El Santísimo Salvador de Pachacámac - Museo Religioso de la Iglesia El Santísimo Salvador de Pachacámac - Paseo de los Incas - Mirador Turístico de San Miguel - Semana Santa en Pachacámac - Semana Turística de Pachacámac- Fiesta Patronal Santísimo Salvador de Pachacámac - Fiesta Patronal Santísima Virgen María del Rosario de Pachacámac - Tradicional Pamplonada - Santuario Diocesano María de la Consagración Producto Turístico Nº 02: Pachacámac Gastronómico - Plaza de Armas de Pachacámac - Feria Turística Municipal de Pachacámac- Alameda del Caballo Peruano de Paso de Pachacámac - Huatia Pachacamina- Festival del Pisco y CabalCata - Festival de la Fresa Pachacamina - Fundos, fi ncas y huertas con vocación turística Producto Turístico Nº03: Pachacámac Naturaleza y Aventura - Plaza de Armas de Pachacámac. - Lomas de Lúcumo. - Lomas de Pachacámac (incluyendo el Santuario de Amancay) - Islas Pachacámac. - Playa San Antonio Actividades de Turismo de Aventura (potenciales)- Ciclismo - Rapel- Escalada en roca - Parapente - Cabalgata- Trekking