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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2024 (22/11/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 67

67 NORMAS LEGALES Viernes 22 de noviembre de 2024 El Peruano / Que, con el E-OF 012670 (Ofi cio N° 489-2024/2025-SMMF-CR de fecha 11 de noviembre de 2024) la congresista de la Republica, Silvia María Monteza Facho traslada la invitación dirigida al Ing. Oswaldo Hernán Vargas Cuellar, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Lurigancho para participar del evento sobre la agenda de renovación de relaciones entre el Utah y Perú, sobre oportunidades económicas, reuniones con líderes empresariales de la Asociación Mundial de Comercio a desarrollarse en el Estado de Utah en el país de Estados Unidos entre los días 2 al 6 de diciembre de 2024; Que, en el desarrollo de la sesión de concejo (debate) el regidor regidor Roger Miguel Astucuri Laura, manifestó su deseo de asistir al evento a desarrollarse en la Ciudad de Cusco. Asimismo, el regidor Carlos Alberto Vargas Vera solicito que se le autorice viajar a la Ciudad Esteban Echevarría –Argentina para participar del de la XXIX Cumbre Mercociudades. De igual manera, se debatió el viaje del señor alcalde, Ing. Oswaldo Hernán Vargas Cuellar para participar en el evento en el Estado de UTAH, Estados Unidos; Que, el pleno del Concejo Municipal decidió tramitar los pasajes, viáticos y costo del evento, el mismo que podrá ser utilizado por el alcalde y los regidores, que así lo deseen, con arreglo a rendir cuentas posteriormente. Asimismo, el permiso deberá considerar un tiempo prudencial para la ida y vuelta, previendo el tiempo de viaje; Estando en las facultades conferidas en el numeral 11 del artículo 9 y el artículo 41 de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972 y con el voto favorable por UNANIMIDAD de los miembros del Concejo Municipal. SE ACORDÓ:Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje a la Ciudad del Cusco, en comisión de servicios, al regidor Roger Miguel Astucuri Laura, para participar del “V Convención Nacional Descentralizada de Alcalde, Regidores, Funcionarios y Servidores Públicos” a desarrollarse entre los días 27 de noviembre al 01 de diciembre de 2024. Artículo Segundo.- AUTORIZAR el viaje al exterior del país, Ciudad de Esteban Echevarría – Argentina, en comisión de servicios, del regidor Carlos Alberto Vargas Vera para participar de la XXIX Cumbre Mercociudades, a desarrollarse entre los días 3 al 7 de diciembre de 2024. Artículo Tercero.- AUTORIZAR el viaje al exterior del país, Estado de Utah – Estados Unidos, en comisión de servicios, del Ing. Oswaldo Hernán Vargas Cuellar, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Lurigancho para participar de la agenda de renovación de relaciones entre el Utah y Perú, sobre oportunidades económicas, reuniones con líderes empresariales de la Asociación Mundial de Comercio, a desarrollarse entre los días 1 al 8 de diciembre de 2024. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Ofi cina General de Administración y Finanzas, Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y demás unidades orgánicas pertinentes, realicen las acciones necesarias para efectivizar el presente Acuerdo de Concejo y tramitar la compra de los pasajes ida y vuelva, viáticos y otros que sean necesarios. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Ofi cina de Secretaria General la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Ofi cial El Peruano, conforme a Ley; así como la notifi cación a los órganos administrativos de la Municipalidad Distrital de Lurigancho. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Ofi cina de Gestión de Gobierno Digital, la publicación del Acuerdo en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Lurigancho (web.munichosica.gob.pe) y el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publiquese y cúmplase.OSWALDO HERNÁN VARGAS CUÉLLAR Alcalde 2346680-1MUNICIPALIDAD DE PACHACAMAC Ordenanza que aprueba como prioridad municipal el desarrollo sostenible del Destino Turístico Pachacámac y el fortalecimiento integral de sus 05 (cinco) productos turísticos ORDENANZA MUNICIPAL Nº 349-2024-MDP/C Pachacámac, 12 de noviembre de 2024EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACÁMAC POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE PACHACÁMAC, VISTOS: en sesión ordinaria de la fecha, los informes Nº0026 y 0058-2024-MDP/GTCAI emitidos por la Gerencia de Turismo, Cultura y Asuntos Internacionales, Informes Nº421-2024-MDP/OGPPM emitido por la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, los informes Nº311 y 358-2024-MDP/OGAJ emitidos por la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, los memorandos Nº1183, 1217, 1325 1417 y 1434 cursados por la Gerencia Municipal, sobre aprobar como prioridad municipal el desarrollo sostenible del destino turístico Pachacámac y el fortalecimiento integral de sus cinco productos turísticos, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del título preliminar de la ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades (LOM), establece que los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, la misma que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el apartado 1.9 del numeral 1, el 2.3 del numeral 2 y el 4.5 del numeral 4 del artículo 73 de la LOM, especifi ca que son funciones de las municipalidades, y asumen competencia, 1) en la organización del espacio físico y uso del suelo, entre otras, el patrimonio histórico, cultural y paisajístico y la educación, cultura, deporte y recreación y 2) en materia de desarrollo y economía local, entre otras, el fomento del turismo sostenible, respectivamente, tomando en cuenta la condición de cada gobierno local, sea este, provincial o distrital; Que, el artículo 82 de la norma invocada, precisa que las municipalidades, en materia de educación, cultura deportes y recreación, tienen como competencias y funciones específi cas compartidas con el gobierno nacional y regional, 1) promover la protección y difusión del patrimonio cultural de la nación dentro de su jurisdicción, y la defensa y conservación de los monumentos arqueológicos, históricos y artísticos, colaborando con los organismos regionales y nacionales competentes para su identifi cación, registro, control, conservación y restauración; así como, 2) fomentar el turismo sostenible y regular los servicios destinados a ese fi n, en cooperación con las entidades competentes; Que, mediante Ley Nº23614, se declara Centro Turístico al Distrito de Pachacámac, provincia y departamento de Lima, y se encarga al Ministerio de Industria, Turismo e Integración la realización de los estudios correspondientes al equipamiento y puesta en valor del centro turístico, que debe su condición, entre otros motivos, a que en su circunscripción se encuentran los milenarios Templos del Sol y de la Luna y riquezas arqueológicas como el Acllahuasi de las Mamaconas,