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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2024 (22/11/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 69

69 NORMAS LEGALES Viernes 22 de noviembre de 2024 El Peruano / Producto Turístico Nº04: Pachacámac Rural - Comunitario - Plaza de Armas de Pachacámac - El Valle de Pachacámac está conformado por los siguientes Centros Poblados Rurales: Guayabo, Picapiedra, Manchay Bajo, Manchay Lote B, Manchay Alto, Rumi Wasi, Curva Zapata, San Juan, Puente Manchay, Tambo Inga, Malpaso. Producto Turístico Nº05: Pachacámac Arqueológico - Plaza de Armas de Pachacámac - Sitio Arqueológico Cerro Pan de Azúcar - Piedra del Amor - Manantial de la Eterna Juventud- Sitio Arqueológico de Cardal- Sitio Arqueológico Quebrada de Golondrina- Zona Arqueológica Mina Perdida- Sitio Arqueológico Monumental Pampa de Flores- Santuario Arqueológico de Pachacámac - Museo Pachacámac - Museo Nacional del Perú (MUNA) Artículo 2.- ENCARGAR a la Gerencia de Turismo, Cultura y Asuntos Internacionales la consolidación del Destino Turístico Pachacámac aprobado en el artículo precedente. Artículo 3.- ENCARGAR a la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, elaborar la programación y asignación presupuestal requerida para cumplir con el propósito de la presente ordenanza. Artículo 4.- DISPONER que las unidades orgánicas de la Municipalidad Distrital de Pachacámac coadyuven con el cumplimiento de la presente ordenanza. Artículo 5.- PUBLICAR la presente ordenanza en el diario ofi cial El Peruano y en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Pachacámac (www.munipachacámac.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase. ENRIQUE V. CABRERA SULCA Alcalde 2346534-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL SANTA Designan funcionario responsable de entregar la información de acceso público de la Municipalidad Provincial del Santa RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 1148-2023 -A/MPS Chimbote, 15 de diciembre de 2023 VISTO: La Resolución de Alcaldía N° 0042-2023-A/MPS de fecha 5 de enero de 2023; el Ofi cio N° 001169-2023CG/OC0344 de fecha 24 de noviembre de 2023 sobre verifi cación de cumplimiento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; y. CONSIDERANDO: Que, los Artículos 194° y 195° de la Constitución Política del Perú modifi cado por Ley N° 27680, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son los órganos de gobierno local, gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; promueven el desarrollo y la economía local, y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; Que mediante Resolución de Alcaldía N° 0042-2023- A/MPS de fecha 5 de enero de 2023, se resolvió en su ARTÍCULO PRIMERO: Designar a la Abog. NORMA CRISTINA CHING JARA en el cargo de confi anza de Secretaria General de esta Entidad Municipal, cono funcionaria responsable de entregar la información de Acceso Público de la Municipalidad Provincial del Santa; Que mediante Resolución de Alcaldía N° 0818-2023- A/MPS de fecha 25 de agosto de 2023, se resolvió dar por concluida la designación de la Abog. NORMA CRISTINA CHING JARA en el cargo de confi anza de Secretaria General de la Municipalidad Provincial del Santa, efectuada por Resolución de Alcaldía N° 0001- 2023-A/MPS de fecha 2 de enero de 2023; Que mediante Resolución de Alcaldía N° 1039-2023- A/MPS de fecha 08 de noviembre de 2023, se designó al Abog. ALBERTO PALOMINO CERCERA, en el cargo de confi anza de Secretario General de la Municipalidad Provincial del Santa; Que, mediante Ofi cio N° 001169-2023CG/OC0344, suscrito por el Jefe del Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Provincial del Santa, Eduardo Daniel Alvarado Vicente, se remite el Informe Interno N° 165-2023-OCI-MPS - “Verifi car cumplimiento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública”, el mismo que, responde a la evaluación delo tercer trimestre de 2023 de las actualizaciones efectuadas por los responsables del Portal de Transparencia Estándar de esta Municipalidad, en coordinación con las unidades orgánicas correspondientes y poseedoras de información, según lo previsto en la Ley N° 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Publica, en los plazos señalados en la normativa vigente y aplicable. Asimismo, se aprecia de su primera conclusión, que no se ha designado al funcionario responsable de entregar la información de acceso público; Que, al respecto, se tiene que el artículo 1° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Publica, aprobado mediante Decreto Supremo N° 021-2019- JUS, señala que la presente la citada Ley tiene por fi nalidad promover la transparencia de los actos de Estado y regulare el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5) del artículo 2° de la Constitución Política del Perú; Que, conforme a lo establecido en el artículo 3° del mismo texto normativo, bajo el Principio de Publicidad se desprende que, a todas las actividades y disposiciones de las entidades de la Administración Publica, a la que hace referencia el Título Preliminar de la ley del Procedimiento Administrativo General - Ley N° 27444, están sometidos al Principio de Publicidad; Que, por su parte, el literal b) del artículo 3° del Decreto Supremo N° 070-2013-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Publica, establece que el titular de la entidad pública deberá designar al funcionario responsable de entregar la información de acceso público; normativa conforme con lo dispuesto por el artículo 8° del TUO de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Publica - Ley N° 27806, que establece que dichas entidades identifi can, bajo responsabilidad de si máximo representante, al funcionario responsable de brindar información solicitada en virtud de la Presente Ley; Que, en virtud de la normativa citada, y teniendo en cuenta que por Resolución de Alcaldía N° 1039-2023- A/MPS se designó al Abog. ALBERTO PALOMINO CERCERA como Secretario General de esta Municipalidad Provincial, a efectos de dar cumplimiento a los preceptos legales citados, así como a lo dispuesto el numeral 19) del artículo 44° del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Provincial del Santa, aprobado por