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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2024 (29/11/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 63

63 NORMAS LEGALES Viernes 29 de noviembre de 2024 El Peruano / PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Amplían disposiciones establecidas en la Res. Adm. Nº 000251-2024-CE-PJ, a fin que las Procuradurías Públicas del Ministerio Público, del Sector Interior, de la Especializada en Materia Hacendaria; y la Procuraduría General del Estado, sean notificadas exclusivamente a través de sus casillas electrónicas Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 000410-2024-CE-PJ Lima, 28 de noviembre del 2024VISTO:El O fi cio N.º D001514-2024-JUS/PGE-DAJP, cursado por el Director de la Dirección de Aplicación Jurídico Procesal de la Procuraduría General del Estado, adscrita al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. CONSIDERANDO: Primero. Que, mediante Resolución Administrativa N.º 000251-2024-CE-PJ, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, se dispuso que la Procuraduría Pública del Poder Judicial sea noti fi cada por los órganos jurisdiccionales, a través de las casillas electrónicas que le correspondan, bajo responsabilidad funcional. Segundo. Que, en el numeral 1.7 de la Resolución Administrativa N.º 000367-2024-CE-PJ, se dispuso que en todos los casos, independientemente de la especialidad o materia, todas las resoluciones judiciales se noti fi carán exclusivamente a través de las casillas electrónicas correspondientes, salvo que la ley establezca expresamente otra forma de noti fi cación. Tercero. Que, el Director de la Dirección de Aplicación Jurídico Procesal de la Procuraduría General del Estado, mediante O fi cio N.º D001514-2024-JUS/PGE-DAJP, pone en conocimiento el O fi cio N.º 002445-2024-MP- FN-PP de la Procuraduría Pública del Ministerio Público, por el cual solicita una interpretación del artículo 14 del Reglamento del Decreto Legislativo N.º 1326, aprobado mediante Decreto Supremo N.º 018-2019-JUS, referido a la noti fi cación en el domicilio alternativo fi jado por las procuradurías públicas, habido cuenta que los órganos jurisdiccionales vienen exigiendo fi jar casilla físicas y de esa manera no noti fi can al domicilio alternativo consignado por el órgano de defensa jurídica involucrado. Por ende, solicita que se realicen coordinaciones a efectos de programarse una mesa de trabajo integrada por el Poder Judicial, Procuraduría Pública del Ministerio Público, Procuraduría Pública del Sector Interior, Procuraduría Pública Especializada en Materia Hacendaria; y la Procuraduría General del Estado, en su condición de ente rector. Cuarto. Que, a fi n de garantizar la celeridad y efi ciencia en las comunicaciones procesales; así como estando a las disposiciones previamente emitidas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, sobre el uso exclusivo de medios electrónicos para noti fi caciones, resulta pertinente ampliar las medidas adoptadas para incluir a la Procuradurías Públicas del Ministerio Público, del Sector Interior, de la Especializada en Materia Hacendaria; y a la Procuraduría General del Estado, promoviendo la implementación uniforme de las notifi caciones electrónicas.Quinto. Que, el artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N.º 1498- 2024 de la trigésima novena sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 13 de noviembre de 2024, realizada con la participación de los señores Arévalo Vela, Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández, sin la intervención de la señora Barrios Alvarado por encontrarse de vacaciones; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Ampliar las disposiciones establecidas en la Resolución Administrativa N.º 000251-2024-CE-PJ, expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, a fi n que las Procuradurías Públicas del Ministerio Público, del Sector Interior, de la Especializada en Materia Hacendaria; y la Procuraduría General del Estado, sean noti fi cadas exclusivamente a través de sus casillas electrónicas correspondientes, bajo responsabilidad funcional de los órganos jurisdiccionales. Artículo Segundo.- Noti fi car la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Presidencias de las Salas Permanentes y Transitorias de la Corte Suprema de Justicia de la República, Cortes Superiores de Justicia del país, Procuraduría Pública del Ministerio Público, Procuraduría Pública del Sector Interior, Procuraduría Pública Especializada en Materia Hacendaria, Procuraduría General del Estado, Procuraduría Pública del Poder Judicial, Órgano de Control Institucional; y, a la Gerencia General del Poder Judicial para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JAVIER ARÉVALO VELA Presidente 2349042-1 Disponen medidas complementarias para la elección de presidente de Corte Superior, para el periodo 2025-2026 Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000411-2024-CE-PJ Lima, 28 de noviembre del 2024VISTO:El O fi cio N° 00122-2024-P-CSJTU-PJ, cursado por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Tumbes. CONSIDERANDO:Primero. Que, el Artículo 74 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que “el Presidente de la Corte Suprema es elegido entre los Vocales Supremos Titulares reunidos en Sala Plena, por mayoría absoluta, por un periodo de dos años. El voto es secreto y no hay reelección. La elección se realiza el primer jueves del mes de diciembre del año que corresponda. Si ninguno de los candidatos obtiene la mitad más uno de los votos de los electores, se procede a una segunda votación, la cual se realiza en la misma fecha, entre los candidatos que hayan obtenido las dos