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10 NORMAS LEGALES Jueves 3 de octubre de 2024 El Peruano / Aeroespacial Colombiana, los gastos de hospedaje, alimentación y transporte local serán cubiertos por la Fuerza Aeroespacial Colombiana en conjunto con la Universidad Militar Nueva Granada; mientras que los gastos de pasajes aéreos internacionales y seguro médico estarán a cargo de la Fuerza Aérea del Perú. Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos N° 087 DGVC-ME/SIAF-RP suscrita por la Fuerza Aérea del Perú, los gastos por pasajes aéreos internacionales de ida y vuelta se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024 de la Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, concordante con el inciso a) del artículo 7 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004- DE/SG. Que, con el Certi fi cado de Crédito Presupuestario N° 0000000732, la Fuerza Aérea del Perú garantiza el fi nanciamiento del citado viaje al exterior; Que, considerando los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fi n de garantizar la participación oportuna del personal militar designado en la referida actividad, resulta necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como su retorno un (1) día después del término de la misma, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público; Que, con O fi cio Extra FAP N° 002721-2024-SECRE/ FAP la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú solicita autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del personal militar FAP, titular y suplente, que participará en el “I Congreso Internacional - ESCULAPIO 2024”, a realizarse en la Universidad Militar Nueva Granada, ubicada en la ciudad de Cajicá, República de Colombia, del 9 al 11 de octubre 2024; así como, autorizar su salida del país el 8 de octubre y su retorno el 12 de octubre de 2024; Que, a través del O fi cio N° 02502-2024-MINDEF/ VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 048-2024-MINDEF/ VPD-DIGRIN-LAYC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la autorización de viaje al exterior referido en los considerandos precedentes; Que, mediante el Informe Legal N° 01722-2024-MINDEF/SG-OGAJ la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera que resulta legalmente viable aprobar la resolución ministerial que autorice el citado viaje al exterior, en misión de estudios, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del personal militar FAP que se detalla a continuación, para participar en el “I Congreso Internacional - ESCULAPIO 2024”, a realizarse en la Universidad Militar Nueva Granada, ubicada en la ciudad de Cajicá, República de Colombia, del 9 al 11 de octubre 2024; así como, autorizar su salida del país el 8 de octubre y su retorno el 12 de octubre de 2024. TITULARES Comandante FAP LUIS FELIPE CIEZA BOCANEGRA NSA N° 97407 DNI N° 16749217Comandante FAP CÉSAR MIGUEL HURTADO GALLIANINSA N° 97594 DNI N° 18205690Comandante FAP FELIX DANIEL LAU CHU FONNSA N° 97692 DNI N° 40875376Técnico de Tercera FAP CARLOS ENRIQUE RUFINO CHUMPITAZNSA N° 156396 DNI N° 41811907 Suboficial de Primera FAPBRYAN LAROTA ZEVALLOS NSA N° 610809 DNI N° 70920800 SUPLENTES Comandante FAP RODRIGO ESTUARDO RISCO HIDALGO NSA N° 709451 DNI N° 10630143 Mayor FAP MILTON BARRERA FIDHELNSA N° 98013 DNI N° 40791756Mayor FAP ROXANA GERTRUDIS CHÁVEZ MORENONSA N° 98788 DNI N° 70875865 Capitán FAP ANGELA VERONICA ARIAS VÁSQUEZ NSA N° 99306 DNI N° 46650443Capitán FAP VHANIA DEL ROCIO ROJAS ALIAGANSA N° 99440 DNI N° 46445712 Artículo 2.- La participación del personal militar suplente queda supeditada a la imposibilidad de participación del personal militar titular. Artículo 3.- La Fuerza Aérea del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024, de acuerdo a los siguientes conceptos: Pasajes aéreos: Lima - Bogotá (República de Colombia) - Lima US$ 1,659.04 x 5 persona = US$ 8,295.20 Total a Pagar = US$ 8,295.20 Artículo 4.- Los gastos de alojamiento, alimentación y transporte local serán cubiertos por la Fuerza Aeroespacial Colombiana y la Universidad Militar Nueva Granada. Artículo 5.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de los días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado. Artículo 6.- El O fi cial Superior más antiguo debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 7.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ Ministro de Defensa 2330762-1 Declaran vacantes para el Ascenso del Personal Superior del Ejército del Perú, Promoción 2025 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1081-2024-DE Lima, 2 de octubre de 2024