Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE OCTUBRE DEL AÑO 2024 (03/10/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 11

11 NORMAS LEGALES Jueves 3 de octubre de 2024 El Peruano / VISTOS El O fi cio Nº 5788/S-CGE/N-01.1/02.00, del Comandante General del Ejército del Perú, de fecha de 24 de setiembre 2024. CONSIDERANDO Que, el artículo 2 de la Ley Nº 29108, Ley de Ascensos de O fi ciales de las Fuerzas Armadas, establece que los procesos de ascensos tienen la fi nalidad de garantizar una línea de carrera profesional, sustentada en un sistema de evaluación, selección y promoción de los Ofi ciales al grado militar inmediato superior; desarrollado en estricta observancia del ordenamiento constitucional y legal vigente; Que, el artículo 9 de la citada Ley señala que las vacantes son las plazas disponibles para el ascenso en cada grado militar, la cuales son expedidas anualmente mediante resolución ministerial, a propuesta del Comandante General respectivo, permaneciendo inalterables a lo largo del proceso; Que, el artículo 23 del Reglamento de la Ley Nº 29108, Ley de Ascensos de O fi ciales de las Fuerzas Armadas, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2008-DE, y sus modi fi catorias, señala que la determinación de vacantes en cada grado es efectuada observando los criterios siguientes; a) Cuadro Orgánico de O fi ciales aprobado para el año siguiente al Proceso de Ascensos; b) Efectivo de O fi ciales al mes de julio del año del Proceso de Ascenso; c) Plazas producidas por cambios de situación militar, posteriores al mes de julio del año del Proceso de Ascenso; d) Plazas generadas por vacantes a otorgarse, para el grado inmediato superior; Las vacantes se determinan por promociones de egreso para los O fi ciales procedentes de las Escuelas de Formación, promociones de ingreso para los O fi ciales de procedencia Universitaria; y clasi fi caciones y especialidades; Que, el artículo 26 del referido Reglamento establece que la propuesta para la declaratoria de vacantes deberá ser presentada por el Comandante General de cada Institución Armada al Ministro de Defensa, en la segunda quincena del mes de setiembre del año del proceso de Ascenso; para su aprobación y publicación a través de la Resolución Ministerial correspondiente, emitida durante la primera semana de octubre; Que, la Única Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30701 establece un periodo de transitoriedad para la aplicación del artículo 7 de la Ley Nº 29108, que será hasta el Proceso de Ascenso 2024, Promoción 2025. Asimismo, el Decreto Supremo Nº 002-2018-DE contempla la aplicación progresiva del artículo 7 de la Ley Nº 29108 a partir del Proceso de Ascenso 2018, de acuerdo a lo establecido en el Anexo 6 del referido Decreto Supremo; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 207-2021 DE, y su modi fi catoria se aprobaron los Planes Estratégicos de Mediano Plazo para la Administración de Personal de las Instituciones Armadas para el periodo 2022-2026, que contiene los efectivos de personal militar propuestos técnicamente por el Ejército, la Marina de Guerra y la Fuerza Aérea; Que, por medio de la Resolución Ministerial Nº 00865-2024-DE, se aprobó la Directiva General Nº 006-2024-MINDEF-SGVRD/DGRRHH/DIPEM “Normas para el desarrollo de los Procesos de Ascenso para el Año 2024 (Promoción 2025) y de pase a la Situación Militar de Retiro por la causal de Renovación Año 2024 del personal de O fi ciales de las Fuerza Armadas”; Que, con Decreto Supremo Nº 003-2024-DE, se aprobaron los Cuadros de Efectivos de Personal Militar para el Año Fiscal 2025, de las Instituciones Armadas; Estando a lo propuesto por el Comandante General del Ejército del Perú; Con el visado del Despacho Viceministerial de Recursos para la Defensa, de la Comandancia General del Ejército del Perú, de la Dirección General de Recursos Humanos y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Defensa; y, De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 29108, Ley de Ascensos de O fi ciales de las Fuerzas Armadas; el Reglamento de la Ley Nº 29108, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2008-DE, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2016-DE. SE RESUELVE: Artículo 1.- Declarar las vacantes para el Ascenso del Personal Superior del Ejército del Perú, Promoción 2025, de acuerdo a las Armas y Servicios según se indican a continuación: 1. OFICIALES GENERALES 1.1 A General de División: hasta tres (03) vacantes. PROMOCIÓN ARMAS Agosto 1990 Hasta 03 1.2 A General de Brigada: hasta dieciocho (18) vacantes a. De Armas: hasta quince (15) vacantes. PROMOCIÓN ARMAS Julio 1995 Hasta 09 Enero 1996 Hasta 06 b. De Servicios: hasta tres (03) vacantes. PROMOCIÓNSERVICIOS TOTAL EMCH P. UNIV Julio 1995 2 INTENDENCIA: HASTA 02 Octubre 1994 1 SANIDAD MEDICINA: HASTA 01 2. OFICIALES SUPERIORES 2.1 Al grado de Coronel: hasta ciento cincuenta y dos (152) vacantes a. De Armas: hasta ciento ocho (108) vacantes. PROMOCIÓN INF CAB ART ING COM INTG TOTAL Enero 1998 4 2 2 1 1 10Enero 1999 3 1 3 1 1 9Enero 2000 10 5 4 4 3 26Enero 2001 11 4 5 4 4 28Enero 2002 12 6 6 6 5 35 b. De Servicios: hasta cuarenta y cuatro (44) vacantes. PROMOCIÓNSERVICIOS TOTAL EMCH P. UNIV Enero 1998 2 INTENDENCIA: HASTA 02 Enero 1999 3MATERIAL DE GUERRA: HASTA 01 INTENDENCIA: HASTA 02 Enero 2000 1 INTENDENCIA: HASTA 01 Enero 2001 2 MATERIAL DE GUERRA: HASTA 02 Enero 2002 9MATERIAL DE GUERRA: HASTA 03INTENDENCIA: HASTA 05SERVICIO ADMINISTRATIVO: HASTA 01 Abril 1998 1 CIENCIA Y TECNOLOGÍA: HASTA 01 Setiembre 1998 2CIENCIA Y TECNOLOGÍA: HASTA 01SANIDAD PSICOLOGÍA: HASTA 01 Abril 1999 4SANIDAD VETERINARIA: HASTA 01 SERVICIO JURIDICO: HASTA 01SANIDAD FARMACIA: HASTA 01 SANIDAD MEDICINA: HASTA 01