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63 NORMAS LEGALES Sábado 5 de octubre de 2024 El Peruano / AMANCAES DE PLATAAportar significativamente al fortalecimiento de la identidad y generar un impacto positivo en el distrito. Promover actividade s culturales y artísticas en el distrito, en colaboración y coordinación con la Municipalidad Distrital de Pachacámac. Fomentar la cultura, la participación artística y cultural a nivel nacional.Actores culturales debieran cumplir los siguientes requisitos:- Persona natural con DNI del Distrito de Pachacámac o persona jurídica, contribuyente activo en la Municipalidad Distrital de Pachacámac y/o estar inscritas en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) con la condición de activa y de preferencia al día en impuesto predial y arbitrios. - Estar inscritos en la Red Local de Trabajadores y Organizaciones de la Cultura (RELTOCA) y/o Registro Nacional de Trabajadore s y Organizaciones de la Cultura y las Artes (RENTOCA), y/o Acerca Patrimonio Cultural (DPAC) y/o Puntos de Cultura. - Contar con trayectoria por lo menos de tres (03) años de actividades y/o con un reconocimiento por parte de una institución p ública y/o privada, nacional o extranjera. AMANCAES DE BRONCE Aportar significativamente al fortalecimiento de la identidad y generar un impacto positivo en el distrito. Promover y contribu ir a las actividades culturales y artísticas en el distrito, en colaboración y coordinación con la Municipalidad Distrital de Pachacámac . Actores culturales debieran cumplir los siguientes requisitos:- Persona natural con DNI del Distrito de Pachacámac o persona jurídica, contribuyente activo en la Municipalidad Distrital de Pachacámac y/o estar inscritas en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) con la condición de activa y de preferencia al día en impuesto predial y arbitrios. - Estar inscritos en la Red Local de Trabajadores y Organizaciones de la Cultura (RELTOCA) - Contar con trayectoria por lo menos de dos (02) años de actividades y/o con un reconocimiento por parte de una institución pú blica y/o privada, nacional o extranjera. - PERSONALIDAD MERITORIA PACHACÁMAC DE DIAMANTE- Persona natural, jurídica, funcionarios o autoridades, instituciones públicas o privadas, nacional o extranjera. - Realizar aporte significativo a la identidad local, labor notable, reconocida por la comunidad y aporte invaluable en el sect or turismo y/o cultura para el distrito de Pachacámac. - No es necesario ser nacido o residente en el Distrito de Pachacámac. - HONORÍFICO RECONOCIMIENTO HONORÍFICOPersona natural, jurídica, servidor civil, funcionario público, instituciones públicas o privadas. Por su vocación de servicio, esfuerzo a favor de la comunidad y contribuir activamente con los objetivos de la Gerencia de Turismo, Cultura y Asuntos Internacionales . DISPOSICIONES FINALES Primero.- El otorgamiento de cualquiera de los premios establecidos en los presentes lineamientos, no implica el reconocimiento de pago o bene fi cio económico. Segundo.- La Municipalidad Distrital de Pachacámac, se reserva el derecho de retirar el reconocimiento otorgado, cuando se haya advertido de forma comprobada, por incurrir en acciones o comportamientos contrarios a los principios y valores o haya afectado negativamente a la imagen y reputación del distrito. Tercero.- El presente reglamento entrará en vigencia a partir del día siguiente de publicación en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Pachacámac. 2331177-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Aprueban la Directiva para la Determinación de los Costos de lo s Servicios Públicos aprobados en las Ordenanzas Tributarias Distritales en la Provincia Constitucional del Callao DECRETO DE ALCALDÍA Nº 017-2024-ALC/MPC Callao, 20 de setiembre de 2024 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO VISTO: Las Ordenanzas Municipales Nº 12-2023/MPC y 020-2024/MPC, el Informe Nº 864-2024-MPC/OGAF- OC de la O fi cina de Contabilidad, el Memorando Nº 2318-2024-MPC-OGAF de la O fi cina General de Administración y Finanzas, el Informe Nº 696-2024-MPC- GAT de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe Nº 297-2024-MPC/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 1997-2024-MPC/GM de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, señala que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 012-2023/ MPC de fecha 09 de junio de 2023, modi fi cada por Ordenanza Municipal Nº 020-2024/MPC del 5 de agosto de 2024, se establece los procedimientos de rati fi cación de Ordenanzas Distritales que dispongan la creación, modi fi cación o que regulen tasas de carácter tributario en la Provincia Constitucional del Callao; Que, mediante Informe Nº 864-2024-MPC/OGAF-OC de fecha 19 de septiembre de 2024, la O fi cina de Contabilidad remite a la O fi cina General de Administración y Finanzas un proyecto de Directiva para la Determinación de los Costos de los Servicios Públicos Aprobados en las Ordenanzas Tributarias Distritales de la Provincia Constitucional del Callao, la cual tiene como objetivo establecer los procedimientos para la determinación de los costos de los servicios que originan tributos municipales creados por las municipalidades distritales, cuyas ordenanzas deben ser ratifi cadas por la Municipalidad Provincial del Callao;