Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE OCTUBRE DEL AÑO 2024 (05/10/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 57

57 NORMAS LEGALES Sábado 5 de octubre de 2024 El Peruano / EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACÁMAC POR CUANTO:El Concejo Municipal del Distrito De Pachacámac, en sesión extraordinaria de la fecha; VISTOS: el informe Nº 150-2024-MDP/GDU emitido por la Gerencia de Desarrollo Urbano, que hace suyo el informe Nº 1146-2024-MDP/GDU-SGPUCOPHU emitido por la Subgerencia de Planeamiento Urbano, Catastro, Obras Privadas y Habilitaciones Urbanas que contiene la propuesta normativa para el otorgamiento de constancia de posesión y plano visado a las diversas agrupaciones de vivienda que forman parte de programas y/o proyectos de factibilidad de servicios de agua en el Distrito de Pachacámac, el informe Nº 321-2024-MDP/OGAJ emitido por la O fi cina General de Asesoría Jurídica y memorandos Nº 1237 y 1249-2024-GM/MDP cursados por la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú concordante con el artículo II del título preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (LOM), establece que las municipalidades son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia dentro de su jurisdicción, la misma radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 73 de la LOM, dispone que, las municipalidades se encuentran facultadas para emitir normas técnicas generales en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, así como sobre protección y conservación del ambiente puesto que las mismas ejercen funciones promotoras, normativas y reguladoras, así como las de ejecución y de fi scalización y control, en las materias de su competencia; Que, por Ley Nº 28687, Ley de Desarrollo y Complementaria de la Formalización de la Propiedad Informal, Acceso al Suelo y Dotación de Servicios Básicos, se regula el proceso de formalización de la propiedad informal, el acceso al suelo para uso de vivienda de interés social orientado a los sectores de menores recursos económicos y establece el procedimiento para la ejecución de obras de servicios básicos de agua, desagüe y electricidad en las áreas consolidadas y en proceso de formalización, en concreto, en el artículo 24 se prevé que, la factibilidad de servicios básicos, en los terrenos ocupados por posesiones informales, se otorgará previo certi fi cado o constancia de posesión que otorgará la municipalidad de la jurisdicción, en concordancia con el artículo 27 del reglamento de dicha norma, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 017-2006-VIVIENDA, se establece que las municipalidades distritales en cuya jurisdicción se encuentre ubicada una posesión informal, cual es el caso, otorgarán a cada poseedor el certi fi cado o constancia de posesión para los fi nes del otorgamiento de la factibilidad de servicios básicos; Que, mediante ordenanza municipal Nº 344-2024-MDP/C se regula el otorgamiento de constancia de posesión, visación de planos y memoria descriptiva para la dotación de servicios básicos a los pobladores que formen parte de programas y/o proyectos de factibilidad de servicios aprobados por parte del Estado y/o empresas prestadoras de servicios básicos en el Distrito de Pachacamac, marco general cuyo objetivo es garantizar el derecho a la vida, la salud y el respeto a la dignidad de las personas de escasos recursos económicos, que no cuentan con acceso a los servicios públicos de saneamiento básico, no obstante, la Subgerencia de Planeamiento Urbano, Catastro, Obras Privadas y Habilitaciones Urbanas, mediante informe de vistos, revela una situación de riesgo, que demanda un trato excepcional, por cuanto, el proyecto Ampliación y Mejoramiento del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado para el esquema de Manchay del Distrito de Pachacámac y tratamiento de aguas residuales para el esquema José Gálvez sector 315 y esquema Villa Alejandro (CUI 2403503), en ejecución, corre el riesgo de suspenderse en su perjuicio, si no cumplen con el requisito de presentar, inmediatamente, las constancias de posesión y planos visados; Que, ante la inminencia del peligro corresponde, dentro del marco general de la ley invocada y conforme a su objetivo, regular una norma especial porque así lo exige la naturaleza de las cosas, conforme prevé el artículo 103 de la norma fundamental, a cuyo amparo se procede, brindando facilidades excepcionales por un plazo determinado; Estando a lo propuesto por la Gerencia de Desarrollo Urbano, contando con el informe favorable de la O fi cinas General de Asesoría Jurídica, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, en uso de las facultades conferidas por los artículos 9 y 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal de Pachacámac, POR UNANIMIDAD, aprobó la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE ESTABLECE UN PROCEDIMIENTO ESPECIAL DE OTORGAMIENTO DE CONSTANCIA DE POSESIÓN Y PLANO VISADO A LAS AGRUPACIONES DE VIVIENDA QUE FORMEN PARTE DE PROGRAMAS Y/O PROYECTOS DE FACTIBILIDAD DE SERVICIOS DE AGUA EN EL DISTRITO DE PACHACÁMAC CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Objetivo La norma tiene por objeto regular el procedimiento especial para la expedición de constancias de posesión y visación de planos para aquellas agrupaciones vecinales, cualquiera sea su denominación y forma organizativas, que se encuentren dentro del proyecto de Ampliación y Mejoramiento del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado para el esquema de Manchay del Distrito de Pachacámac y tratamiento de aguas residuales para el esquema José Gálvez sector 315 y esquema villa Alejandro (CUI 2403503). Artículo 2.- Finalidad Otorgar facilidades a aquellas agrupaciones vecinales, cualquiera sea su denominación y forma organizativa, que se encuentren comprendidas dentro del proyecto Ampliación y Mejoramiento del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado para el esquema de Manchay del Distrito de Pachacámac, para obtener la documentación exigida por el Servicios de Agua Potable Y Alcantarillado de Lima (SEDAPAL), entre otros, los planos visados y constancias de posesión. Artículo 3.- Base legal• Constitución Política del Perú. • Ley Nº 27973, Ley Orgánica de Municipalidades. • Ley Nº 28687, Ley de Desarrollo y Complementaria de la Formalización de la Propiedad Informal, Acceso al Suelo y Dotación de Servicios Básicos. • Decreto Supremo Nº 017-2006-VIVIENDA, Reglamento de los Títulos II y III de la Ley Nº 28687. • Decreto Supremo Nº 013-99-MTC que aprueba el Reglamento de Formalización de la Propiedad a cargo de la COFOPRI. • Ordenanza Nº 1762, que establece procedimientos para el reconocimiento y registro municipal de organizaciones sociales para la participación vecinal en Lima Metropolitana. • Ordenanza Nº 344-2024-MDP/C, que regula el otorgamiento de constancias de posesión, visación de planos y memoria descriptiva para la dotación de servicios básicos a los pobladores que formen parte de programas y/o proyectos de factibilidad de servicios aprobados por parte del estado y/o empresas prestadoras de servicios básicos en el distrito de Pachacámac. Artículo 4.- Bene fi ciarios Podrán acogerse a la presente norma, los vecinos que se encuentren comprendidos dentro de las agrupaciones