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25 NORMAS LEGALES Viernes 11 de octubre de 2024 El Peruano / Que, a través del informe de Vistos, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable tramitar el proyecto de resolución que autorice el viaje al exterior, en misión de estudios, del Coronel de la Policía Nacional del Perú JULIO CONOC LOPEZ, del 13 al 19 de octubre de 2024, a la ciudad de Washington D.C. de los Estados Unidos de América; Con el visado de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, mediante el cual se aprueban las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial Nº 1520-2019-IN; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Coronel de la Policía Nacional del Perú JULIO CONOC LOPEZ, del 13 al 19 de octubre de 2024, a la ciudad de Washington D.C. de los Estados Unidos de América, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos de ida y retorno, incluyendo la tarifa de uso de aeropuerto, del Coronel de la Policía Nacional del Perú JULIO CONOC LOPEZ son cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 019: Escuela Nacional de Formación Profesional Policial de la PNP, del Pliego 007: Ministerio del Interior, de acuerdo con el siguiente detalle: Importe Días Personas Total Viáticos US$ 440,00 5 1 US$ 2 200,00 Pasajes aéreos US$ 569,00 1 US$ 569,00 Artículo 3.- Disponer que el personal policial cuyo viaje se autoriza, presente al Titular de la Entidad, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno, un informe detallado donde describa las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JOSÉ SANTIVÁÑEZ ANTÚNEZ Ministro del Interior 2333103-1 Designan miembros del Comité de Promoción de la Inversión Privada del Sector Interior RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1255-2024-IN Lima, 9 de octubre de 2024 VISTOS, El Proveído N° 033498-2024-IN-SG, el Memorando N° 001958-2024-IN-OGPP, del Director General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe N° 000983-2024-IN-OGPP-OPMI de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto;CONSIDERANDO: Que, el artículo 1 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, aprobado con Decreto Supremo Nº 195-2023-EF (en adelante, el TUO del Decreto Legislativo Nº 1362), establece que dicha norma tiene por objeto regular el marco institucional y los procesos para el desarrollo de proyectos de inversión bajo las modalidades de Asociación Público Privadas y de Proyectos en Activos; Que, el numeral 7.1 del artículo 7 del TUO del Decreto Legislativo Nº 1362 dispone que, las entidades públicas titulares de proyectos que cuenten con proyectos o prevean desarrollar procesos de promoción de la inversión privada, bajo las modalidades reguladas en la citada norma crean el Comité de Promoción de la Inversión Privada; Que, el numeral 7.2 del artículo 7 del TUO del Decreto Legislativo Nº 1362 señala que, “El Comité de Promoción de la Inversión Privada, según corresponda, asume los siguientes roles: 1. Organismo Promotor de la Inversión Privada, en los procesos de promoción bajo su competencia, conforme a lo establecido en el artículo 8. En este supuesto, el Viceministro, Consejo Regional, Concejo Municipal, o su equivalente, según corresponda, ejerce las funciones del Consejo Directivo de Proinversión. 2. Órgano de coordinación con Proinversión, en los procesos de promoción bajo competencia o encargados a dicha entidad; y con el Ministerio de Economía y Finanzas, en materia de seguimiento y simpli fi cación de la inversión, de acuerdo con lo establecido en el artículo 11”; Que, el numeral 7.3 del artículo 7 del TUO del Decreto Legislativo Nº 1362 establece que, “La designación de los miembros del Comité de Promoción de la Inversión Privada se efectúa mediante Resolución Ministerial, Resolución del Gobernador Regional, Resolución de Alcaldía, o resolución del titular, según se trate de Ministerios, Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales u otra entidad pública habilitada por ley, respectivamente. Dichas resoluciones se publican en el diario o fi cial El Peruano y se comunican al Registro Nacional de Contratos de Asociaciones Público Privadas”; Que, el numeral 17.1 del artículo 17 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, aprobado por Decreto Supremo Nº 240-2018-EF (en adelante, el Reglamento), establece que el Comité de Promoción de la Inversión Privada (CPIP) de un Ministerio es un órgano colegiado integrado por tres (3) funcionarios de la Alta Dirección o titulares de órganos de línea o asesoramiento de la entidad, los cuales ejercen sus funciones conforme a la Ley y a dicho Reglamento; asimismo, el numeral 17.3 del citado artículo establece que el funcionamiento del CPIP se rige por la normativa del Sistema Nacional de Promoción de la Inversión Privada (SNPIP); Que, mediante Resolución Ministerial N° 1089-2024- IN se resuelve designar a los miembros del Comité de Promoción de la Inversión Privada del Sector Interior, conformados de la siguiente manera: El/la Jefe/a de Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial, quien lo preside; El/la Secretario/a General del Ministerio del Interior; y, El/la Director/a General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; Que, a través del Proveído N° 033498-2024-IN-SG, la Secretaría General comunica que se requiere modi fi car la conformación del Comité de Promoción de la Inversión Privada del Sector Interior de la siguiente manera: El/la Secretario/a General del Ministerio del Interior, quien lo preside; El/la Director/a de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, El/la Director/a de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; Que, a través del Informe N° 000983-2024-IN-OGPP- OPMI, la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto señala que, en atención al Proveído N° 033498-2024-IN-SG, el Comité de Promoción de la Inversión Privada es un órgano colegiado integrado por tres (3) funcionarios de la Alta Dirección o titulares de órganos de línea o asesoramiento