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15 NORMAS LEGALES Domingo 20 de octubre de 2024 El Peruano / Que, con la Resolución Viceministerial N° 066-2023-MINEDU, se reconforma la Comisión Organizadora de la UNACH, quedando integrada por el señor CARLOS RAFAEL SUAREZ SANCHEZ, como Presidente; el señor VALENTIN VICTOR PAREDES OLIVA, como Vicepresidente Académico; y, la señora MERCEDES MARLENI BARDALES SILVA, como Vicepresidenta de Investigación; Que, con el O fi cio N° 01857-2024-MINEDU/VMGP- DIGESU, la Dirección General de Educación Superior Universitaria, remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, el Informe N° 00166-2024-MINEDU/VMGP-DIGESU-DICOPRO, por medio del cual, la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria, sustenta y propone se emita la resolución viceministerial que disponga dar por concluidas las designaciones del Presidente, el Vicepresidente Académico y de la Vicepresidenta de Investigación de la Comisión Organizadora de la UNACH; y, reconformar la misma, designando al señor ROMEL PINEDO RIOS, en el cargo de Presidente; al señor MANUEL ERNESTO PAZ LOPEZ, en el cargo de Vicepresidente Académico; y, a la señora MARIA LUZ ORTIZ DE AGUI, en el cargo de Vicepresidenta de Investigación; Que, mediante el Informe N° 01361-2024-MINEDU/ SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente viable la emisión de la Resolución Viceministerial conforme a lo sustentado por la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria de la Dirección General de Educación Superior Universitaria; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 30220, Ley Universitaria; la Ley Nº 29531, que crea la Universidad Nacional Autónoma de Chota; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; y, la Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU, que aprueba el Documento Normativo denominado “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”, modi fi cado por las Resoluciones Viceministeriales N° 055-2022-MINEDU y N° 053-2023-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluidas las designaciones del señor CARLOS RAFAEL SUAREZ SANCHEZ, en el cargo de Presidente; del señor VALENTIN VICTOR PAREDES OLIVA, en el cargo de Vicepresidente Académico; y, de la señora MERCEDES MARLENI BARDALES SILVA, en el cargo de Vicepresidenta de Investigación de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma de Chota, agradeciéndoseles por los servicios prestados. Artículo 2.- Reconformar la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma de Chota, la misma que estará integrada por: - ROMEL PINEDO RIOS, como Presidente; - MANUEL ERNESTO PAZ LOPEZ, como Vicepresidente Académico; y, - MARIA LUZ ORTIZ DE AGUI, como Vicepresidenta de Investigación. Artículo 3.- Disponer que la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma de Chota, remita al Ministerio de Educación, en un plazo máximo de treinta (30) días calendario, contados a partir de su presentación o entrega, copia del Informe de Transferencia de Gestión; así como, se remita al Ministerio de Educación, en un plazo máximo de treinta (30) días calendario de la vigencia de la presente Resolución, copia del informe de Entrega de Cargo, conforme a lo previsto en los literales a) y b) del numeral 6.1.9 del Acápite VI de las Disposiciones Especí fi cas del Documento Normativo denominado “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”, aprobado por la Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU, modi fi cado por las Resoluciones Viceministeriales N° 055-2022-MINEDU y N° 053-2023-MINEDU. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (http://www.gob.pe/minedu), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA ESTHER CUADROS ESPINOZA Viceministra de Gestión Pedagógica 2336215-1 Constituyen la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Fronteriza Autónoma de Yunguyo RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 115-2024- MINEDU Lima, 18 de octubre de 2024 VISTOS, los documentos que conforman el Expediente N° DICOPRO2024-INT-0759796; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 32090, se crea la Universidad Nacional Fronteriza Autónoma de Yunguyo, como persona jurídica de derecho público interno, con sede en la ciudad de Yunguyo de la provincia de Yunguyo del departamento de Puno; Que, el artículo 29 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, establece que aprobada la ley de creación de una universidad pública, el Ministerio de Educación (MINEDU) constituye una Comisión Organizadora integrada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, que cumplan los mismos requisitos para ser Rector, y como mínimo un (1) miembro en la especialidad que ofrece la universidad; la misma que tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que le correspondan; Que, los literales l) y o) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del MINEDU, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; establecen como funciones del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, la de constituir y reconformar las Comisiones Organizadoras de las universidades públicas creadas por ley, y aprobar los actos resolutivos y documentos normativos, en el marco de su competencia; Que, el literal g) del artículo 148 del ROF del MINEDU dispone que la Dirección General de Educación Superior Universitaria, propone los documentos normativos para la constitución y funcionamiento de las Comisiones Organizadoras de universidades públicas, así como su conformación; Que, de conformidad con lo previsto en el literal e) del artículo 153 del ROF del MINEDU, la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria tiene, entre otras funciones, la de proponer los miembros para la conformación de Comisiones Organizadoras de Universidades Públicas, así como realizar el seguimiento del cumplimiento de la normativa aplicable; Que, el numeral 6.1.1 del Acápite VI de las Disposiciones Especí fi cas del Documento Normativo denominado “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”, aprobado por la Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU, modi fi cado mediante las Resoluciones Viceministeriales N° 055-2022-MINEDU y N° 053-2023-MINEDU (en adelante, Documento Normativo) dispone que la Comisión Organizadora está conformada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, cuyo desempeño