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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE OCTUBRE DEL AÑO 2024 (20/10/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 22

22 NORMAS LEGALES Domingo 20 de octubre de 2024 El Peruano / contempladas en el Anexo B, se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el ministro de Relaciones Exteriores y el ministro del Sector correspondiente, a propuesta de este último; Que, mediante O fi cio N° 1795-2024-MINEDU/DM, de 7 de agosto de 2024, el Ministerio de Educación solicitó al Ministerio de Relaciones Exteriores la autorización para efectuar el pago de la cuota internacional a favor de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), no contemplada en el Anexo B de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; Que, el Ministerio de Educación y la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), suscribieron el “Acuerdo de participación en el Programa para la Evaluación Internacional de Estudiantes (PISA) 2025”, para participar en el mencionado programa, estableciéndose como contribución a favor de la OCDE para el año 2024, la suma de € 82 913,00 (OCHENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS TRECE Y 00/100 EUROS); Que, la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la Ofi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica del Ministerio de Educación, mediante el Informe N° 01343-2024-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, considera técnicamente factible continuar con el trámite para la aprobación del proyecto de Decreto Supremo que autoriza el pago de la cuota internacional no contemplada en el Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2024 de la Ley N° 31953, por la suma de € 82 913,00 (OCHENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS TRECE Y 00/100 EUROS), a favor de la OCDE; por cuanto, la participación en PISA 2025 se encuentra alineada con los instrumentos de planeamiento estratégico e institucional del sector Educación y se cuenta con recursos en el Presupuesto Institucional del Pliego 010: M. de Educación, correspondiente al Año Fiscal 2024; Que, en virtud de lo señalado en el numeral 1 del inciso 28.1 del artículo 28 del Reglamento que desarrolla el Marco Institucional que rige el Proceso de Mejora de la Calidad Regulatoria y establece los Lineamientos Generales para la aplicación del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2021-PCM, el presente proyecto normativo se considera excluido del alcance del AIR Ex Ante; De conformidad con lo establecido en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; el numeral 1.4 del artículo 1 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; y, el numeral 69.2 del artículo 69 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; DECRETA: Artículo 1.- Autorización Se autoriza al Ministerio de Educación, a efectuar el pago de la cuota internacional no contemplada en el Anexo B de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, a favor del organismo que se detalla a continuación: PLIEGO PRESUPUESTARIOMONEDA MONTO PERSONA JURÍDICA 010: M. DE EDUCACIÓNEuros 82 913,00Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos Artículo 2.- Afectación presupuestal Se dispone que los gastos que demande el cumplimiento del presente Decreto Supremo se ejecuten con cargo al presupuesto del Pliego 010: M. de Educación, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 3.- Equivalencia en moneda nacional Se dispone que la equivalencia en moneda nacional sea establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago.Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el ministro de Relaciones Exteriores y por el ministro de Educación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de octubre del año dos mil veinticuatro. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República MORGAN NICCOLO QUERO GAIME Ministro de Educación ELMER SCHIALER SALCEDO Ministro de Relaciones Exteriores 2336228-1 Autorizan viaje de funcionario diplomático y Analista Legal de la Dirección General de Tratados, a la República de Indonesia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0793-2024-RE Lima, 17 de octubre de 2024 VISTOS: El Memorándum N° DAE014262024 de la Dirección General para Asuntos Económicos, de 4 de octubre de 2024; la Hoja de Trámite (GAC) N° 4164 del Despacho Viceministerial, de 9 de octubre de 2024; el Memorándum OPP032302024 de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de 14 de octubre de 2024, que otorga certi fi cación de crédito presupuestario al presente viaje; y, el Memorándum OAP031882024 de la O fi cina de Administración de Personal, de 14 de octubre de 2024. CONSIDERANDO: Que, es objetivo de la política exterior del Perú promover los intereses económicos del país, a nivel bilateral y multilateral, con miras a consolidar su presencia global y facilitar su proceso de inserción en las cadenas de valor internacionales; Que, la Cuarta Ronda de Negociación del Acuerdo Integral de Asociación Económica (CEPA, por sus siglas en inglés) con la República de Indonesia, en el curso de la cual se conformarán, de manera presencial, las mesas de acceso a mercados, reglas de origen, y asuntos legales e institucionales; se llevará a cabo, del 28 de octubre al 1 de noviembre de 2024; Que, durante la tercera ronda de negociaciones, realizada en la ciudad de Yakarta, República de Indonesia, del 17 al 20 de setiembre de 2024, las delegaciones del Perú e Indonesia rea fi rmaron el compromiso político al más alto nivel por concluir las negociaciones del CEPA, a fi nes de octubre; Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores participa, conforme a sus competencias en política exterior, en los procesos de negociación de acuerdos comerciales bilaterales y multilaterales; Que, el Acuerdo Integral de Asociación Económica con la República de Indonesia, una vez en vigor, permitirá fortalecer los lazos comerciales y económicos entre ambos países, incrementando el comercio bilateral y las inversiones que, fi nalmente, redundarán en bene fi cios para las empresas y ciudadanos de ambas partes; Que, en ese sentido, se estima importante la participación en el referido evento del Tercer Secretario en el Servicio Diplomático de la República Roberto Javier Rodríguez Salinas, funcionario de la Dirección General para Asuntos Económicos; y, de la señora Patricia Giuliana Linares Delgado, Contratada Administrativa de Servicios, Analista Legal de la Dirección General de Tratados;