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34 NORMAS LEGALES Domingo 20 de octubre de 2024 El Peruano / al Fondo de Inversiones y Reservas correspondientes, y los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales, que serían aplicables por EPS ILO S.A. durante el periodo regulatorio 2025-2028 94” 2336226-1 ORGANISMOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL Aprueban el Cuadro de Puestos de la Entidad de la Superintendencia del Mercado de Valores – SMV RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 000133-2024-SERVIR-PE Lima, 18 de octubre de 2024 VISTOS: La propuesta presentada mediante los Ofi cios Nos. 55-2024-SMV/02 y 2473-2024-SMV/08.2 por la Superintendencia del Mercado de Valores - SMV; el Ofi cio N° 2485-2024-EF/13.01 de la Secretaría General del Ministerio de Economía y Finanzas; el Informe N° 000249-2024-SERVIR-GDSRH de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos; el Memorando N° 000319-2024-SERVIR-GG de la Gerencia General; el Informe Legal N° 00488-2024-SERVIR-GG- OAJ y Hoja Informativa N° 000125-2024-SERVIR-GG-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1023, se crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil –SERVIR, como organismo técnico especializado, rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos del Estado, con el fi n de contribuir a la mejora continua de la administración del Estado a través del fortalecimiento del servicio civil; Que, la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, establece un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado, así como para aquellas personas que están encargadas de su gestión, del ejercicio de sus potestades y de la prestación de servicios a cargo de estas; teniendo por fi nalidad que las entidades públicas del Estado alcancen mayores niveles de e fi cacia y e fi ciencia, y presten efectivamente servicios de calidad a través de un mejor servicio civil, así como promover el desarrollo de las personas que lo integran; Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30057, crea el Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE, como un instrumento de gestión que reemplaza al Cuadro de Asignación de Personal - CAP y al Presupuesto Analítico de Personal - PAP, indicando que el CPE de cada entidad se aprueba mediante resolución del Consejo Directivo de SERVIR, con opinión favorable de la Dirección General de Presupuesto Público y de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF); Que, el artículo 128 del Reglamento General de la acotada Ley N° 30057, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, precisa que el CPE es el instrumento de gestión en donde las entidades establecen los puestos, la valorización de los mismos y el presupuesto asignado a cada uno de ellos, incluidos los puestos vacantes presupuestados, entre otra información. Asimismo, establece que en la aprobación del CPE, SERVIR es responsable de dar la conformidad sobre los aspectos relacionados al número de puestos y posiciones de cada entidad y sus modi fi caciones; y, el Ministerio de Economía y Finanzas, en adelante MEF, es responsable de validar la asignación presupuestal para los puestos aprobados; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000017-2024-SERVIR-PE, se formaliza el acuerdo del Consejo Directivo de SERVIR, adoptado en la Sesión N° 002-2024-CD, mediante el cual se aprueba la “Directiva N° 002-2024-SERVIR-GDSRH, Diseño y estructura de puestos y posiciones para la elaboración, aprobación, administración y modi fi cación del Cuadro de Puestos de la Entidad”, cuyo objetivo es establecer los criterios técnicos para el diseño y estructura de puestos y posiciones, así como la metodología y procedimientos necesarios para la elaboración, aprobación, administración y modi fi cación del CPE, en el marco del proceso de tránsito al régimen de la Ley N° 30057, que las entidades públicas tienen que seguir para implementar el citado régimen laboral; Que, el numeral 25.6 de la Directiva N° 002-2024-SERVIR-GDSRH, establece que la propuesta de CPE con el informe de opinión favorable del MEF conlleva a que la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de SERVIR compendie y sistematice los informes sustentatorios, la propuesta del CPE, y los informes de opinión favorable de SERVIR y el MEF, constituyéndose el expediente del CPE de la entidad, que debe ser remitido al Consejo Directivo de SERVIR para su evaluación fi nal y aprobación, de corresponder; corresponder; y, debe incluir la resolución con la que se aprueba el Manual de Per fi les de Puestos - MPP que contenga, como mínimo, los puestos de funcionarios públicos y servidores de con fi anza; Que, asimismo, el numeral 25.8 de la Directiva N° 002-2024-SERVIR-GDSRH, entre otros, señala que la propuesta de CPE aprobada por el Consejo Directivo de SERVIR, se formaliza mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva, en la cual también se declara iniciado el proceso de tránsito de la entidad al régimen del servicio civil; siendo que dicha Resolución se publica en el diario o fi cial El Peruano; Que, mediante O fi cios Nos. 55-2024-SMV/02 y 2473- 2024-SMV/08.2, la Superintendencia del Mercado de Valores – SMV remite a SERVIR su propuesta de CPE para aprobación, así como los documentos que sustentan la misma; Que, con O fi cio N° 2485-2024-EF/13.01, que adjunta el Memorando N° 2743-2024-EF/50.06 de la Dirección General de Presupuesto Público, que recoge los términos del Informe N° 0973-2024-EF/50.06 de la Dirección de Presupuesto Temático, la Secretaria General del MEF remite a SERVIR, en el ámbito de sus competencias, la opinión favorable sobre la propuesta del CPE de la Superintendencia del Mercado de Valores – SMV; Que, a través del Informe N° 000249-2024-SERVIR- GDSRH, la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de SERVIR, encargada de la implementación y supervisión de las políticas y normas del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, eleva el expediente del CPE presentado por la Superintendencia del Mercado de Valores – SMV, precisando que ha cumplido con compendiar y sistematizar la versión fi nal de la propuesta del CPE y los informes de opinión favorable de SERVIR y del MEF; Que, con Informe Legal N° 000488-2024-SERVIR- GG-OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica señala que la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos ha cumplido con realizar el compendio y sistematización del expediente del CPE de la Superintendencia del Mercado de Valores – SMV, por lo que resulta legalmente viable continuar con el procedimiento de aprobación ante el Consejo Directivo de SERVIR; Que, por medio del Memorando N° 000319-2024-SERVIR-GG, el Gerente General, en su calidad de Secretario del Consejo Directivo de SERVIR, comunica que en la Sesión N° 14-2024-CD, el referido Consejo Directivo aprobó el CPE de la Superintendencia del Mercado de Valores – SMV; Que, mediante Hoja Informativa N° 000125-2024-SERVIR-GG-OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica señala que resulta legalmente viable emitir la