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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE OCTUBRE DEL AÑO 2024 (25/10/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 48

48 NORMAS LEGALES Viernes 25 de octubre de 2024 El Peruano / Subestaciones BaseTensión PPN PENP PENFM PENFB kVS/ /kW- mesctm. S/ / kWhctm. S/ / kWhctm. S/ / kWh Carhuamayo Nueva 220 28,75 28,04 23,50 23,42 Caripa 138 28,75 27,69 23,23 23,16 Desierto 220 28,75 28,22 23,69 23,66 Condorcocha 138 28,75 27,71 23,25 23,18 Condorcocha 44 28,75 27,71 23,25 23,18 Machupicchu 138 28,75 28,52 23,56 23,57 Cachimayo 138 28,75 29,42 24,31 24,28 Cusco 138 28,75 29,53 24,38 24,34 Combapata 138 28,75 29,97 24,72 24,77 Tintaya 138 28,75 30,28 25,04 25,19 Ayaviri 138 28,75 30,04 24,83 24,97 Azángaro 138 28,75 29,89 24,70 24,84 San Gabán 138 28,75 28,44 23,57 23,70 Mazuco 138 28,75 29,09 23,89 23,95 Puerto Maldonado 138 28,75 30,78 24,24 24,21 Juliaca 138 28,75 30,08 24,81 24,96 Puno 138 28,75 30,05 24,78 24,94 Puno 220 28,75 29,99 24,75 24,91 Callalli 138 28,75 30,13 24,92 25,08 Santuario 138 28,75 29,72 24,58 24,75 Arequipa 138 28,75 29,68 24,53 24,69 Socabaya 220 28,75 29,63 24,50 24,67 Cerro Verde 138 28,75 29,76 24,55 24,75 Repartición 138 28,75 29,95 24,53 24,85 Mollendo 138 28,75 30,11 24,65 24,96 Moquegua 220 28,75 29,62 24,48 24,68 Moquegua 138 28,75 29,66 24,50 24,72 Ilo ELS 138 28,75 29,92 24,66 24,94 Botiflaca 138 28,75 29,84 24,66 24,89 Toquepala 138 28,75 29,90 24,72 24,95 Aricota 138 28,75 29,77 24,68 24,94 Aricota 66 28,75 29,71 24,68 24,95 Tacna (Los Héroes) 220 28,75 29,73 24,53 24,74 Tacna (Los Héroes) 66 28,75 29,82 24,56 24,77 La Niña 220 28,75 29,26 24,49 24,27 Cotaruse 220 28,75 29,07 24,03 24,08 Carabayllo 220 28,75 28,53 23,86 23,76 La Ramada 220 28,75 28,78 24,12 23,94 Lomera 220 28,75 28,57 23,93 23,81 Asia 220 28,75 28,07 23,51 23,44 Alto Praderas 220 28,75 28,21 23,61 23,51 La Planicie 220 28,75 28,57 23,87 23,76 Belaunde 138 28,75 29,45 24,61 24,36 Tintaya Nueva 220 28,75 30,18 24,95 25,11 Caclic 220 28,75 29,27 24,48 24,25 Donde: PENFM : Precio a Nivel Generación de la Energía en Horas Fuera de Punta en Media PENFB : Precio a Nivel Generación de la Energía en Horas Fuera de Punta en Base Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y en el portal institucional: www.gob.pe/osinergmin, y consignarla, junto con el Informe N° 766-2024-GRT y el Informe N° 037-2024-GRT que la integran, en la página Web de Osinergmin: https://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/Resoluciones-GRT-2024.aspx. OMAR CHAMBERGO RODRÍGUEZ Presidente del Consejo Directivo 2337889-1Resolución de Consejo Directivo que aprueba los factores de actualización “p” y “FA” aplicables a determinados cargos tarifarios, aplicables a partir del 04 de noviembre de 2024 hasta el 03 de febrero 2025 RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 180-2024-OS/CD Lima, 24 de octubre de 2024CONSIDERANDO: Que, mediante los Decretos Legislativos N° 1002 y N° 1041, así como en las Leyes N° 29852 y N° 29970 (“Normas”), se dispuso incluir como parte del Peaje por Conexión Unitario del Sistema Principal de Transmisión: (i) El cargo por seguridad de suministro que compensa a los contratos de Reserva Fría de las Plantas de Ilo, Talara, Eten, Puerto Maldonado y Pucallpa; (ii) El cargo por Prima determinado a partir de la diferencia entre la valorización de las inyecciones netas de energía de los generadores que utilizan recursos energéticos renovables (“RER”), a su correspondiente Tarifa de Adjudicación de licitación, y la valorización de dicha energía a Costos Marginales de Corto Plazo; (iii) El cargo que compensa los recargos pagados por los generadores eléctricos para fi nanciar el Fondo de Inclusión Social Energética (“FISE”), y; (iv) El cargo por con fi abilidad en la cadena de suministro de energía, que se determina en base a los costos necesarios para compensar las situaciones de emergencia eléctrica o graves de fi ciencias del servicio eléctrico, por falta de capacidad de producción y/o transporte, declaradas por el Ministerio de Energía y Minas; y (v) El cargo por capacidad de Generación Eléctrica de los contratos de Nodo Energético del Sur del Perú de las centrales térmicas Puerto Bravo y NEPI, de Samay I S.A. y de Engie Energía Perú S.A., respectivamente; Que, con Resoluciones N° 651-2008-OS/CD, N° 001- 2010-OS/CD, N° 151-2013-OS/CD, N° 140-2015-OS/CD, N° 073-2016-OS/CD, y modi fi catorias, se aprobaron los procedimientos que establecen la metodología a seguir para la determinación de los cargos unitarios al momento de fi jarse los Precios en Barra, así como su revisión trimestral; Que, mediante Resolución N° 051-2024-OS/CD y modi fi catoria, se fi jaron los Precios en Barra aplicables al periodo mayo 2024 – abril 2025, en la que se incluyeron los respectivos cargos unitarios por compensación mencionados. Asimismo, en la citada resolución también se dispuso que tales cargos se actualicen mediante la aplicación del factor de actualización “p”, el cual se determina trimestralmente conforme a lo establecido por los procedimientos antes señalados. Es materia de la presente resolución la actualización de los citados cargos para el periodo trimestral comprendido entre el 04 de noviembre 2024 al 03 de febrero de 2025; Que, asimismo, en cumplimiento del “Procedimiento para Aplicación del Mecanismo de Compensación establecido en el Decreto Supremo N° 035-2013-EM”, aprobado con Resolución N° 114-2015-OS/CD, se fi jó el Cargo Unitario por Compensación GGEE-DUP a ser adicionado al Peaje del Sistema Secundario y Complementario de Transmisión (SST y SCT), para el período 2024 – 2025, determinado mediante Resolución N° 063-2024-OS/CD, cuya actualización es trimestral; dicha actualización se realiza a través del factor de actualización “FA”, conforme lo prevé el citado procedimiento; Que, luego de revisada la información proporcionada por el COES y la evaluación efectuada por Osinergmin, se ha procedido a elaborar los Informes Técnicos N°