TEXTO PAGINA: 66
66 NORMAS LEGALES Viernes 25 de octubre de 2024 El Peruano / VISTO: El O fi cio N° 000092-2024-P-CT-EJE-PJ cursado por la señora Consejera Elvia Barrios Alvarado, Presidenta de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que, la señora presidenta de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico solicita que se apruebe el Plan de capacitación virtual y difusión del uso de la Mesa de Partes Electrónica en la especialidad penal dirigido a usuarios internos y externos. Segundo. Que, la citada actividad tiene como objetivos reforzar los conocimientos en el uso de la Mesa de Partes Electrónica: presentación de requerimientos, denuncias o escritos en la especialidad penal; así mismo, sensibilizar a los justiciables sobre la importancia del uso de las herramientas tecnológicas disponibles por el Poder Judicial y promover y capacitar al público objetivo sobre el uso de la Mesa de Partes Electrónica en la presentación de sus requerimientos, denuncias y/o escritos en la especialidad penal. Tercero. Que, la capacitación virtual sobre la Mesa de Partes Electrónica en la especialidad penal está dirigido al personal interno de las cortes superiores de justicia de Amazonas, Ancash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Callao, Cañete, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Huaura, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Lima Este, Lima Norte, Lima Sur, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Piura, Puente Piedra - Ventanilla, Puno, San Martín, Santa, Selva Central, Sullana, Tacna, Tumbes, Ucayali, de acuerdo a los per fi les: informáticos, administradores, subadministradores, coordinadores de audiencia, coordinadores de causas y encargados de mesa de partes física. Asimismo, la capacitación está dirigida al usuario externo: personal del Ministerio Público, Defesa Pública, Procuraduría Pública, Colegio de Abogados y público en general. Cuarto. Que, el artículo 82, inciso 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establece que es atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, emitir acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias judiciales del Poder Judicial funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por tales fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 1391-2024 de la trigésima sexta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 18 de octubre de 2024, realizada con la participación del señor Arévalo Vela, señora Barrios Alvarado, señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el Plan de capacitación virtual y difusión del uso de la Mesa de Partes Electrónica en la especialidad penal dirigido a usuarios internos y externos. Artículo Segundo.- Disponer que los presidentes y presidentas de las Cortes Superiores de Justicia del país, autoricen al personal acreditado que participará en la capacitación virtual. Articulo Tercero.- La capacitación virtual del Uso de la Mesa de Partes Electrónica en la especialidad penal no irrogará gastos al Poder Judicial. Articulo Cuarto.- Publicar la presente resolución y el documento aprobado, en el Portal Institucional del Poder Judicial (www.pj.gob.pe), para su difusión y cumplimiento. Artículo Quinto.- Notifi car la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes.Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JAVIER ARÉVALO VELA Presidente 2337727-1 Disponen ampliar la implementación del Expediente Judicial Electrónico y la Mesa de Partes Electrónica, para la especialidad y subespecialidad Familia Civil, Proceso Único en Materia de Alimentos para Niñas, Niños y Adolescentes en el 3° Juzgado de Paz Letrado de Jaén de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000347-2024-CE-PJ Lima, 22 de octubre del 2024 VISTO: El O fi cio N° 000087-2024-P-CT-EJE-PJ cursado por la señora Consejera Elvia Barrios Alvarado, Presidenta de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que, la señora Consejera Elvia Barrios Alvarado, Presidenta de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico del Poder Judicial, mediante O fi cio N° 000087-2024-P-CT-EJE-PJ, solicita a este Órgano de Gobierno la aprobación de la ampliación de las funcionalidades del sistema Expediente Judicial Electrónico en el 3° Juzgado de Paz Letrado de Jaén de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque para la especialidad y subespecialidad Familia Civil, Proceso Único en Materia de Alimentos para Niñas, Niños y Adolescentes, en cumplimiento a lo dispuesto por la Resolución Administrativa N° 000284-2024-CE-PJ. Segundo. Que, el Expediente Judicial Electrónico promovido por la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico es parte del fortalecimiento de la transformación digital del Poder Judicial, previsto como Objetivo Estratégico (OEI 0.5) del Plan Estratégico Institucional 2021-2030, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 000136-2021-P-PJ. En ese sentido, el Expediente Judicial Electrónico desde su lanzamiento en el 2017 mediante la Resolución Administrativa N° 005-2017-CE-PJ, hasta la fecha, viene impulsando el uso de las nuevas Tecnologías de la Información y Comunicaciones en los procesos judiciales, a efecto de asegurar la celeridad y la transparencia en la solución de los con fl ictos que están a cargo de los órganos jurisdiccionales en concordancia con los objetivos estratégicos del Plan Estratégico Institucional del Poder Judicial. Tercero. Que, mediante Resolución Administrativa N° 000553-2023-CE-PJ el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó la continuidad en las actividades de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, en mérito a las acciones ejecutadas y al avance en el cumplimiento de las metas programadas en el correspondiente Plan Operativo Institucional; permitiendo incorporar nuevos servicios en bene fi cio de los justiciables y de los órganos jurisdiccionales, con la fi nalidad de facilitar la labor jurisdiccional, brindar funcionalidad al trabajo remoto de los servidores jurisdiccionales; así como, facilitar el acceso a la justicia a las partes procesales, permitiendo tener procesos transparentes, seguros y céleres. Cuarto. Que, las actividades de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico para el periodo 2024, considera acciones organizadas en