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51 NORMAS LEGALES Domingo 27 de octubre de 2024 El Peruano / Que, mediante el Informe Legal N° 197-2024-OGAJ- MPC, de fecha 23 de agosto del 2024, emite su opinión legal detallando lo siguiente: - por superado las observaciones señaladas en el numeral III del presente informe, resultaría PROCEDENTE Y FACTIBLE, ELEVAR AL PLENO DEL CONCEJO PARA DELIBERAR Y DETERMINAR LA APROBACIÓN DEL PLANEAMIENTO INTEGRAL, PARA EL PREDIO DE PROPIEDAD DE CONSTRUCAD S.A.C., debidamente representado por la señora YOLANDA SAENZ VALLES, facultada según poder inscrito en la Partida N° 12715601 del Registro de Personas Jurídicas de Lima, terreno rústico ubicado en Sector Quilmaná Lote N°547-R UC.03098 distrito de Quilmaná, provincia de Cañete, departamento de Lima, inscrito en la Partida Electrónica N° 90284903, que cuenta con un área de 2.1924 Has. mediante la ordenanza correspondiente. - Sobre el particular, mediante Informe N°911-2024- SGPCUC-GODUR-MPC, de fecha 02 de julio de 2024 y derivado mediante el Informe N°1692-2024-JAGS-GODUR-MPC, de fecha 14 de agosto de 2024, por el Gerente de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, remite el levantamiento de las observaciones realizadas por la Sub Gerencia de Control Urbano y Catastro-MPC adjuntando el sustento correspondiente para validar el levantamiento de las observaciones y elevar a la Comisión de Obras para dictamen correspondiente. - Atendiendo que, el área técnica a cargo del procedimiento ha efectuado el levantamiento de observaciones, deviene en PROCEDENTE se derive la totalidad de lo actuado a la Comisión de Obras, para la emisión del dictamen correspondiente, y se eleven al pleno del concejo municipal para su deliberación y aprobación. Que, mediante Memorándum N° 1763-2024-GM- MPC, de fecha de recepción 27 de agosto del 2024, el Gerente Municipal remite los actuados a fi n de que sea derivado a la Comisión de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, para el dictamen correspondiente y posteriormente sea elevado al Pleno de Concejo Municipal para su debate y deliberación. Que, mediante Informe N° 2334-2024-OGSG-MPC de fecha 27 de agosto del 2024, la O fi cina General de Secretaria General, remite los actuados para el dictamen correspondiente y posteriormente sea elevado al Pleno de Concejo Municipal para su deliberación y aprobación. Que, a través del Dictamen N° 14-2024-CODUYR- MPC, recepcionado el 09 de setiembre del 2024, la Comisión de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, luego de ver los antecedentes, análisis legal, concluye: Que, es PROCEDENTE Y FACTIBLE, elevar al Pleno del Concejo para deliberar y determinar LA APROBACIÓN DE LA PROPUESTA DE PLANEAMIENTO INTEGRAL, CON FINES DE ANEXIÓN AL ÁREA URBANA Y ASIGNACIÓN DE ZONIFICACIÓN DEL PREDIO DENOMINADO TERRENO RÚSTICO SECTOR QUILMANÁ LOTE N° 547-R UC03098, DEL DISTRITO DE QUILMANÁ, PROVINCIA DE CAÑETE, DEPARTAMENTO DE LIMA, INSCRITO EN LA PARTIDA ELECTRÓNICA 90284903, CONTANDO CON UN ÁREA DE 2.1925 HAS, presentado por la administrada YOLANDA SAENZ VALLES, en su calidad de representante legal de la Empresa CONSTRUCAD SAC, de conformidad a lo dispuesto por el numeral 9 del párrafo 8.4 del Artículo 8° del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2022-VIVIENDA, signi fi cándole que la solicitud cuenta con la evaluación técnica de la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural y la Sub Gerencia de Control Urbano y Catastro, con pronunciamiento sobre la vialidad, concentrándose CONFORME. Que, por los fundamentos fácticos y de derecho expuestos en la presente, y al amparo de lo dispuesto en el numeral 5) y 8) del Artículo 9° y el Artículo 40° de la Ley N°27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, contando con el voto UNANIME del Pleno de Concejo y con la dispensa y aprobación de la lectura, se aprobó la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PROCEDIMIENTO DE PLANEAMIENTO INTEGRAL CON FINES DE ANEXIÓN AL ÁREA URBANA Y ASIGNACIÓN DE ZONIFICACIÓN Artículo Primero.- APROBAR LA ORDENANZA DE LA PROPUESTA DE PLANEAMIENTO INTEGRAL, CON FINES DE ANEXIÓN AL ÁREA URBANA Y ASIGNACIÓN DE ZONIFICACIÓN DEL PREDIO DENOMINADO TERRENO RÚSTICO SECTOR QUILMANÁ LOTE N° 547- R UC03098, DEL DISTRITO DE QUILMANÁ, PROVINCIA DE CAÑETE, DEPARTAMENTO DE LIMA, INSCRITO EN LA PARTIDA ELECTRÓNICA 90284903, CONTANDO CON UN ÁREA DE 2.1925 HAS, presentado por la administrada YOLANDA SAENZ VALLES, en su calidad de representante legal de la Empresa CONSTRUCAD SAC, de conformidad a lo dispuesto por el numeral 9 del párrafo 8.4 del Artículo 8° del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2022-VIVIENDA, signi fi cándole que la solicitud cuenta con la evaluación técnica de la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural y la Sub Gerencia de Control Urbano y Catastro, son los que se indican a continuación: CUADRO DE PARAMETROS EDIFICATORIOS ZONIF.USOS PERMI- TIDOSDENSIDAD NETA (HAB/HA)LOTE MINIMO (m2)FRENTE MINIMO (m)ALTURA MAXIMA DE EDIFICAC. (PISOS)AREA LIBRE MIN.RETIRO FRONTALESTAC. MINIMO RDBUNIFA- MILIAR120-200 250 102 PISOS + AZOTEA40% 3.00 - 5.001 CADA 2 VIV MULTIFA- MILIAR 600 300 10 3 (**) 40% Artículo Segundo.- PRECISAR que el Plano de Ubicación y Localización(Lamina N° 01), Plano Perimétrico Topográ fi co (Lamina N° 02), Plano de uso de suelos (Lamina N° 3), Plano de Propuesta de Zoni fi cación (Lamina N° 4), Plano de Propuesta de Planeamiento Integral y Vial (Lamina N° 5), Plano de Propuesta Arquitectónica (Lamina N° 6), Plano de Usos Actuales del Suelo Uso Residencial (Lamina N° 7), Plano de Usos Actuales del Suelo – Uso Comercial (Lamina N° 8), Plano de Usos actuales de suelo – Uso de Educación (Lamina N° 9), Plano de Usos Actuales de Suelo – Uso de Salud (Lamina N° 10), Plano de Usos Actuales delSu8elo – Recreación (Lamina N° 11) y Plano de Usos Actuales – Otros Usos (Lamina N° 12), debidamente fi rmado por la Arquitecta Natalia Tasayco Chiroque, con Registro CAP N° 7046, forman parte de la zoni fi cación aprobada en el Artículo 1° de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- DISPONER que la Municipalidad Provincial de Cañete, incorpore el Plano de Propuesta de Planeamiento Integral y Asignación de Zoni fi cación al Plan de Desarrollo Urbano del Distrito de San Vicente, Provincia de Cañete, aprobada en el Artículo 1°, a partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- PRECISAR que el Planeamiento Integral (PI) tiene un horizonte de largo plazo a diez (10) años; sin embargo, la vigencia del PI concluye cuando se aprueba el PI o el PDU o el EU que lo actualiza, de conformidad con lo previsto por el Artículo 62° del Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible aprobado por Decreto Supremo N°022-2016-VIVIENDA. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la O fi cina General de Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano, así como, noti fi car a las áreas correspondientes, para su conocimiento y fi nes pertinentes; además, a la O fi cina de Tecnologías de la Información, Racionalización y Estadística de la Municipalidad Provincial de Cañete, para la publicación de la misma en el portal de la entidad: (www.municanete.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase.JOSÉ TOMÁS ALCÁNTARA MALÁSQUEZ Alcalde 2331548-1