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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE OCTUBRE DEL AÑO 2024 (27/10/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 45

45 NORMAS LEGALES Domingo 27 de octubre de 2024 El Peruano / - Venta de periódicos, revistas y material de lectura - Venta de productos envasados y con registro sanitario como: helados, golosinas, gaseosas, bebidas NO alcohólicas, bebidas naturales envasadas y energéticas, con registro sanitario válido. - Venta de raspadillas, en envases saludables con registro sanitario - Venta de artesanías y merchandising de la MDSMM - Alquiler de sombrillas, toldos, sillas playeras y tachos papelera, en las zonas autorizadas y determinadas por GDU, quedando prohibido invadir las zonas no asignadas o autorizadas. Cabe precisar que, para el alquiler de toldos, sombrillas y sillas de playa, se autorizara a cada adjudicatario hasta un máximo de: - (20) veinte toldos debidamente numerados y (40) cuarenta sillas; - (40) cuarenta sombrillas debidamente numeradas y (80) ochenta sillas; El participante y/o postulante que resulte adjudicatario de la “Autorización o Certi fi cación Municipal”, deberá incluir, dentro del precio del alquiler de las sombrilla o toldos, tachos papelera, con bolsa plástica para los deshechos. El número de adjudicatarios se establece como sigue: - Playa grande: 2 adjudicatarios para sombrillas y 1 adjudicatario para toldos - Playa chica: 1 adjudicatario solo para sombrillas- Playa embajadores: 1 adjudicatario solo para sombrillas Artículo 6º.- VIGENCIA DE LA AUTORIZACION La autorización municipal, para el desarrollo de las actividades económicas y el expendio de productos, en las zonas de playa pertenecientes al balneario del distrito de Santa María del Mar, tiene una vigencia equivalente sólo al periodo de la temporada de verano del año al que se postula, conforme a lo estipulado, en el artículo 3º de la presente ordenanza. Artículo 7º.- HORARIO DE ATENCION AL PUBLICO El horario de atención al público será de lunes a domingo, desde las 6:00 horas hasta las 17:00 horas, hora de cierre y límite para realizar el retiro de las sillas, las sombrillas y toldos, así mismo, el horario de ingreso de mercadería, a la zona de playa, será en dos horarios: 7:00 a 8:00 horas y de 13:00 a 14:00 horas, a su vez, los adjudicatarios, tanto de venta de productos como de alquiler de sombrillas, deben realizar la inspección y retiro de productos desechados y residuos sólidos en su zona de atención, a efectos de contribuir con el cuidado ecológico y limpieza del distrito. Artículo 8º.- SOBRE INSTALACIÓN DE TOLDOS Al ser Santa María una playa pública, los residentes y visitantes pueden instalar sus toldos siempre que cumplan con los siguientes lineamientos: a) No se permitirá el alquiler de toldos fuera de la zona autorizada. b) No genere contaminación visual. c) Están prohibidos los lugares de acopio de toldos y sombrillas en el perímetro y no podrán pernoctar, dichos elementos, en las playas. La Gerencia de Desarrollo Urbano (GDU) de esta municipalidad, es la unidad orgánica competente para supervisar su cumplimiento e implementar cualquier otra medida que crea necesaria para cumplir con los objetivos enunciados en al Art. 1 de la presente ordenanza. Artículo 9º.- ELEMENTOS PUBLICITARIOS La Gerencia de Desarrollo Urbano (GDU) de esta municipalidad, es la unidad orgánica competente que autorizara la instalación de anuncios publicitarios removibles y cuidando qué: a) No genere contaminación visual, b) No obstruya la visión en el malecón, acantilados, playas y demás elementos urbanísticos naturales o arti fi ciales, excepto la publicidad ecológica, c) No obstaculicen la visibilidad de la señalización vial de nomenclatura e informativa, aun cuando sean removibles. La ubicación de los elementos de publicidad podrá ser determinada por la Gerencia de Desarrollo Urbano en coordinación con el área de Imagen y Comunicación Social; asimismo en caso de ser necesario, la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar tiene la faculta de reubicar los anuncios publicitarios ya autorizados. Artículo 10º.- PROCEDIMIENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE AUTORIZACION MUNCIPAL En la primera semana del mes de setiembre la GDU, en el plazo de cinco (05) días hábiles, procederá a elaborar y consolidar toda la documentación e información técnica para el desarrollo de las actividades económicas, expendio de producto y servicios, en las zonas de playa pertenecientes al balneario del distrito de Santa María del Mar, durante la temporada de verano, así como las zonas donde se podrán realizar las actividades indicadas en el Artículo 5º de la presente Ordenanza. Posteriormente GDU, en el plazo de cinco (05) días hábiles posteriores, remitirá al comité evaluador, toda la documentación e información antes enunciada. Cabe anotar, que el comité evaluador tendrá a su cargo todo el procedimiento, el mismo que se inicia con la instalación del precitado Comité, y culmina con el otorgamiento de las correspondientes Autorizaciones o Certi fi caciones Municipales. El referido Comité, estará integrado por los siguientes funcionarios: Titulares: - Presidente: Gerente de Desarrollo Urbano. - Secretario: Gerente de Servicios Públicos. - Miembro: Gerente de Administración y Finanzas Suplentes:- Presidente: Gerente de Planeamiento, Presupuesto e Informática - Secretario: Gerente de Administración Tributaria y Fiscalización - Miembro: Subgerente de Abastecimiento y Control Patrimonial Por su parte, el mencionado comité en el plazo de tres (03) días hábiles, posteriores a su instalación, procederá a elaborar y aprobar las bases, para el otorgamiento de autorizaciones o certi fi caciones municipales, con motivo del desarrollo de las actividades económicas, el expendio de productos y servicios, en las zonas de playa pertenecientes al balneario del distrito, durante la temporada de verano. Una vez aprobadas las referidas bases, del comité solicitara a la Gerencia de Administración y Finanzas (GAF), para que en el plazo de dos (02) días posteriores, proceda a gestionar la publicación de la convocatoria, en la que se consignara y detallara el respectivo cronograma. Dicha publicación se efectuará únicamente en el portal institucional de la municipalidad distrital de santa maría del mar (www.munisantamariadelmar.gob.pe). Las personas naturales que intervengan como participantes y/o postulantes en las convocatorias, a ser realizadas por la municipalidad, deberán presentar sus solicitudes en la fecha y horario señalados en el cronograma detallado en la convocatoria; adjuntando para tal efecto, toda la documentación requerida en las bases, postulando a un solo item de acuerdo a lo señalado en el artículo 5º de la presente ordenanza. Habiendo concluido la presentación de solicitudes, en el plazo de dos (02) días hábiles posteriores, el comité efectuara la evaluación y clasi fi cación de estas, conforme a los criterios estipulados y contemplados en las bases. La evaluación y cali fi cación de solicitudes, concluirá con la emisión y suscripción de la correspondiente Acta, a cargo del comité, contiendo detalladamente los siguientes resultados: “APTO” / “NO APTO”, efectuándose su publicación en el plazo de un (01) día hábil posterior, y