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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE OCTUBRE DEL AÑO 2024 (31/10/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 212

TEXTO PAGINA: 47

47 NORMAS LEGALES Jueves 31 de octubre de 2024 El Peruano / Carta de Servicios de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ Dirección de Promoción del Turismo Servicio N° 1: Participación en Ferias Internacionales de Turismo Condiciones Generales del Servicio 7.3 En lo que refiere a asociaciones, fundaciones, museos u otras instituciones sin fines de lucro que desarrollen actividades afin es a la promoción o difusión del turismo, se evalúa el registro apropiado en las entidades competentes (ejemplo SUNARP), las actividades de promoción de la acti vidad turística que realiza la institución por cuenta propia, como organización de eventos, capacitaciones u otras acciones que busquen incentivar el crecimie nto del sector. En ese mismo sentido, se tiene en consideración los canales de comunicación propios con los que cuenta la institución para compartir informa ción relevante y oportuna para los grupos de interés del sector. Asimismo, se considera para eventos dirigidos a segmentos especializados la experiencia específica y la difusión de información orientadas a promover el segmento específico. Carta de Servicios de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ Dirección de Promoción del Turismo Servicio N° 1: Participación en Ferias Internacionales de Turismo DESCUENTOS APLICABLES SOBRE EL PRECIO DE VENTA Descuentos por tipo de empresa y número de veces que participa en la actividad promocional específica Tipo de empresaNº de veces que participa en la feria internacional de turismo 12 34 5 o más Tipo A (Acreditada como MYPE)45% 38% 25% 13% 0% Tipo B (No acreditada como MYPE)35% 27% 18% 9% 0% Descuentos para instituciones por participación en la actividad promocional específica N° de participación en el año fiscal 1ra. participación 2da. participación 3ra. participación Descuento 75% 45% 0% Nota: Aplicable para las Direcciones Regionales de Comercio Exterior y Turismo (DIRCETUR) o las que hagan sus veces, así como asociac iones, fundaciones, museos u otras instituciones sin fines de lucro que desarrollen actividades afines a la promoción o difusión del turismo. En este caso , el pago de la cuota de participación correspondiente deberá realizarse en una única cuota, teniendo como límite la fecha de cancelación final establecida en el Cronograma de Ferias Internacionales de Turismo . PENALIDADES POR DESISTIMIENTO DE PARTICIPAR EN FERIAS INTERNACIONALES (En caso corresponda efectuar el pago de la cuota de participación) Supuesto Penalidad11 Comunicación de desistimiento del COEXPOSITOR hasta sesenta (60) días calendario antes de la fecha de inicio de la feria.PROMPERÚ se reserva el derecho de retener el 100% de los importes de la cuota de inscripción cancelados por el COEXPOSITOR, sin perjuicio de dar inicio a las acciones legales, en caso correspondan, por el perjuicio patrimonial causado, entre otros. Comunicación de desistimiento del COEXPOSITOR en un plazo menor de sesenta (60) días calendario antes de la fecha de inicio de la feria. PROMPERÚ se reserva el derecho de retener el 100% de los importes totales cancelados por la COEXPOSITOR y de no admitir su participación en tres (3) eventos internacionales de turismo en donde alcance un cupo, sin perjuicio de dar inicio a las acciones legales, en caso correspondan, por el perjuicio patrimonial causado, entre otros. ¹³ En ninguno de los supuestos procederá la transferencia de los importes cancelados para la participación en otro evento o par a otro Coexpositor. Carta de Servicios de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ Dirección de Promoción del Turismo Servicio N° 1: Participación en Ferias Internacionales de Turismo PENALIDADES POR DESISTIMIENTO DE PARTICIPAR EN FERIAS INTERNACIONALES (En caso no corresponda efectuar el pago de la cuota de participación) Comunicación del desistimiento Penalidad Comunicación de desistimiento del COEXPOSITOR en un plazo menor a sesenta (60) días calendario antes de la fecha de inicio de la feria.PROMPERÚ se reserva el derecho de emitir una amonestación escrita que será comunicada al COEXPOSITOR y de no admitir su participación en eventos internacionales de turismo por un periodo no menor de dos (2) años contados a partir de la fecha de su notificación, no siendo posible su cuestionamiento, salvo casos de fuerza mayor o caso fortuito comprobados y sustentados que dispensen la responsabilidad del COEXPOSITOR.