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63 NORMAS LEGALES Jueves 31 de octubre de 2024 El Peruano / Unidad de Recursos Humanos, del Jefe de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, y del Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento y sus modi fi catorias, y el Reglamento de Organización y Funciones del OTASS, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2019-VIVIENDA y Resolución Directoral N° 010-2019-OTASS/DE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dejar sin efecto Dejar sin efecto la Resolución de Consejo Directivo N° 000019-2024-OTASS-CD, del 26 de julio de 2024, que aprueba los “Lineamientos para la selección y designación de los integrantes de las Comisiones de Dirección Transitoria, Directorio, Gerentes Generales, Gerentes de Línea, de Apoyo y de Asesoramiento para las empresas prestadoras incorporadas al Régimen de Apoyo Transitorio”, Versión 04. Artículo 2.- Aprobación Aprobar los “Lineamientos para la designación y conclusión de cargo de los integrantes de la Comisión de Dirección Transitoria, Directorio, Gerentes Generales, Gerentes de Línea, Gerentes de Apoyo y Gerentes de Asesoramiento para las Empresas Prestadoras incorporadas al Régimen de Apoyo Transitorio y del personal de con fi anza en el Régimen Concursal” Versión 05, que como anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 3.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución y su Anexo, en la sede digital del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento – OTASS (www.gob.pe/otass). Asimismo, disponer la publicación de la presente Resolución de Consejo Directivo en el diario ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.VICTOR MURILLO HUAMAN Presidente del Consejo Directivo 2339755-1 SERVICIO NACIONAL DE AREAS NATURALES PROTEGIDAS POR EL ESTADO Autorizan Transferencia Financiera a favor del Ministerio del Interior RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL N° 000204-2024- SERNAN P/J-SGD San Isidro, 29 de octubre del 2024VISTO:El Informe N° 000415-2024-SERNANP/OPP-SGD de fecha 29 de octubre de 2024 de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 000683-2024-SERNANP/OAJ-SGD del 29 de octubre de 2024 de la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Institución; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N°1013 - Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado, en adelante SERNANP, como un organismo público técnico especializado, adscrito al Ministerio del Ambiente; ente rector del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SINANPE), el mismo que se constituye en su autoridad técnico-normativa; Que, mediante la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, se aprobó el Presupuesto para el Sector Público correspondiente al Año Fiscal 2024; Que, mediante el numeral 87.2 de la referida Ley N° 31953, prescribe que “Las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales que soliciten el apoyo de las Fuerzas Armadas (FFAA) y/o de la Policía Nacional del Perú (PNP) para el transporte aéreo, terrestre y/o fl uvial, de pasajeros y/o de bienes, valores y/o suministros y equipos, entre otros, que permitan un mejor cumplimiento de sus funciones, quedan autorizadas para realizar transferencias fi nancieras a favor del pliego Ministerio de Defensa y/o Ministerio del Interior, según corresponda, para fi nanciar los gastos asociados al apoyo prestado, y en el caso del apoyo prestado por el Ministerio de Defensa, solo si el gasto certi fi cado por el apoyo que brinden supera los montos asignados en los literales a), b) y c) del numeral precedente, de corresponder. Previamente a la realización de las referidas transferencias, el Ministerio de Defensa, a través de su o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces, informa al Ministerio de Economía y Finanzas que los recursos asignados en el presente artículo son destinados a servicios de apoyo realizados y/o por realizar, asociando los costos operativos con dichos servicios”; Que, de la misma forma el numeral 87.3 del artículo 87 de la Ley N° 31953, señala que: “Las transferencias fi nancieras autorizadas en el numeral precedente se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional mediante resolución del titular del pliego, y en el caso de los gobiernos regionales y los gobiernos locales, mediante acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, respectivamente, requiriéndose en ambos casos el informe previo favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego y el acuerdo del Consejo Regional se publican en el diario o fi cial El Peruano, y el acuerdo del Concejo Municipal se publica en su sede digital”; Que, además mediante el numeral 87.5 del mismo dispositivo legal, precisa que, ‘’Los recursos a los que se refi ere el presente artículo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad del titular de la entidad, a fi nes distintos a los señalados en el mismo.’’; Que, mediante el literal a) del numeral 17.1 del artículo 17, de la Directiva N° 0001-2024-EF/50.01 ‘’Directiva para la Ejecución Presupuestaria’’ aprobada mediante Resolución Directoral N° 009-2024-EF/50.01, dispone que: ‘’El pliego autorizado para ejecutar recursos mediante transferencia fi nanciera en el marco de la disposición legal vigente, deberá efectuar su registro de acuerdo a lo siguiente: a) Cuando la ejecución corresponda a gastos de corrientes, se registran en una actividad y en la Partida de Gasto 2.4.1 Donaciones y Transferencias de Corrientes. (…)’’; Que, por Resolución Presidencial N° 000307-2023-SERNANP/J-SGD de fecha 28 de diciembre del 2023, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) de Ingresos y Egresos del Pliego 050: Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP para el Año Fiscal 2024; Que, a través del informe de vistos, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, señala que: “mediante Ofi cio N° 126-2024-COMOPPOL-DIRAVPOL-DIVOPAER- DEPVA de fecha 07 de setiembre de 2024 el Director de Aviación Policial del Pliego del Ministerio del Interior remite las proformas y bitácoras de horas de vuelo realizados durante los días 20 al 23 de agosto del 2024 por concepto de apoyo aéreo”; de la misma forma añade que con: “Informe Técnico N° 401-2024-SERNANP-JBPAMY de fecha 21 de octubre del 2024 la Jefatura de Bosque de Protección de Alto Mayo remite el informe sobre los vuelos realizados en marco de las actividades de vigilancia, control y monitoreo y el operativo ‘’Venceremos 5’’; en el cual recomiendan a la Dirección de Gestión de la Áreas Naturales Protegidas DGANP, O fi cina de Administración