NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (05/09/2024)
CANTIDAD DE PAGINAS: 68
TEXTO PAGINA: 50
50 NORMAS LEGALES Jueves 5 de setiembre de 2024 El Peruano / Osinergmin, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 042-2005-PCM; en la Ley N° 29852, Ley que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 021-2012-EM; y en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; así como en sus normas modifi catorias, complementarias y conexas; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de costos administrativos FISE Aprobar los costos administrativos y operativos del FISE de las Distribuidoras Eléctricas en sus actividades vinculadas con el descuento en la compra del balón de gas al mes de junio de 2024, de acuerdo con lo siguiente: EmpresaMonto total (Soles) Adinelsa 36 554,63 Chavimochic 2 840,80 Coelvisac 3 800,69 Edelsa 2 132,60 Egepsa 3 139,80 Eilhicha 7 798,59 Electro Dunas 23 648,23 Electro Oriente 365 111,88 Electro Pangoa 2 992,26 Electro Puno 129 484,26 Electro Sur Este 229 820,27 Electro Tocache 17 090,60 Electro Ucayali 36 425,07 Electrocentro 313 214,67 Electronoroeste 124 282,14 Electronorte 209 330,47 Electrosur 26 443,60 Emseusac 7 454,11 Pluz Energía Perú 81 149,50 Esempat 3 857,40 Hidrandina 322 912,21 Luz del Sur 24 745,66 Seal 35 422,39 Sersa 5 431,71 TOTAL 2 015 083,54 Artículo 2.- Instrucción de orden de pago A efectos de los reembolsos de los gastos reconocidos en la presente resolución, la instrucción de orden de pago la realizará el Ministerio de Energía y Minas, conforme al artículo 9 de la Ley N° 29852, Ley que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético. Artículo 3.- Publicación de la resolución Disponer la publicación de la presente resolución en el diario ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional de Osinergmin: https://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/Resoluciones-GRT-2024.aspx, conjuntamente con el Informe Técnico N° 0636-2024-GRT y el Informe Legal N° 0767-2023-GRT, que forman parte integrante de esta resolución. MIGUEL JUAN RÉVOLO ACEVEDO Gerente de Regulación de Tarifas 2321639-1ORGANISMOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA Designan Directora Ejecutiva del Programa Nacional de Investigación Científica y Estudios Avanzados - PROCIENCIA RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 101-2024- CONCYTEC-P Lima, 4 de setiembre de 2024VISTOS: El Memorando Nº 029-2024-CONCYTEC-P y el Proveído N° D000696-2024-CONCYTEC-P; el Informe N° D000575-2024-CONCYTEC-OGA-OP de la Ofi cina de Personal; el Memorando N° D000440-2024-CONCYTEC- OGA de la Ofi cina General de Administración; el Informe N° D000103-2024-CONCYTEC-OGAJ-MMZ y el Memorando N° D000377-2024-CONCYTEC-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (CONCYTEC), es un organismo técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con personería jurídica de derecho público interno y autonomía científi ca, administrativa, económica y fi nanciera, que tiene por fi nalidad normar, dirigir, orientar , fomentar, coordinar, supervisar y evaluar las acciones del Estado en el ámbito de la ciencia, tecnología e innovación y promover e impulsar su desarrollo mediante la acción articulada y complementaria entre los integrantes del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (Sinacti), conforme a lo establecido en la Ley N° 31250, Ley del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (Sinacti); Que, mediante el Informe N° D000103-2024- CONCYTEC-OGAJ-MMZ y el Memorando N° D000377- 2024-CONCYTEC-OGAJ, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica manifi esta, que a través del Decreto Supremo N° 051- 2021-PCM, se crea el Programa Nacional de Investigación Científi ca y Estudios Avanzados - PROCIENCIA, sobre la base del Fondo Nacional de Desarrollo Científi co y de Innovación Tecnológica - FONDECYT, al cual dicho Programa absorbe por fusión, señalando que se encuentra bajo la dependencia del CONCYTEC; Que, asimismo, señala que, el artículo 8 del mencionado Decreto Supremo establece que el Programa PROCIENCIA cuenta con un/a Director/a Ejecutivo/a para su dirección y conducción, el cual es designado mediante Resolución de Presidencia del CONCYTEC, por un periodo de tres (03) años, renovable por una sola vez de manera continua, para lo cual deberá contar cumplir con los requisitos siguientes: a) Tener un mínimo de diez (10) años de trayectoria científi ca y/o tecnológica; b) Tener un mínimo de tres (03) años de experiencia en gestión pública; y, c) Tener el grado académico de maestro o de mayor jerarquía, especializado en campos vinculados a la ciencia y tecnología, homologado y reconocido por la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU); Que, por su parte indica que, con Resolución de Presidencia N° 058-2021- CONCYTEC-P, se aprueba el Manual de Operaciones del Programa PROCIENCIA, el cual contiene, entre otros una estructura funcional defi nida. Mientras que con Resolución de Presidencia N° 133-2022-CONCYTEC-P se aprobó la modifi cación del Clasifi cador de Cargos del Pliego CONCYTEC, aprobado con Resolución de Presidencia N° 116-2017- CONCYTEC-P y modifi catorias;