Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (06/09/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 58

58 NORMAS LEGALES Viernes 6 de setiembre de 2024 El Peruano / Artículo 3°.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. SERGIO JAVIER ESPINOSA CHIROQUE Superintendente de Banca, Seguros y AFP 2320907-1 Actualización del monto máximo de cobertura del Fondo de Seguro de Depósitos correspondiente al trimestre setiembre 2024 - noviembre 2024 CIRCULA R Nº B -2272-2024 F-610-2024 CM-459-2024 CR-326-2024 Lima, 4 de setiembre de 2024 Ref.: Actualización del monto máximo de cobertura del Fondo de Seguro de Depósitos correspondiente al trimestre setiembre 2024 - noviembre 2024 Señor Gerente General / Gerencia Mancomunada:Sírvase tomar nota que, en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 9 del artículo 349 de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modifi catorias (en adelante, Ley General), así como de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 18 de dicha Ley General, esta Superintendencia dispone la actualización trimestral, correspondiente al periodo setiembre 2024 - noviembre 2024, del monto máximo de cobertura que reconoce el Fondo de Seguro de Depósitos, señalado en el artículo 153 de la Ley General; y, sobre la base de lo señalado en la Trigésima Segunda Disposición Final y Complementaria de la Ley General, dispone la publicación de la presente circular. En tal sentido, el monto máximo de cobertura que reconoce el Fondo de Seguro de Depósitos durante el periodo setiembre 2024 - noviembre 2024 se indica a continuación: COBERTURA DEL FONDO DE SEGURO DE DEPÓSITOS SETIEMBRE 2024 - NOVIEMBRE 2024 (*) Monto en Soles 121,900 (*) Actualización para el trimestre setiembre 2024 - noviembre 2024 en base a la Variación IPM diciembre 1998 - agosto 2024: 1.96574795. Atentamente, SERGIO ESPINOSA CHIROQUE Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 2321649-1 JUNTA NACIONAL DE JUSTICIA Aprueban Reglamento de Organización y Funciones de la Junta Nacional de Justicia RESOLUCIÓ N Nº 036-2024 -P-JNJ San Isidro, 26 de agosto de 2024VISTOS: El Informe N° 000161-2024-OPCT/JNJ de la Ofi cina de Planifi cación y Cooperación Técnica, y el Informe N° 000243-2024-OAJ/JNJ de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, sobre el Reglamento de Organización y Funciones de la Junta Nacional de Justicia; y, CONSIDERANDO: Mediante Resolución Nº 020-2020-P-JNJ se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Junta Nacional de Justica; así como mediante Resolución N° 025-2020-P-JNJ, se aprobó la rectifi cación de algunos de sus artículos: Conforme a lo establecido en el artículo 43 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, el ROF es un documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura orgánica de la entidad; contiene las competencias y funciones generales, las funciones específi cas de sus unidades de organización, así como sus relaciones de dependencia; De acuerdo con los literales a) y c) del numeral 46.1 del Artículo 46 de los citados Lineamientos, corresponde la aprobación o modifi cación del ROF por la modifi cación de la estructura orgánica que conlleva a la creación de nuevas unidades de organización; también, cuando deba realizarse la reasignación o modifi cación de funciones, correspondiendo a la Ofi cina de Planifi cación y Cooperación Técnica elaborar la propuesta de ROF y el informe técnico que lo sustenta; De acuerdo con el informe de vistos, la Ofi cina de Planifi cación y Cooperación Técnica ha sustentado la necesidad de modifi car diversas disposiciones del Reglamento de Organización y Funciones, para adecuar las funciones al marco normativo vigente, como es la institucionalización de la Comisión de Evaluación Parcial de Desempeño, el establecimiento de funciones estandarizadas de los sistemas administrativos de administración interna y de defensa judicial del Estado; las funciones de prevención y reducción del riesgo de desastres; el ejercicio de la función de integridad y estándares de buenas prácticas nacionales e internacionales en materia de integridad y lucha contra la corrupción; así como la reasignación de funciones entre unidades de organización; En tal sentido, corresponde aprobar un nuevo Reglamento de Organización y Funciones a efecto de incorporar y modifi car, según corresponda, las funciones asignadas a las unidades de organización de la Junta Nacional de Justicia; De conformidad con lo establecido en el literal e) del artículo 24 de la Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia, los Lineamientos de Organización del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y, con los visados de la Directora General y de los jefes de la Ofi cinas de Asesoría Jurídica y de Planifi cación y Cooperación Técnica; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones de la Junta Nacional de Justicia, que en anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Dejar sin efecto las Resoluciones N° 020 y 025-2020-P-JNJ. Artículo 3.- Publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano; y la resolución y el texto del Reglamento de Organización y Funciones que se aprueba, en el portal de transparencia y en el portal institucional de la Junta Nacional de Justicia (www.gob.pe/jnj). Regístrese, comuníquese y publíquese.ANTONIO HUMBERTO DE LA HAZA BARRANTES Presidente 2321448-1