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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (08/09/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 14

14 NORMAS LEGALES Domingo 8 de setiembre de 2024 El Peruano / negociación, asesoramiento y demás documentación legal necesaria, con la fi nalidad que la República del Perú pueda realizar las operaciones de endeudamiento, fi nanciamientos contingentes, garantías, operaciones de administración de deuda y asunciones de deuda, en el mercado local y/o internacional, según lo requerido en cada caso; así como, aquellos servicios vinculados a los procedimientos de registro, inscripciones ante comisiones de valores internacionales y a cualquier otro acto legal, de conformidad con los requerimientos del mercado; Que, en ese sentido, el artículo 8 de los citados Procedimientos, establece el procedimiento de selección para la contratación de servicios de asesoría legal especializada, internacional y/o local, para la implementación de las operaciones, estableciendo en el literal d) del numeral 8.1 del citado artículo que, mediante resolución ministerial, a propuesta de la Dirección General del Tesoro Público, se aprueba la correspondiente contratación y se autoriza al Director General de la citada Dirección General a suscribir el contrato en representación del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, para efectos de la emisión y colocación de bonos de la República del Perú en la plaza fi nanciera de Nueva York y en cumplimiento de lo dispuesto por las leyes del citado Estado Federal de los Estados Unidos de América, en su oportunidad se registró ante la Securities and Exchange Commission de los Estados Unidos de América - SEC, el documento denominado “Reporte Anual” bajo el formato “18-K”, el cual contiene información sobre los valores materia de emisión, el emisor y demás hechos que el inversionista necesita para decidir sobre su inversión y que debe contener información al cierre de cada ejercicio fi scal; Que, a fi n de gestionar la actualización del “Reporte Anual” bajo el formato “18-K” que la República del Perú mantiene registrado ante la SEC y otras plazas fi nancieras internacionales con información al 31 de diciembre de 2023, se requiere contratar los servicios de un estudio de abogados que ejerza en el Estado de Nueva York, para que brinde servicios de asesoría legal en la gestión de dicho registro; Que, el numeral 8.4 del artículo 8 de los “Procedimientos para la contratación de servicios de asesoría legal, fi nanciera y otros servicios especializados, en el marco del Decreto Legislativo N° 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público”, establece que los estudios de abogados seleccionados conforme a los mismos, podrán ser contratados durante el ejercicio fi scal respectivo, para prestar sus servicios en otras operaciones que se celebren y/o actos legales que se requieran; Que, en tal sentido, con sujeción a los citados procedimientos, en el presente ejercicio fi scal, el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General del Tesoro Público, seleccionó a la fi rma de abogados del Estado de Nueva York, Davis Polk & Wardwell LLP, como asesor legal internacional para que brinde servicios de asesoría legal a la República del Perú, en la operación de administración de deuda y en la emisión externa e interna de bonos, siendo su contratación aprobada mediante la Resolución Ministerial N° 134-2024-EF/52; Que, en dicho contexto, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 8.4 del artículo 8 de los “Procedimientos para la contratación de servicios de asesoría legal, fi nanciera y otros servicios especializados, en el marco del Decreto Legislativo N° 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público”, el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General del Tesoro Público, ha visto por conveniente contratar a la fi rma de abogados del Estado de Nueva York, Davis Polk & Wardwell LLP, para que gestione la actualización del “Reporte Anual” bajo el formato “18-K” que la República mantiene registrado ante la SEC y otras plazas fi nancieras internacionales, requiriéndose aprobar su contratación y autorizar a la Directora General de la Dirección General del Tesoro Público, a suscribir, en representación del Ministerio, el contrato respectivo; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público y en el Decreto Supremo N° 167-2021-EF, que aprueba los “Procedimientos para la contratación de servicios de asesoría legal, fi nanciera y otros servicios especializados en el marco Decreto Legislativo N° 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público”; SE RESUELVE: Artículo 1. Contratación de servicios de asesoría legal 1.1. Aprobar la contratación de los servicios de asesoría legal especializada internacional de la fi rma de abogados del Estado de Nueva York, Davis Polk & Wardwell LLP, la misma que se desempeñará como asesor legal internacional para los fi nes descritos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. 1.2. Dicha contratación se efectúa con cargo a los recursos presupuestarios asignados al pago del servicio de la deuda pública. Artículo 2. Suscripción de contrato Autorizar a la Directora General de la Dirección General del Tesoro Público a suscribir, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas, el contrato de locación de servicios que permita implementar lo dispuesto en el numeral 1.1 del artículo 1 de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3. Remisión de información Remitir al Congreso de la República y a la Contraloría General de la República, la información correspondiente a la contratación que se aprueba en el numeral 1.1 del artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, dentro de los cuarenta y cinco (45) días hábiles siguientes a su realización. Artículo 4. Publicación La presente Resolución Ministerial se publica en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www. gob.pe/mef), en la misma fecha de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ARISTA ARBILDO Ministro de Economía y Finanzas 2322809-1 Autorizan viaje de analista legal principal de la Superintendencia del Mercado de Valores - SMV para participar en evento a realizarse en Colombia RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 278-2024-EF/10 Lima, 6 de setiembre del 2024CONSIDERANDO:Que, mediante Carta de fecha 16 de mayo de 2024, el Instituto Iberoamericano de Mercados de Valores – IIMV invita a la Superintendencia del Mercado de Valores a participar en el Seminario sobre Retos de supervisión y regulación: actividades Fintech, descentralización y criptoactivos, que se llevará a cabo del 24 al 27 de setiembre de 2024, en la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia; Que, el IIMV es un organismo creado para impulsar el desarrollo de mercados de valores transparentes e íntegros, mejorar el conocimiento de su estructura y regulación, potenciar la armonización y fomentar la cooperación entre supervisores y reguladores; Que, en el evento, a través de exposiciones, mesas redondas y coloquios, se podrá intercambiar experiencias y debatir sobre implicancias jurídicas y retos regulatorios