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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (11/09/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 14

14 NORMAS LEGALES Miércoles 11 de setiembre de 2024 El Peruano / 255-024-MINEDU, N° 330-2024-MINEDU, N° 411- 2024-MINEDU y N° 416-2024-MINEDU, a fin de incluir los Juegos Escolares Deportivos y Paradeportivos 2024 “Edición Bicentenario” a ser organizados y ejecutados por el sector Educación durante el Año Fiscal 2024, así como de la condición y cantidad de sus participantes respecto de los cuales se requiere el financiamiento del costo de los pasajes aéreos, terrestres y fluviales, incluido rutas intermedias, con cargo a los recursos del Presupuesto Institucional del Pliego 010: M. de Educación, en el marco de lo establecido en la Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31953; Que, mediante el Informe N° 01673-2024-MINEDU/ SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planifi cación y Presupuesto de la Ofi cina de Planifi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planifi cación Estratégica del Ministerio de Educación, emite opinión técnica favorable respecto de lo sustentado y solicitado por la DEFID, indicando que los Juegos Escolares Deportivos y Paradeportivos 2024 “Edición Bicentenario”, a ser organizados y ejecutados durante el año 2024, cuya incorporación solicita la DEFID, se encuentran alineados con los objetivos estratégicos e institucionales del Sector Educación, y, para fi nanciar los gastos que irrogaría su implementación, se cuenta con los créditos sufi cientes y disponibles en el Presupuesto Institucional del Pliego 010: M. de Educación, correspondiente al Año Fiscal 2024, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; y el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modifi car el Anexo de la Resolución Ministerial N° 069-2024-MINEDU, modifi cada por las Resoluciones Ministeriales N° 255-2024-MINEDU, N° 330-2024-MINEDU, N° 411-2024-MINEDU y N° 416-2024-MINEDU, que aprueba el Cuadro que contiene el detalle de los concursos, eventos y actividades de formación y capacitación a ser organizados y ejecutados por el Sector Educación durante el Año Fiscal 2024, así como la condición y cantidad de sus participantes; cuyos pasajes y viáticos serán fi nanciados con cargo a los recursos del Pliego 010: M. de Educación, conforme al detalle del Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- El fi nanciamiento de los viáticos que se otorguen a los participantes de los concursos, eventos y actividades de formación y capacitación autorizados en virtud del artículo precedente, se sujeta a los montos aprobados para los viáticos por viajes a nivel nacional en comisiones de servicios mediante el Decreto Supremo N° 007-2013-EF. La rendición de cuentas por los montos recibidos por concepto de los viáticos se efectúa de manera oportuna, veraz y trasparente y se sujeta a la normativa vigente en el Ministerio de Educación, en lo que resulte aplicable, siendo la misma de responsabilidad del personal del Ministerio encargado de organizar los eventos y actividades de forma solidaria con el Director o Jefe que autoriza la solicitud de los viáticos correspondientes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MORGAN NICCOLO QUERO GAIME Ministro de Educación 2323389-1ENERGÍA Y MINAS Otorgan a favor de la empresa BOW POWER PERÚ S.R.L., concesión temporal para desarrollar Estudios de Factibilidad relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica en el futuro “Parque Eólico Boreas” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 346-2024- MINEM/DM Lima, 2 de setiembre de 2024VISTOS: El Expediente N° 27414224 sobre la solicitud de otorgamiento de concesión temporal para realizar Estudios de Factibilidad relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica en el futuro “Parque Eólico Boreas”, presentada por la empresa BOW POWER PERÚ S.R.L.; los Informes N° 660-2024-MINEM/DGE-DCE y N° 673-2024-MINEM/DGE-DCE, elaborados por la Dirección General de Electricidad; el Memorando N° 0469-2024/MINEM-VME, elaborado por el Despacho Viceministerial de Electricidad; el Informe N° 0848-2024-MINEM/OGAJ, elaborado por la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, mediante documento con Registro N° 3757074, de fecha 04 de junio de 2024, la empresa BOW POWER PERÚ S.R.L. presentó una solicitud de otorgamiento de concesión temporal para realizar los Estudios de Factibilidad relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica en el futuro “Parque Eólico Boreas” con una capacidad instalada de 210 MW, al amparo de lo dispuesto por el artículo 23 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y el artículo 30 de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM; Que, los Estudios de Factibilidad mencionados en el considerando que antecede, se desarrollarán en los distritos de Lobitos y Pariñas, provincia de Talara y departamento de Piura, en la zona comprendida dentro de las coordenadas UTM (WGS84) que fi guran en el Expediente; Que, de acuerdo con los Informes de Vistos, se verifi ca que la empresa BOW POWER PERÚ S.R.L. cumple con los requisitos establecidos en el artículo 30 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, y el código CE02-1 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 038-2014-EM, y sus modifi catorias, por lo que se concluye que corresponde otorgar la concesión temporal para realizar Estudios de Factibilidad relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica en el futuro “Parque Eólico Boreas”; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas; el Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 031-2007-EM y sus modifi catorias; y, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 038-2014-EM y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar a favor de la empresa BOW POWER PERÚ S.R.L., la concesión temporal para desarrollar los Estudios de Factibilidad relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica en el futuro “Parque Eólico Boreas” con una capacidad instalada de 210 MW, los cuales se llevarán a cabo en los distritos de